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Pág. 179443 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de octubre de 1999 Atentamente, MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente Nacional de Técnica Aduanera 13169 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban bases sobre autorización extraordinaria para brindar servicio en rutas RESOLUCION DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 058-99-MML/DMTU Lima, 14 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Municipal Nº 104, que aprueba el Reglamento del Servicio Público de Transporte Urbano e Interurbano de Pasajeros en Omnibus y otras modali- dades en la provincia de Lima, establece la modalidad y procedimiento para otorgar concesión de ruta, cuyos recorridos comprenden vías de libre acceso. Asimismo señala en su Artículo 14º, que las condiciones para el otorgamiento de concesiones para el Transporte Público de Pasajeros se encontrarán comprendidas en las Bases; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 005 de fecha 19 de enero del presente año, se declaró en emergencia el transporte, el tránsito y la vialidad en Lima Metropolita- na, con el fin de lograr un sistema eficiente de transporte, tránsito y un adecuado sistema vial metropolitano;Que, en cumplimiento del Acuerdo de Concejo Nº 005, la Comisión de Transporte Urbano, en sesión del Concejo Metropolitano de fecha 16 de abril de 1999, expuso el Plan de Acción de Vialidad y Transporte: 1999-2002, el cual fue aprobado por el Concejo Metropolitano; Que, existiendo un conjunto de rutas no adjudicadas, cuyos recorridos comprenden vías de libre acceso, es necesario ponerlas a disposición de las empresas intere- sadas a brindar servicios en las indicadas rutas; Que, la Ley Nº 27181: Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; en su Artículo 4º, faculta focalizar su acción en aquellos mercados de transporte que presenten distorsiones, a fin de corregir las distorsiones generadas por la congestión vehicular y la contaminación; Que, con el propósito de viabilizar el cumplimiento de lo propuesto en el Plan de Vialidad y Transporte: 1999- 2002, es necesario dictar medidas que permitan otorgar autorización extraordinaria sobre rutas cuyos recorridos comprendan vías de libre acceso; Que, la Ordenanza Nº 131, Marco del Transporte Terrestre en la provincia de Lima, en el Inc. "d" de su Artículo 3º, señala que corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima, otorgar las concesiones y autori- zaciones correspondientes para la gestión del servicio. Asimismo el Inc. a) del Artículo 30º del citado dispositivo señala que la concesión no deberá exceder a los 10 años; Que, la Dirección Municipal de Transporte Urbano, viene recibiendo solicitudes de Asentamientos Humanos, Cooperativas de Vivienda, etc., que requieren se les pro- porcione el servicio de transporte; y por otro lado, existen empresas de transporte, las cuales solicitan se convoque a la brevedad a un nuevo proceso de adjudicación de rutas de libre acceso; De conformidad con la Ley Nº 27181: Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Orgánica de Muni- cipalidades Nº 23853, Decreto Supremo Nº 015-98-MTC y 026-99-MTC, la Ordenanza Marco del Transporte Terres- tre Nº 131, Reglamento del Servicio Público de Transpor- te Urbano e Interurbano de pasajeros en ómnibus y otras modalidades para la provincia de Lima, aprobado por la Ordenanza Municipal Nº 104 y el TUPA de la Municipa- lidad Metropolitana de Lima para 1999, aprobado por la colocar aviso COLEGIO DE CONT ADORES PUBLICOS DE LIMA