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Pág. 179105 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999 venido dando, por lo que sugiere se amplíe y se tomen las zonas propuestas para incluirlas dentro de este rubro; Que, de conformidad con el plano de Zonificación del distrito de San Luis Nº 020-91-MLM/DMDU/ZGM las aveni- das y calles propuestas poseen diferentes zonificaciones; Que, de la zonificación efectuada se tiene que las zonas comerciales son aquellas que crean una afluencia de vehículos que hacen uso del espacio físico y que su frecuencia deteriora las pistas, motivo por el cual estas áreas pueden ser incluidas en la ampliación de las zonas de Parqueo Vehicular; Que, mediante Ordenanza Nº 021-MDSL de fecha 20 de abril de 1999 se restableció el derecho de Parqueo Vehicular en la Jurisdicción del distrito de San Luis, siendo necesario ampliar las zonas de Parqueo Vehicular de acuerdo al Informe Nº 383-99-DDU-MDSL de la Dirección de Desarrollo Urbano que zonifica las diferentes calles y avenidas propuestas; Que, estando a lo expuesto de conformidad con el Artículo 192º inciso 3) de la Constitución Política del Perú, Artículo 10º inciso 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Artículo 68º inciso d) del Decreto Legislativo Nº 776, la Norma IV del Decreto Legislativo Nº 816, de la Ordenanza Nº 212 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se expidió la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- AMPLIAR las zonas de Parqueo Vehicular en la jurisdicción de San Luis establecidas en la Ordenanza Nº 021-MDSL, en las siguientes calles y avenidas: Jr. Mariscal Santa Cruz cuadras 1 a 3 Jr. General Salaverry cuadras 1 a 6 Jr. Mariscal Gamarra cuadras 1 a 5 Av. Mariscal Nieto cuadras 1 a 3 Artículo Segundo.- ENCARGAR a las Direcciones de Administración y Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 12699 Inician proceso disciplinario contra ex funcionarios de la Municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 842-99-MDSL San Luis, 22 de setiembre de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS Visto el Informe Nº 00001-99-MDSL/CEPAD de fecha 12.8.99 de la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos, solicitando Instauración de Proceso Administrativo Dis- ciplinario a ex Funcionarios; y estando a lo recomendado en el Examen Especial al Programa del Vaso de Leche, Período 1996-1997, Informe Nº 001-99-OAI/MDSL de Organo de Auditoría Interna; y, CONSIDERANDO: Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos a través de su Informe Nº 00001-99-MDSL/CEPAD, ha reco- mendado a Alcaldía, que se proceda a la apertura del Proceso Administrativo correspondiente contra ex Funcionarios de la Municipalidad por la Comisión de faltas disciplinarias detectadas en el Examen Especial al Programa del Vaso de Leche, Período 1 de octubre de 1996 al 31 de diciembre de 1997, Informe Nº 001-99-OAI/MDSL; Que, el Organo de Auditoría Interna en su Informe Nº 025- 99-MDSL-OAI de 4 de agosto de 1999, ha identificado que los ex Funcionarios involucrados en dicho Examen son: Patricia Salinas Andrade (ex Tesorera), Jaime Pérez García (ex Director de Planificación y Presupuesto), Oscar Suclla Flores (ex Alcal- de) y Humberto Fernández (ex Director de Administración), por lo que debe entenderse que ése es el dato que debe tenerse en cuenta para la apertura del proceso correspondiente; Que, el Examen Especial realizado por Auditoría Inter- na, aduce que se ha determinado que 952 Guías de Entrega mediante las cuales se entregaron los insumos de leche, avena y lácteo a las Coordinadoras de los Comités del Programa del Vaso de Leche, han sido adulteradas en contra- vención de lo dispuesto en los incisos a) y d) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y la Norma General del Sistema de Contabi- lidad Nº 04 - Verificación Interna, situación que le resta credibilidad y transparencia a dichos instrumentos;Que, igualmente afirma que en el ejercicio 1997 no se verificó la preparación de los insumos referidos y su distribu- ción a los beneficiarios de 17 Comités transgrediendo el inciso a) del Art. 20º de la Directiva Nº 002-97-EF/76.01 "Directiva para el Proceso Presupuestario de los Gobiernos Locales", situación que no ha permitido evaluar si la preparación, consis- tencia y salubridad de los mismos ha estado garantizada; Que, el Examen Especial precisa que el cuaderno de control de productos de las Coordinadoras se ha mantenido desactualizado en contra de lo previsto en el inciso a) del Art. 20º de la Directiva antedicha y los incisos a) y d) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276; que se han anulado 914 Guías de Entrega, 131 se encuentran en blanco, en desuso y no anuladas y faltan 63, incumpliéndose lo previsto en los incisos a) y d) del Art. 21º de este último cuerpo de leyes; y que por último se ha constatado que la Información Mensual del Programa de diciembre de 1996 a diciembre de 1997, a excepción de junio y julio de ese último año, fue remitida a la Contraloría General de la República con atraso, en contra de lo establecido en el numeral 5.3 de la Directiva Nº 04-96-CG/ DOS, el numeral 6 de la Directiva Nº 002-96-EF/76.01 y los Artículos 33º de la Ley Nº 26553, 20º de la Directiva Nº 002- 97-EF/76.01 y el Art. 15º de la Ley Nº 26706 - Ley de Presupuesto del Sector Público para 1997; Que, en ese orden de cosas; y con las facultades que prevé la Ley, y lo recomendado por el Organo de Auditoría Interna y la Comisión Especial de Procesos Administrativos; RESUELVE: Artículo Unico.- ABRASE Proceso Administrativo Dis- ciplinario por las razones expuestas, contra los ex Funciona- rios de la Municipalidad: Patricia Salinas Andrade (ex Teso- rera), Jaime Pérez García (ex Director de Planificación y Presupuesto), Oscar Suclla Flores (ex Alcalde) y Humberto Fernández Mendoza (ex Director de Administración); auto- rizándose a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios (CEPAD), a realizar, en el término que prevé la ley, las investigaciones que correspondan y proponer las sanciones a que hubiera lugar, en defensa del interés moral y económico de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 12700 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Ratifican la R.A. Nº 303-86 y otorgan plazo a comerciantes para la ejecu- ción de proyectos de construcción de puestos ACUERDO DE CONCEJO Nº 091-99 San Martín de Porres, 28 de setiembre de 1999 Visto, en la Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 28 de setiembre de 1999, el punto referente a la Determinación del Comercio Informal de la Av. Abancay del distrito de San Martín de Porres; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0303-86 de fecha 6 de febrero de 1986, se resuelve anular las Licencias de Mercados a los comerciantes del Mercadillo Fátima, empadronados por esta Corporación Edilicia; Que, el Art. 68º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 señala que son funciones de la Municipalidad en materia de abastecimiento y comercialización de productos, el regular y controlar el comercio en la jurisdicción del distrito a través de sus Organos competentes; De conformidad con los Artículos 36º, numeral 3 y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y con el voto UNANIME de los señores Regidores; ACUERDA: Artículo Unico.- RATIFIQUESE Y ACTUALICESE en todos sus extremos la Resolución de Alcaldía Nº 303-86 y proponer: