Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 1999 (06/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, miercoles 6 de octubre de 1999
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 487-99-INPE-P de fecha 13 de MORDAZA de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de MORDAZA de 1999, se instauro MORDAZA administrativo a los servidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subdirector, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador e MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Agente Penitenciario, servidores del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados Rio Seco Piura; Que, del analisis de los documentos, y descargo presentados por los servidores, se infiere que el Director Regional Norte de Chiclayo MORDAZA IRIGOIN MORDAZA ordeno que se efectue las investigaciones del caso, relacionadas a los incidentes ocurridos en el Establecimiento Penitenciario de Rio Seco MORDAZA, (Motin), en torno a publicaciones periodisticas aparecidas en los diarios de Piura. Que, los servidores presuntamente implicados en el hecho son MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el cual manifiesta en su descargo que no estuvo presente el dia del motin (25.OCT.98) en el Establecimiento Penal de Rio Seco - MORDAZA y que encargo sus funciones de Director al Subdirector MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Memorandum Nº 210-98-INPEDES-RSP, que adjunta en su descargo como prueba de su dicho, asimismo, los documentos de su viaje hacia la MORDAZA de Chiclayo, por enfermedad de un familiar; Que, el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, manifiesta que no estuvo de servicio el dia del Motin (25.OCT.98), por lo que adjunta documentacion probatoria, de los servicios anterior y posterior, situacion esta que enerva los argumentos presentados en su contra, ya que no estuvo el dia anteriormente mencionado en la carcel de Rio Seco - Piura; Que, el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su descargo de ex Administrador, manifiesta que la comida servida en el Penal, no es de mala calidad muy por el contrario diariamente es verificada la paila en cuanto a su calidad por los medicos del Penal y ocasionalmente por los representantes del Ministerio Publico que periodicamente inspeccionan a la poblacion penitenciaria, para verificar su situacion juridica de todos ellos. Asimismo, el mencionado servidor presenta Certificacion del Director del Penal (Samuel MORDAZA Montalvo), donde se indica que tenia conocimiento que del dia 21 al 25 de octubre de 1998, el servidor MORDAZA MORDAZA, se encontraba en Chiclayo, por motivo de caracter personal. Admite el precitado servidor que la encargatura del puesto de Administrador que le hizo al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue de caracter verbal sin documentacion alguna, por motivo de que este trabajaba con el, desde que se hizo cargo de la Administracion del E.P Rio Seco - MORDAZA, por lo que se colige que conocia el desempeno del cargo, es mas anteriormente habia sido administrador del E.P MORDAZA de MORDAZA y del Penal de Huancabamba, de lo que se deduce no era ningun improvisado y que conocia las funciones inherentes al cargo de Administrador; Que, el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en relacion a la responsabilidad de Subdirector, en su descargo consigna los testimonios de otros internos, que hace ver con el interno Socola MORDAZA, no participo en el motin y muy por el contrario permanecio en su ambiente debido a una discusion que habia sostenido con su MORDAZA, ya que es homosexual, el mencionado interno presento un MORDAZA de apendicitis aguda, corroborado esto por la medida tomada por los medicos del Penal, que ordenaron su traslado al Hospital Publico de MORDAZA, despues de dos dias de presentado el dolor abdominal y previa evaluacion profesional; Que, ha quedado evidenciado que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no estuvo presente el dia 25.OCT.98, por motivo de viaje, por lo que no estuvo en el E.P. cuando se produjo el Motin del Establecimiento Penitenciario de Rio Seco - MORDAZA y que encargo las funciones de Director al Subdirector MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Memorandum Nº 210-98-DESP-RSP, por lo que ha enervado los cargos levantados en su contra, y procede absolverlo. En relacion al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Agente Penitenciario del Establecimiento Penitenciario de Rio Seco - MORDAZA, de acuerdo a las pruebas presentadas que son partes de ocurrencias de los dias 24 y 26 de octubre 98, el precitado servidor no se encontraba de servicio dentro del Penal, de lo que se deduce su no-responsabilidad en los cargos imputados, por lo que ha enervado los cargos formulados en su contra. Asimismo, en relacion al Subdirector MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, si estuvo laborando en el momento del Motin, recibiendo una lesion en la espalda por los hechos sucedidos, al ser agredido por los internos, sin embargo no

existe la seguridad que el interno Socola MORDAZA halla participado en estos hechos, ya que es de verse de acuerdo a los testimonios presentados por otros internos como consigna en su descargo del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no participo en el Motin y mucho menos fue agredido por el precitado servidor, el traslado de este interno al Hospital Publico de MORDAZA se produce dos dias despues del Motin e inicialmente se penso que lo que sufria el interno era un Cuadro de Apendicitis aguda. Todas estas circunstancias crean una duda razonable sobre la participacion del servidor MORDAZA MORDAZA, en la agresion del interno mencionado, por lo que en este caso se debe aplicar el MORDAZA del INDUBIO PRO OPERARIO y consecuentemente debe ser absuelto de los cargos formulados en su contra; Que, sobre el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador del E.P. Rio Seco MORDAZA, enerva los cargos sobre la calidad de la comida que es revisada diariamente por los Medicos del Penal, que certifican su calidad. Asimismo, presenta la MORDAZA expedida por el Director del Penal, donde este reconoce que del 21 al 25 de octubre de 1998, el mencionado servidor se encontraba en Chiclayo, por motivos de salud familiar, de lo que se deduce no estuvo en el momento de los hechos. Asimismo, si bien es MORDAZA que no dejo por escrito la encargatura como Administrador al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se la dejo verbalmente y no es menos MORDAZA de acuerdo a la documentacion presentada a fojas 137 y 139 que anteriormente habia administrado el referido servidor el E.P. MORDAZA y el Penal de Huancabamba, por lo que contaba con amplia experiencia. Por todos estos considerandos el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA queda absuelto de los cargos formulados en su contra; Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 189-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ABSOLVER a los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subdirector, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador e MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Rio Seco - MORDAZA, de los alcances formulados en la R.P Nº 48799-INPE-P, por los fundamentos senalados en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA G. MORDAZA ESQUERRE Presidente 12682 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 701-99-INPE-P MORDAZA, 1 de octubre de 1999 VISTO, el Informe Nº 178-99-INPE-CPPAD de fecha 29 de setiembre de 1999 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 538-99-INPE-P. (4.AGOS.99) publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 5.AGO.99 se instaura MORDAZA administrativo disciplinario a los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administradora, MORDAZA DEMUSTENES MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Trabajo, ex servidores MORDAZA KELYN CAUCHE MORDAZA, ex Jefe de Trabajo y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Admi-

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