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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (28/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 179726 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de octubre de 1999 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban donación de medicamentos a favor de la Municipalidad Provincial de Tambopata RESOLUCION SUPREMA Nº 484-99-EF Lima, 25 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Tambopata, departa- mento de Madre de Dios en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 31 de mayo de 1999, aceptó la donación efectuada por FARMA- CEUTICOS MUNDI a través de la Asociación benéfico cristiana "HOGAR DE LA LUZ" de España, consistente en medicamen- tos; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supre- mo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada por FARMA- CEUTICOS MUNDI a través de la Asociación benéfico cristiana "HOGAR DE LA LUZ" de España a favor de la Municipalidad Provincial de Tambopata, departamento de Madre de Dios, consistente en 18 bultos conteniendo medicamentos, con un valor aproximado de Pts. 10 000,00 (Diez Mil y 00/100 Pesetas), según Carta de Donación de fecha 25 de mayo de 1999 y un peso aproximado de 213 kgs., según Guía Aérea Nº 075-6408 5534 de IBERIA. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Supre- ma a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contra- loría General de la República, dentro de los plazos estableci- dos.Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 13643 Aprueban donación destinada a apo- yar diversos programas de ayuda so- cial que realiza asociación RESOLUCION SUPREMA Nº 485-99-EF Lima, 25 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, KOREA FOOD FOR THE HUNGRY INTERNA- TIONAL (KFHI) con sede en Seul, República de Corea ha efectuado una donación a favor de la Asociación Fundación Contra El Hambre, consistente en ropa y accesorios que serán destinados al apoyo de las actividades que realiza a través del Programa Patrocinamiento Infantil, el Proyecto Desarrollo de Iglesias y Familias y el Programa de Prevención y Mitigación de Desastres; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supre- mo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar en nombre del Gobierno Peruano la donación efectuada por KOREA FOOD FOR THE HUNGRY INTERNATIONAL (KFHI) con sede en República de Corea a favor de la Asociación Fundación Contra El Hambre, consistente en 7 924 piezas de ropa y accesorios de acuerdo a lasNOMBRE INGREDIENTE Nº CLASE PAIS DE EMPRESA COMERCIAL ACTIVO Reg. ORIGEN ALFACAMPAL 10 CE ALFACIPERMETRINA 869 INSECTICIDA GRAN BRETAÑA POINT DEL PERU S.A. FUNCOB 50 WP METALAXIL + 870 FUNGICIDA CHILE HORTUS S.A. OXICLORURO DE COBRE RAYSAN BENOMIL+CAPTAN 871 FUNGICIDA NACIONAL FARMEX S.A. ALMANACH CIMOXANIL+ 872 FUNGICIDA MEXICO-FRANCIA RHONE POULENC FOSETIL AL+ AGRO PERU S.A. MANCOZEB MAGNET TML PLUG TRIMEDLURE 873 FEROMONA EE.UU. QUIMICA SUIZA S.A. QUIMILURE CUELURE 874 FEROMONA EE.UU. QUIMICA SUIZA S.A. QUIMIGENOL METHYL EUGENOL 875 FEROMONA EE.UU. QUIMICA SUIZA S.A. ELTRA 480 EC CARBOSULFAN 876 INSECTICIDA EE.UU. BAYER S.A. ESCARDA 500 SC ATRAZINA 877 HERBICIDA SUDAFRICA PRODUCTOS QUIMICOS PERUANOS S.A. DYNAMEC 1.8% EC ABAMECTINA 878 INSECTICIDA- SUIZA NOVARTIS DE COLOMBIA S.A. ACARICIDA SECTOR AGRO REGION ANDINA SUCURSAL PERU HERBADOX PENDIMETALIN 879 HERBICIDA COLOMBIA CYANAMID PERUANA S.A. DART 15 SC TEFLUBENZURON 880 INSECTICIDA COLOMBIA CYANAMID PERUANA S.A. NIAGARA ARSENIATO DE PLOMO 881 INSECTICIDA NACIONAL COMERCIAL AGRICOLA DEL PERU S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALICIA DE LA ROSA BRACHOWICZ Directora General de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 13545