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Pág. 179444 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de octubre de 1999 Ordenanza Municipal Nº 219 y los Decretos de Alcaldía Nº 026 del 26.3.96 y Nº 054-93-MLM del 22.6.93; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar las Bases, que compren- den los plazos, procedimientos y requisitos para otorgar autorización extraordinaria para brindar servicio en ru- tas cuyos recorridos comprenden vías de libre acceso; disponiéndose su venta y entrega a partir del 25 de octubre hasta el 26 de noviembre de 1999. Artículo Segundo.- Aprobar la relación de rutas cuyos recorridos comprenden vías de libre acceso, y que son parte conformante de las Bases, aprobadas en el Artículo Primero. Artículo Tercero.- Establecer como fecha límite para la recepción de solicitudes de adjudicación de rutas, comprendidas en el Artículo 1º y 2º de la presente Resolución, el 23 de diciembre de 1999. Señalándose, como plazo definitivo de cierre del proceso el 15 de febrero del año 2000; fecha en la cual, los postores deberán haber subsanado las omisiones u observacio- nes formuladas para la concesión de ruta, cuyos recorri- dos comprenden vías de libre acceso. Las rutas, que no se logren adjudicar, serán anuladas con el propósito de facilitar la aprobación de un nuevo plan regulador en fecha posterior. Artículo Cuarto.- Establecer como fecha de venci- miento extraordinario de las concesiones que se autorizan por la presente Resolución, el 31 de diciembre del 2000. Artículo Quinto.- Encargar a la Dirección General de Transporte, para que dicte las medidas complementarias, necesarias para el procedimiento de adjudicación directa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELVIRA MOSCOSO CABRERA Directora Municipal (e) Dirección Municipal de Transporte Urbano 13206 Establecen disposiciones para la en- trega de Tarjetas de Circulación Extra- ordinaria a utilizarse en vehículos de transporte RESOLUCION DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 059-99-MML/DMTU Lima, 14 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 14º del Reglamento del Servicio Público de Transporte Urbano e Interurbano de Pasaje- ros en Omnibus y otras modalidades para la provincia de Lima - Ordenanza Municipal Nº 104 establece que, las condiciones para el otorgamiento de concesiones del servicio de transporte en rutas cuyos recorridos com- prenden vías de libre acceso, serán establecidas en las bases correspondientes; Que por Acuerdo de Concejo Nº 005 de fecha 19 de enero del presente año, se declaró en emergencia el transporte, el tránsito y la vialidad en Lima Metropo- litana, con el fin de lograr un sistema eficiente de trans- porte, tránsito y un adecuado sistema vial metropolitano; Que en cumplimiento del Acuerdo de Concejo Nº 005, la Comisión de Transporte Urbano, en sesión del Concejo Metropolitano de fecha 16 de abril de 1999, expuso el Plan de Acción de Vialidad y Transporte: 1999-2002, el cual fue aprobado por el Concejo Metropolitano; Que para cumplir con lo propuesto en el Plan de Vialidad y Transporte: 1999-2002, se ha procedido a dictar la Resolución Directoral Municipal Nº 058-99-MML/ DMTU, mediante la cual, se aprueban las bases para el otorgamiento de la concesión del servicio de las rutas cuyos recorridos comprenden vías de libre acceso y se aprueba la relación de rutas sobre las cuales se otorgarán, autorización hasta el 31 de diciembre del 2000; Que, de acuerdo a solicitudes presentadas ante la Dirección Municipal de Transporte Urbano, por distintasentidades gremiales y empresas de transportes; resulta necesario la implementación extraordinaria de procedi- mientos tendientes a promover la formalidad de la opera- ción de los vehículos que prestan servicios en la jurisdic- ción de la provincia de Lima, con el propósito de garanti- zar la seguridad de los pasajeros y hacer más efectiva su fiscalización; De conformidad con la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853, la Ordenanza Marco del Transporte Terrestre Nº 131, y el Reglamento del Servicio Público de Transporte Urbano e Interurbano de Pasajeros en Omni- bus y otras modalidades para la provincia de Lima, apro- bado por la Ordenanza Municipal Nº 104, los Decretos Supremos Nºs. 015-98-MTC, 026-99-MTC y demás nor- mas complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la entrega de TAR- JETAS DE CIRCULACION EXTRAORDINARIAS, a los vehículos que propongan las empresas de transporte, que hayan adquirido las Bases para participar del proceso de adjudicación de ruta, cuyos recorridos comprendan vías de libre acceso; aprobadas por Resolución Directoral Municipal Nº 058-99-MML/DMTU. Artículo Segundo.- Para acogerse a la entrega de TARJETAS DE CIRCULACION EXTRAORDINARIAS aprobadas en el Artículo Primero, las empresas deben cumplir con presentar los siguientes documentos: a) Fotocopia del recibo de adquisición de las bases, aprobadas por Resolución Directoral Municipal Nº 058- 99-MML/DMTU. b) Formato de Inscripción de Empresa, debidamente llenado, suscrito por el representante legal de la misma, en la cual se consigne la ruta a la cual postula. c) Padrón Vehicular que propone para participar en el proceso de adjudicación directa de ruta. d) Certificado expedido por la Compañía de Seguros, que acredite la vigencia de las coberturas, dispuestas por el Artículo 80º de la Ordenanza Municipal Nº 104; indican- do específicamente el número de la placa de Rodaje, los valores y riesgos que cubren. El plazo de la cobertura será de 3 meses, como mínimo. e) Hoja de Inspección Física o Constatación de Carac- terísticas, que acredite que el vehículo ha aprobado la misma. Si la empresa opta por realizar la constatación de características, ésta será válida para todo el proceso de adjudicación. Artículo Tercero.- La Autoridad Administrativa pro- cederá a anular las TARJETAS DE CIRCULACION EX- TRAORDINARIAS, expedidas a las empresas que: a) No respeten el itinerario establecido para la ruta a la cual postulan. b) Prestan servicio sin portar la TARJETA DE CIR- CULACION EXTRAORDINARIA, en original. c) Prestan servicio con TARJETAS DE CIRCULA- CION EXTRAORDINARIAS adulteradas. d) No cumplan con formalizar su postulación al proce- so hasta el 23 de diciembre de 1999. e) Haber sido descalificado o desistirse del Proceso de Adjudicación, aprobado por Resolución Directoral Muni- cipal Nº 058-99-MML/DMTU. Artículo Cuarto.- Las empresas podrán solicitar acogerse al régimen de entrega de TARJETAS DE CIR- CULACION EXTRAORDINARIAS, dispuesto en el Artí- culo Primero del presente, hasta el 15 de diciembre de 1999. El plazo de vigencia de las citadas TARJETAS DE CIRCULACION EXTRAORDINARIAS, vence el 15 de febrero del año 2000. Artículo Quinto.- Encargar a la Dirección General de Transporte el dictar las disposiciones com- plementarias para el cumplimiento de la presente dis- posición. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELVIRA MOSCOSO CABRERA Directora Municipal (e) Dirección Municipal de Transporte Urbano 13207