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Pág. 179736 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de octubre de 1999 Artículo 25º Continuidad de remisión de los reportes postadoptivos 1. En el caso indicado en Artículo 24º, el compromiso de continuar remitiendo controles postadoptivos de las adopciones por el organismo autorizado que hubiese patrocinado a los adoptantes a que se refiere el Artículo 22º será de entera responsabilidad del UCGM hasta cumplir con el envío del último informe social del niño, niña o adolescente adoptado(a). SECCION SEXTA DE LAS INFRACCIONES SANCIONABLES Artículo 26º Incumplimiento del presente Protocolo 1. Las infracciones al presente Protocolo de Aplicación pro- ducen los efectos previstos en los Artículos 14º y 15º de la Convención. Artículo 27º No renovación de acreditación 1. Queda a potestad de la Oficina de Adopciones el no renovar la acreditación del organismo autorizado por el UCGM cuando éste incumpliera las obligaciones señaladas en el Conve- nio y el presente Protocolo de Aplicación. SECCION SETIMA DE LA INAPLICACION DEL PROTOCOLO Artículo 28º Inaplicación del Protocolo 1. El presente Protocolo de Aplicación no es aplicable a las Adopciones por Excepción contempladas por las legislaciones de los Estados contratantes, de conformidad a lo establecido en el Artículo 16º del Convenio materia de reglamentación. Artículo 29º Disposiciones transitorias 1. Los organismos que a la fecha se encuentren desarrollan- do adopciones internacionales en el Perú, deberán adecuarse a lo dispuesto en el presente Protocolo de Aplicación en un plazo máximo de 30 días de su entrada en vigor. El presente Protocolo entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente a la notificación recíproca de haber sido culminados los procedimientos nacionales de aprobación. Se da fe que los suscritos, debidamente autorizados, han firmado el presente Protocolo. Hecho en Lima, el seis de julio de mil novecientos noventi- nueve, en dos originales cada uno en los idiomas castellano e italiano, ambos textos igualmente válidos. (Firma) Por el Gobierno de la República del Perú (Firma) Por el Gobierno de la República Italiana 13637 Oficializan seminarios sobre pueblos indígenas y desarrollo de bionegocios, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCION SUPREMA Nº 479-99-RE Lima, 25 de octubre de 1999 Teniendo en cuenta que las actividades nacionales en el marco de la "Iniciativa Biotrade" son coordinadas por el Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), apoyada por un comité inte- grado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, PROMPEX, INDECOPI y la Secretaría Técnica de Asuntos Indígenas del PROMUDEH; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2384, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 21 de setiembre de 1999; De conformidad con el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 0006-76-RE, de 25 de octubre de 1976; y, el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992;SE RESUELVE: 1.- Oficializar los Seminarios - Taller que se detallan a continuación: -"Pueblos Indígenas y Bioinversión en el marco de la Inicia- tiva Biotrade", del 3 al 5 de noviembre de 1999. -"Estrategia para el Desarrollo de los Bionegocios en el Perú", del 24 al 26 de noviembre de 1999. 2.- Ambos eventos se realizarán en la ciudad de Lima, en el marco de la Iniciativa Biotrade, con el auspicio de la Secretaría de la Convención de las Naciones Unidas sobre Diversidad Biológica (CDB), la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), y el Fondo de las Naciones Unidas Para la Asociación Internacional (UNIFIP). 3.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 13653 Designan delegación para participar en la 30a Conferencia General de la UNESCO que se realiza en la República Francesa RESOLUCION SUPREMA Nº 480-99-RE Lima, 27 de octubre de 1999 Debiendo realizarse la 30ª Conferencia General de la Orga- nización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), en la ciudad de París, República France- sa, del 26 de octubre al 17 de noviembre de 1999; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2704, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 22 de octubre de 1999; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relacio- nes Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Designar a la Delegación peruana que participará en la 30ª Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), a realizarse en la ciudad de París, República Francesa, del 26 de octubre al 17 de noviembre de 1999, la cual estará conformada por los siguientes funcionarios: - Doctor Alberto Bustamante Belaúnde, Presidente del Con- sejo de Ministros y Ministro de Justicia, quien la presidirá; - Embajadora María Luisa Federici Soto, Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura; - Embajador (r) Alberto Wagner de Reyna, Delegado; - Señora Marinoly Vela Téllez, Directora Nacional de Educa- ción de Adultos, Delegada; - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, don José Alberto Carrión Tejada, Representante Alterno ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura; - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, don Santiago Marcovich Monasi, Cónsul General del Perú en París, República Francesa; - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, don Augusto Thornberry Naggy, funcionario de la Embajada del Perú en la República Francesa; - Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la Repú- blica, don Hugo Portugal Carbajal, Asesor Diplomático de la Presidencia del Consejo de Ministros; - Consejera en el Servicio Diplomático de la República, doña Aelín Pérez de Zapata, funcionaria de la Embajada del Perú en la República Francesa; - Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, don Carlos Vásquez Corrales, funcionario de la Representa- ción Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura; y,