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Pág. 179446 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de octubre de 1999 sean únicas, conforme a lo previsto por el Artículo 19º, literal b) de la Ley anteriormente acotada; Que, de los informes de Visto, la Oficina de Asesoría Jurídica informa sobre la procedencia en la exoneración del Proceso de Selección que correspondería por el monto de la contratación, atendiendo a que los servicios públicos de Relleno Sanitario son brindados exclusivamente por la Empresa Vega Upaca S.A. - RELIMA, por ende, sujeta a tarifa única; Que, asimismo con la finalidad de tener asegurada la fuente de financiamiento para la contratación del referido servicio, la Corporación Municipal, mediante Acuerdo de Concejo Nº 60-99-ACS de fecha 26 de agosto de 1999, aprobó la solicitud de una línea de financiamiento ante el Banco Sudamericano para el pago de servicios de Relleno Sanitario del presente año por un monto hasta de S/ .600.000.00 (Seiscientos Mil y 00/100 Nuevos Soles) que se efectivizó el 1 de octubre de 1999, autorizándose la modi- ficación presupuestaria y el trámite de dicha gestión al Director de Administración y al Jefe de la Unidad de Tesorería; Que, en este contexto, el requerimiento de los servi- cios de Relleno Sanitario por la Municipalidad de Santia- go de Surco es de 6,000 toneladas métricas mensuales aproximadamente, siendo el precio unitario de la tarifa única de S/. 13.80 (Trece y 80/100 Nuevos Soles), incluido el I.G.V. haciendo un monto mensual de S/. 82,800.00 (Ochentidós Mil ochocientos y 00/100 Nuevos Soles), in- cluido el I.G.V. y de S/. 579,600.00 (Quinientos Setenti- nueve Mil Seiscientos y 00/100 Nuevos Soles) incluido el I.G.V. por siete (7) meses, a partir del 1 de junio de 1999 hasta el 31 de diciembre de 1999; Que, la mencionada exoneración deberá hacerse de conocimiento, bajo responsabilidad, de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Con la visación de la Dirección Municipal, y Oficinas de Administración, Planificación y Presupuesto, Asesoría Jurídica, Dirección de Servicios Básicos y Unidad de Abastecimiento; De conformidad con lo preceptuado en el Artículo 19º literal b), y Artículo 20º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concor- dancia con el Artículo 44º literal c) de su Reglamento, Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; y, En uso de las facultades conferidas en el Artículo 10º numeral 7 y Artículo 47º numerales 17 y 18 de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del Pro- ceso de Selección para la prestación de los Servicios de Depósitos Finales de Residuos Sólidos en los Rellenos Sanitarios que no administra directamente la Municipa- lidad de Santiago de Surco. Artículo Segundo.- Autorizar a la Oficina de Admi- nistración para que mediante proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, contrate los servicios indica- dos en el artículo precedente con la Empresa Vega Upaca S.A. - RELIMA, con retroactividad del 1 de junio de 1999 hasta el 31 de diciembre de 1999 pagando la tarifa única de S/. 13.80 (Trece y 80/100 Nuevos Soles), incluido el I.G.V., por tonelada métrica depositada en el Relleno Sanitario de Portillo Grande, previa conformidad del servicio realizado, a través de la Dirección de Servicios Básicos y presentación del comprobante de pago corres- pondiente. Artículo Tercero.- Póngase en conocimiento de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, Ministerio de Economía y Finanzas y Contraloría General de la República el contenido de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 13208MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI Inician procedimiento disciplinario a ex funcionarios de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 484-99/ALC-MPH-M Matucana, 15 de octubre de 1999 VISTO: El Informe Nº 002-99-CEPAD/MPH-M de fecha 11-10- 99, presentado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios (CEPAD) de la entidad, pronunciándose sobre el Examen Especial que realizara la Oficina de Auditoría Interna al área de Contabilidad de la Municipalidad Provincial de Huarochirí por el período 1995 - 1996. CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 025-99/ALC-MPH- M, el señor Alcalde dispone que el Informe Nº 001/97-OAI/ MPH-M "Examen Especial al Area de Contabilidad Perío- do 1995 - 1996", se remita a la Comisión Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios (CEPAD), a fin de que califiquen las presuntas responsabilidades admi- nistrativas, conforme a lo previsto en el Art. 166º del D.S. Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Carrera Administra- tiva y Remuneraciones; Que, el CEPAD, revisó y evaluó el Examen Especial practicado y se pronunció en el sentido que existen los suficientes elementos de juicio para abrir proceso admi- nistrativo disciplinario a ex funcionarios de la Municipa- lidad por haber incurrido en faltas disciplinarias, previs- tas en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, por tanto adjuntaron el respectivo proyecto de Resolución; De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853; el D. Leg. Nº 276; el D.S. Nº 005-PCM; el Informe de Visto del CEPAD y demás normas afines y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- INSTAURAR PROCESO ADMI- NISTRATIVO DISCIPLINARIO A LOS SIGUIENTES EX FUNCIONARIOS: - ALCIDES LOZANO RODRIGUEZ Ex Alcalde Provincial - GERMAN MORA GRANADOS Ex Director Municipal - MAX NOLASCO MACAVILCA Ex Director Municipal - JAVIER TAYCO GOYZUETA Ex Director de Administración - RICARDO CHINCHAY GOZAR Ex Tesorero - EDGAR COCHACHES BOLIMBO Ex Tesorero - GERARDO ROJAS CAJAVILCA Ex Jefe de Contabilidad - NORBI DIONICIO MANGO Ex Jefe de Contabilidad - ROGER MELGAR URIBE Ex Jefe de Contabilidad - NICOLAS CAPCHA HIDALGO Ex Jefe de Personal y Abastecimientos Artículo Segundo.- NOTIFICAR la presente Resolu- ción a los ex funcionarios mencionados para que presen- ten los descargos correspondientes dentro del término de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de su notificación personal y/o a través de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Comisión Espe- cial de Procesos Administrativos Disciplinarios (CEPAD), el fiel cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR PALOMINO CHINCHAY Alcalde Provincial 13209