Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 1999 (06/10/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 6 de octubre de 1999

nistradora del Establecimiento Penitenciario del Callao, al haberse establecido previa verificacion y cruce de informacion del Jefe de Almacen y Direccion de la Oficina Financiera, asi como la revision selectiva de los comprobantes de pago relacionadas con las compras realizadas durante el periodo de 1996 y 1997, y la constatacion fisica de las maquinarias, equipos y herramientas, determinandose que en el periodo 1996 y 1997 fueron recepcionados en el Establecimiento Penitenciario del Callao, la cantidad de 114 unidades completas de maquinarias, equipos y herramientas, de las cuales se hallan faltantes por el valor de S/.4,366.09. Nuevos soles, recayendo responsabilidad administrativa disciplinaria en los servidores y ex servidores citados, al haber actuado negligentemente en el desempeno de sus funciones, al no salvaguardar los intereses del Estado, incumpliendo lo dispuesto en los incisos a) y b) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, faltas tipificadas en los incisos a) y d) del Articulo 28º del mismo dispositivo legal; Que del analisis del descargo e informe oral presentado por el servidor MORDAZA DEMUSTENES MORDAZA MORDAZA alega que todos los bienes que ingresan al Establecimiento Penitenciario se realiza a traves de la Administracion, habiendo desempenado el cargo de Jefe de Trabajo del 18 de MORDAZA de 1996 hasta el 27 de febrero de 1997 y la MORDAZA gestion desde el 3 de marzo de 1998, hasta la actualidad, senala que no existe documento alguno que demuestren que MORDAZA recibido bienes y que al momento de su verificacion no se encuentren, siendo asi que solicito a la Administradora del Establecimiento Penitenciario del Callao, mediante Oficio Nº 176-98-INPE-EPC-ATP. (25.JUN.98) se remitan MORDAZA de las PECOSAS de entrega de maquinarias y herramientas que recepciono el area de Trabajo durante los anos 96 y 97, adjunta la MORDAZA expedida por el Jefe del Area Mantenimiento del E.P. Callao, quien certifica la existencia de los supuestos bienes faltantes. De otro lado la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administradora, refiere en su descargo que desempeno el cargo en el periodo comprendido desde el mes de MORDAZA de 1996 al 31 de diciembre de 1997, aduce que las maquinarias, equipos y herramientas supuestamente desaparecidas las entrego bajo cargo de Actas de relevo a la Administradora entrante Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dejando en MORDAZA que por necesidad de uso son asignados a las areas de Mantenimiento, Almacen, Trabajo y Educacion, coincidiendo con el argumento del servidor MORDAZA MORDAZA Figueroa. Que la Comision Permanente de Procesos Administrativos, a tenor de lo dispuesto en el Articulo 76º del Decreto Supremo Nº 002-94-JUS "Texto Unico Ordenado de Procedimientos Administrativos" ha diligenciado la prueba de Inspeccion en las Instalaciones del Establecimiento Penitenciario del Callao, levantando el Acta de fecha 27.SET.99, donde se verifica la existencia fisica de casi la totalidad de los bienes en cuestion, a excepcion de los materiales de consumo que por su naturaleza son de caracter fungible y que ya han sido utilizados. No obstante, los ex servidores MORDAZA KELYN CAUCHE MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no han hecho uso de su derecho de replica ante la accion administrativa; sin embargo, al haberse desvanecido la responsabilidad conjunta, es favorable a todos los co procesados el resultado de la aplicacion de la medida administrativa; Que, del analisis de los descargos presentados por los servidores MORDAZA DEMUSTENES MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se concluye que han desvirtuado los cargos formulados en su contra descritos en la Resolucion de la Presidencia Nº 538-99INPE-P.(4.AGO.99); Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 189-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ABSOLVER a los servidores MORDAZA DEMUSTENES MORDAZA MORDAZA, Jefe de Trabajo. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administradora y ex servidores, MORDAZA KELYN CAUCHE MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de los alcances formulados en la R.P Nº 538-99-INPE-P, por los fundamentos senalados en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA G. MORDAZA ESQUERRE Presidente 12683

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban Tablas de Factores para actualizar deudas tributarias de contribuyentes y deudores que se acojan a los BERTRIMUN de La MORDAZA, Ate y la MML en el mes de octubre de 1999
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 038-99-SAT-MML MORDAZA, 1 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 111, de fecha 7 de MORDAZA de 1997, se establecio el Beneficio de Regularizacion Tributaria Municipal - BERTRIMUN, aplicable a los contribuyentes y deudores de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por deudas generadas hasta el 31 de diciembre de 1995, que en la actualidad MORDAZA administradas por el Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT; Que, asimismo, mediante Ordenanzas Nºs. 011-MDLV y 010-MDA, se creo el Beneficio de Regularizacion Tributaria Municipal de La MORDAZA ­ BERTRIMUN LA MORDAZA y el Beneficio de Regularizacion Tributaria Municipal de Ate ­ BERTRIMUN ATE, respectivamente, aplicables a los deudores de las referidas municipalidades distritales; Que, conforme al Articulo 2º de la Ordenanza Metropolitana Nº 123, de fecha 26 de agosto de 1997, se faculto al SAT a reajustar mensualmente los factores de actualizacion de la Tabla aprobada mediante Ordenanza Nº 111 y ampliada por la Ordenanza Nº 123, aplicando el Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana (IPC), publicado por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI; Que, asimismo, la Primera Disposicion Final de las Ordenanzas Nºs. 011- MDLV y 010-MDA facultan al SAT a reajustar mensualmente los factores de actualizacion de las Tablas aprobadas en el Articulo 4º de las referidas normas, aplicando el Indice referido en el considerando anterior; Que, se requieren aprobar las Tablas de Factores, reajustadas al 30 de setiembre de 1999, para actualizar las deudas de los contribuyentes y deudores que se acojan a los citados BERTRIMUN, en el mes de octubre de 1999; De conformidad con lo expuesto; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar las Tablas de Factores, reajustadas al 30 de setiembre, las mismas que se utilizaran para actualizar las deudas de los contribuyentes y deudores que se acojan al BERTRIMUN de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, BERTRIMUN LA MORDAZA y BERTRIMUN ATE, en el mes de octubre de 1999. Las Tablas de Factores reajustadas se publican como Anexo de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Servicio de Administracion Tributaria

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