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Pág. 179094 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999 RUTA :LIMA - PIURA y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :PIURA ITINERARIO :CHIMBOTE - TRUJILLO - CHICLAYO ESCALA COMERCIAL :TRUJILLO FRECUENCIAS :Una semanal FLOTA VEHICULAR :Dos ómnibus FLOTA OPERATIVA :Un ómnibus UD-3052 (1992) FLOTA DE RESERVA :Un ómnibus UD-2809 (1995) HORARIOS :Salidas de Lima: Domingo a las 16.00 horas Salidas de Piura: Miércoles a las 16.00 horas La Tarjeta de Circulación Vehicular será expedida con relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vi- gentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Cuarto.- La concesionaria está obligada a iniciar el Servicio dentro de los treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Quinto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 12705 Sancionan a conductores con inhabilitación para obtener licencias de conducir RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2267-99-MTC/15.18 Lima, 22 de agosto de 1999 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 00391011, 26856004, 00550011, 00263011, 00167011, 00717011, 00258011, 00494011, 00208011, 00302011, 00559011, 00562011, 00339011, 00555011, 00435011, 00138011, 00471011, 00264011, 28191004, 00548011, 00549011, 00420011, 00352011, 27654004 y 00493011, organizados en torno a la infracción al Reglamento de Tránsito, por conducir vehículos motorizados sin haber obtenido sus correspondientes licencias de conducir, Informe Técnico Nº 1175-99-MTC/15.18.05.3 emitido por la Subdirección de Otor- gamiento de Licencias de Conducir y Memorándum Nº 1321-99- MTC/15.18.05 de la Dirección de Parque Automotor y Circula- ción Vial. CONSIDERANDO: Que, diversas Delegaciones de la Policía Nacional del Perú han remitido a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial, oficios donde ponen en conocimiento haber intervenido a conductores de vehículos motorizados quienes CARECIAN DE LICENCIA DE CONDUCIR, con el agravan- te de encontrarse conduciendo en estado de ebriedad siendo las personas involucradas, las siguientes: NºAPELLIDOS Y NOMBRES F. INICIO F. FIN 1AUCCAPUCLLA RAMOS, Víctor Américo 20.1.99 20.1.2002 2BELLIDO RIVERA, Edilberto 3.1.99 3.1.2002 3CACERES O'BRIEN, Juan 23.1.99 23.1.2002 4CANALES JERI, Juan Angel 16.1.99 16.1.2002 5CASTRO PARIONA, Edwin 17.1.99 17.1.2002 6CHACALTANA ALMEIDA, Miguel Humberto 1.1.99 1.1.20027DARQUEA SANTIBAÑEZ, Moisés 1.1.99 1.1.2002 8DIAZ NAVARRO, Antonio 6.1.99 6.1.2002 9ESPINOZA BAÑEZ, Francisco 23.1.99 23.1.2002 10GONZALEZ SOBERON, Jorge Domingo 14.1.99 14.1.2002 11JUAREZ ASTO, Richard 28.1.99 28.1.2002 12LAVADO MACHADO, José Luis 23.1.99 23.1.2002 13LOZANO AYLAS, Helmer Oved 31.1.99 31.1.2002 14MENA ANAPAN, Juan A. 22.1.99 22.1.2002 15PAJA MAMANI, Elmer Javier 9.1.99 9.1.2002 16QUISPE CONDORI, Leonidas 31.1.99 31.1.2002 17RAYMUNDO LANDAMIRO, Fernando 12.1.99 12.1.2002 18ROSAS ALVARADO, Sandro 26.1.99 26.1.2002 19TEMPLE RAFAEL, Augusto 20.12.98 20.12.2001 20THOMAS MONZON, Carlos 24.1.99 24.1.2002 21VALDIVIA BRIONES, Segundo Manuel 17.1.99 17.1.2002 22VALENZUELA ESPINAL, Alejo 12.1.99 12.1.2002 23VARGAS FLORES, Raúl Edgar 22.1.99 22.1.2002 24VASQUEZ TIHUAY, Carlos Alberto 2.1.99 22.1.2002 Que, los conductores indicados en el considerando ante- rior han infringido lo dispuesto en el literal F-1 del Artículo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC de fecha 16 de junio de 1994, al CONDUCIR VEHICULOS MOTORIZA- DOS SIN HABER OBTENIDO LA CORRESPONDIENTE LICENCIA DE CONDUCIR; siendo por lo tanto pasibles a la sanción administrativa de inhabilitación por el lapso de tres años para obtener licencias de conducir establecida en el literal e) del Artículo 6º del reglamento acotado; Estando a lo opinado por la Subdirección de Otorga- miento de Licencias de Conducir en informe indicado en Vistos y por la Asesoría Legal de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial en Informe Nº 318-99-MTC/ 15.18.05.AL; Con las visaciones de las Direcciones de Parque Automo- tor y Circulación Vial y Asesoría Legal de la Dirección General de Circulación Terrestre; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26322 y su Reglamento de Licencias de Conducir para Vehículos Moto- rizados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Su- premo Nº 15-94-MTC, Reglamento de Infracciones y Sancio- nes de Tránsito aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94- MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolución, con INHABILI- TACION por el término de tres años para obtener licencias de conducir, computados a partir de la fecha de la ocurrencia o de la fecha de remisión de los oficios por parte de las Delegaciones de la Policía Nacional del Perú, según corres- ponda, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Segundo.- De conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria del Reglamento para obtener Licencias de Conducir para Vehículos Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, la presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano. Tercero.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 12679 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Lima-Trujillo RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2345-99-MTC/15.18 Lima, 6 de setiembre de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02578010 organi- zado por la empresa de transportes MOVIL TOURS S.A., sobre concesión de ruta: LIMA - TRUJILLO y viceversa e Informe Nº 624-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional;