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Pág. 179874 NORMAS LEGALES Lima, domingo 31 de octubre de 1999 deudas insolutas del período enero a diciembre 1997 por un total de S/. 57,306.09 y de enero a junio 1998 por la suma de S/. 156,619.86; deficiencia en el reajuste no efectuado del Impuesto Predial que ocasionó perjuicio económico a la entidad en el orden de S/. 5,177.11 Nuevos Soles. Que, a los señores Mauricio Padilla Sosa y Mario Torres Negreiros, también se les imputa deficiencia originada por el desconocimiento de las normas de racionalización, inexis- tencia de una adecuada y sostenida política de administra- ción tributaria, negligencia en sus funciones al no haber transferido oportunamente a la Municipalidad Metropolita- na de Lima, el 50% que le correspondía por concepto de Alcabala. Que, al Sr. Antonio Alva Cueto, ex Jefe de la Unidad de Cobranzas, se le imputa también, deficiencia en el control de calidad de los registros tributarios, así como haber distorsio- nado la Cuenta Corriente de los contribuyentes. Que, al Sr. Martín Delgado Espinoza, ex Jefe de la Unidad de Cobranzas, se le imputa no haber informado la distorsión de la Cuenta Corriente de los contribuyentes y no haber conciliado con la Unidad de Contabilidad; asimismo, se le imputa deficiencia en el otorgamiento de fraccionamiento de las deudas insolutas a los contribuyentes período enero a diciembre 1997, por un aproximado de S/. 57,306.09 y perío- do enero - junio 1998, por la suma de S/. 156,619.86. Que, al Sr. Mauricio Padilla Sosa, se le imputa asimismo, dejar de registrar en los listados de los Estados de Cuenta Corriente de la Tasa de Licencia de Funcionamiento durante el período de 1997 la suma de S/. 31,600 Nuevos Soles, originando con ello un perjuicio económico a esta corporación. Que, a la servidora Bertha Gonzales Padilla, ex Secreta- ria General se le imputa incumplir el Reglamento de Orga- nización y Funciones, al no haber publicado la Ordenanza Nº 003-92, que ocasionó que la suma de S/. 74,743.27, por concepto de Multas, fueran dejadas de cobrar, ocasionando perjuicio económico a la entidad. Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, ha concluido que existen suficientes elemen- tos de juicio para aperturar proceso a los mencionados ex funcionarios por la Comisión de faltas contenidas en los incisos a), d), e i) del Artículo 28º del D. Leg. Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, incumplimiento de sus obligaciones estable- cidas en los incisos a), b) y d) del Artículo 21º de la Norma anotada. Con las atribuciones conferidas por el inciso 13 del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el Artículo 167º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remunera- ciones del Sector Público. RESUELVE: Artículo Primero.- Aperturar Proceso Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios: MAURICIO PADILLA SOSA, MARIO TORRES NEGREIROS, ANTONIO ALVA CUETO, MARTIN DELGADO ESPINOZA y BERTHA GON- ZALES PADILLA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Otorgar un plazo de cinco (5) días hábiles, luego de notificados a los ex funcionarios menciona- dos, para los efectos que presenten su descargo de Ley. Artículo Tercero.- Encargar a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO CHACALTANA YEREN Alcalde 13700 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Autorizan subdivisión de terreno ubi- cado en el distrito RESOLUCION DIRECTORAL Nº 039-99/DODU-MDS Surquillo, 28 de octubre de 1999LA DIRECCION DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO DE SURQUILLO Visto el Expediente Nº 47839-99 seguido por Bartolomé Avalos y Blanca García Casas, por el que solicitan se autorice la Subdivisión del terreno de 316.38 m2, constituido por el lote ubicado en esquina formada por la Av. José Gálvez Barrenechea (antes Av. Principal) y la calle Alejandro Peral- ta, manzana H, lote 12, urbanización Villa Victoria del distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima, cuya Zonificación es I1-R4, Vivienda-Taller; CONSIDERANDO: Que, el recurrente ha cumplido con presentar la docu- mentación requerida para el trámite y abonado los pagos por Derechos Administrativos señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) y el Reglamento Nacional de Construcciones; Que, estando el Informe Nº 128-99-DCHU-DODU-MDS de fecha 28 de octubre de 1999 de la División de Catastro y Habilitaciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Título II del Regla- mento Nacional de Construcciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la Subdivisión del terreno de 316.38 m2 (trescientos dieciséis metros cuadrados con treintiocho centímetros cuadrados), constituido por el lote ubicado en esquina formada por la Av. José Gálvez Barrene- chea (antes Av. Principal) y la calle Alejandro Peralta, manzana H, lote 12, urbanización Villa Victoria del distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima, cuya Zoni- ficación es I1-R4, Vivienda-Taller, de la siguiente forma: Sublote 12 A.- Con un área de 105.93 m2 (ciento cinco metros cuadrados con noventitrés centímetros cuadrados) y los siguientes linderos: Por el frente con la calle Alejandro Peralta con 13.72 ml. Por la derecha con la Av. José Gálvez Barrenechea (antes Av. Principal) con 7.80 ml. Por la izquierda lindando con propiedad de terceros con 7.67 ml. Por el fondo lindando con el Sublote B con 13.35 ml. Sublote 12 B.- Con un área de terreno de 106.13 m2 (ciento seis metros cuadrados con trece centímetros cuadra- dos) y los siguientes linderos: Por el frente con la Av. José Gálvez Barrenechea (antes Av. Principal) con 8.00 ml. Por la derecha lindando con Sublote C con 13.10 ml. Por la izquierda lindando con el Sublote A con 13.35 ml. Por el fondo lindando con propiedad de terceros con 8.05 ml. Sublote 12 C.- Con un área de terreno de 104.32 m2 (ciento cuatro metros cuadrados con treintidós centímetros cuadrados) y los siguientes linderos: Por el frente con la Av. José Gálvez Barrenechea (antes Av. Principal) con 8.00 ml. Por la derecha lindando con propiedad de terceros con 12.90 ml. Por la izquierda lindando con Sublote B con 13.10 ml. Por el fondo lindando con propiedad de terceros con 8.05 ml. Las características de los lotes resultantes figuran en Plano signado con el Nº 2 que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano que estará a cargo de los interesados, debiendo efectuarlo en el plazo máximo de 30 días calendario contados a partir de la fecha de su notificación. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución a la Oficina Registral de Lima y Callao, para su inscripción correspondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL GAILLOUR RONCAGLIOLO Director Dirección de Obras y Desarrollo Urbano 13759