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Pág. 179737 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de octubre de 1999 - Señor Alfredo Picasso de Oyague, Asesor para Asuntos Científicos y Tecnológicos de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. 2º.- La presente Resolución no ocasiona gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores ni da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 13654 TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Autorizan viaje de funcionario del Ministerio para participar en taller sobre sistemas de protección a traba- jadores cesantes, que se realiza en Venezuela RESOLUCION SUPREMA Nº 147-99-TR Lima, 26 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el doctor César Octavio Díaz Palao, Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, se ausentará del país, del 26 al 29 de octubre de 1999, para asistir al Taller Multilateral: Sistemas de Protec- ción a los Trabajadores Cesantes, a llevarse a cabo en la ciudad de Caracas, Venezuela; Que, se considera pertinente autorizar el viaje del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica, dada la importancia del indicado evento; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Supremo Nº 163-81-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 032-89-EF y el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM y en observancia a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 034-99-PCM sobre medidas de austeri- dad para el Sector Público aplicables a partir del 1 de octubre del presente año; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor CESAR OCTA- VIO DIAZ PALAO, Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, a la ciudad de Caracas, Venezuela del 26 al 29 de octubre del año en curso, para participar en el taller al que se refiere la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que genere el viaje autorizado precedentemente serán asumidos por la entidad organizadora, salvo el pago por la tarifa de uso de aeropuerto por el valor de US$ 25.00 Dólares Americanos que será con cargo al Presupues- to del Ministerio de Trabajo y Promoción Social. Artículo 3º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social 13655M T C Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Lima - Chiclayo RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2566-99-MTC/15.18 Lima, 27 de setiembre de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 01171010 organizado por la empresa de transportes EXPRESO CIAL S.A., sobre Concesión de Ruta: LIMA - CHICLAYO y viceversa e Informes Nºs. 318 y 481-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de ruta: LIMA - CHICLAYO y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aproba- do por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en los Informes Nºs. 318 y 481-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y seña- lados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, reco- mendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Ad- ministrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019- 97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes EXPRESO CIAL S.A., la concesión de ruta: LIMA - CHICLAYO y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interpro- vincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :LIMA - CHICLAYO y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :CHICLAYO ITINERARIO :HUAURA - BARRANCA - CHIM- BOTE - TRUJILLO FRECUENCIAS :Una (1) diaria FLOTA VEHICULAR :Tres (3) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos (2) ómnibus: VG-3125 (1998) y VG-3126 (1998) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus: VG-3127 (1998) HORARIOS :Salida de Lima: A las 8.00 p.m. Salida de Chiclayo: A las 8.00 p.m. La tarjeta de circulación será expedida en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigen- tes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publi- cada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Cuarto.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario computados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; en caso contrario, se aplicarán las sanciones previstas en el segundo párrafo del Artículo 16º del citado Reglamento. Quinto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Direc- ción de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 13570