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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (28/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 179727 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de octubre de 1999 características que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Suprema, con un valor aproximado de US$ 3 962,00 (Tres Mil Novecientos Sesenta y Dos y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Carta de Dona- ción de fecha 22 de julio de 1999 y un peso aproximado de 6 500 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº AECX6CAL 9907112P de AEC ASIANA EXPRESS USA. Dicha donación será destinada al apoyo de las actividades que realiza la Asocia- ción Fundación Contra El Hambre a través del Programa Patrocinamiento Infantil, el Proyecto Desarrollo de Iglesias y Familias y el Programa de Prevención y Mitigación de Desas- tres. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Supre- ma a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contra- loría General de la República, dentro de los plazos estableci- dos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 13644 EDUCACION Autorizan viaje de servidores del IRTP para informar sobre la visita del Jefe de Estado a la República del Ecuador RESOLUCION SUPREMA Nº 147-99-ED Lima, 26 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el señor Presidente de la República, ingeniero Alberto Fujimori Fujimori, viajará a Ecuador para asistir a las celebra- ciones con motivo del primer aniversario de la firma del Acuerdo de Paz entre Perú y Ecuador; Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, realizará un informe periodístico especial sobre el primer aniversario de la firma del Acuerdo de Paz entre Perú y Ecuador, para su difusión a nivel nacional; Que, se requiere la presencia de un equipo de prensa que cubra las incidencias informativas del viaje del señor Presidente de la República y elabore el referido informe; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, Decreto Legislativo Nº 829, y los Decretos Supremos Nºs. 053- 84-PCM modificado por el 074-85-PCM y el Decreto Supremo Nº 031-89-EF; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR, el viaje en comisión de servi- cio de los señores Luis SOTOMAYOR ALARCON, Felipe HERRERA AQUINO, César MENDOZA FLORES y Fredy MUNIVE CARDENAS, servidores del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, para cubrir las incidencias informativas del viaje del señor Presidente de la República, ingeniero Alberto Fujimori Fujimori y realizar el informe periodístico especial sobre las celebraciones con motivo del primer aniversario de la firma del Acuerdo de Paz entre Perú y Ecuador, a la República del Ecuador, del 26 al 28 de octubre de 1999. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se afectarán con cargo al Presupuesto del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, de acuerdo al siguiente detalle: viáticos US$ 600, por cada servi- dor.Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a exone- ración de impuestos o derechos arancelarios de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social Encargado de la Cartera de Educación 13645 ENERGIA Y MINAS Aprueban monto a ser considerado como aporte de capital del Estado a ELECTRO ORIENTE S.A. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 584-99-EM/DEP Lima, 15 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección Ejecutiva de Proyectos, viene ejecutando diversos proyectos electromecánicos para la Ampliación de la Frontera Eléctrica, y que entre otras actividades comprende la adquisi- ción de materiales y equipos, contratación de obras civiles y montaje electromecánico, supervisión de obras, consultoría y otros servicios complementarios; Que, en el caso de adquisición de materiales y equipos, contratación de obras civiles y montaje electromecánico, super- visión de obras, consultoría y otros servicios complementarios, que son financiadas con recursos provenientes del Estado, el valor respectivo debe ser considerado como Aporte de Capital del Estado para las respectivas Empresas Regionales de Servi- cio Público de Electricidad, de acuerdo al lugar en el que se realicen las inversiones; Que, debiéndose efectuar la transferencia de los proyectos financiados por la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministe- rio de Energía y Minas a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Oriente S.A., es necesario apro- bar los montos definitivos a ser considerados como Aporte de Capital del Estado a dicha empresa; De conformidad con el Reglamento de Organización y Fun- ciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 027-93-EM, Decreto Supremo Nº 021-93-EM y la Ley Nº 27170; Con la opinión favorable del Director Ejecutivo de Proyectos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el monto a ser considerado como Aporte de Capital del Estado a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Oriente S.A., por las obras y suministros financiados con recursos del Tesoro Público a través de la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas, por un valor reexpresado al 30.6.99 de NUEVE MI- LLONES OCHOCIENTOS SESENTINUEVE MIL CUATRO- CIENTOS CINCUENTISIETE CON 32/100 NUEVOS SOLES (S/. 9'869,457.32), cuya relación se presenta en el Anexo Nº 1, que adjunto forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Disponer que la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Oriente S.A. emita las Acciones correspondientes, en el plazo de ley a favor del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, en representación del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CHAMOT SARMIENTO Ministro de Energía y Minas 13551 Autorizan transferencia de grupo elec- trógeno a ELECTRO UCAYALI S.A., en calidad de aporte de capital del Estado RESOLUCION MINISTERIAL Nº 586-99-EM/DEP Lima, 15 de octubre de 1999