Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 1999 (31/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, MORDAZA 31 de octubre de 1999

NORMAS LEGALES

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2.- MORDAZA simple de Tarjeta de Propiedad. 3.- Aprobacion de la constatacion de caracteristicas anual del vehiculo menor documentado en formatos y realizado por la Municipalidad Distrital. 4.- Documento que acredite haber pasado la Revision Tecnica respectiva, si esta ya se encuentre implementada por la Autoridad Metropolitana de Lima. 5.- Y, las demas que establezca la Municipalidad Distrital respectiva. C) De la Credencial de Conductor: 1.- Presentar debidamente llenado formato de datos personales y dos fotografias a color tamano carne por cada conductor. 2.- MORDAZA simple de la Libreta Electoral o Documento Nacional de Identidad o Carne de Identidad Personal y la Licencia de Conducir vigente. 3.- Declaracion Jurada garantizando el cumplimiento del Reglamento de MORDAZA y de las disposiciones contenidas en la presente ordenanza. 4.- Y, las demas que establezca la Municipalidad Distrital respectiva. Articulo 14º.-Recursos impugnativos.- Los recursos impugnativos contra las resoluciones que se expidan son: a) Reconsideracion. b) Apelacion. c) Revision. El recurso de reconsideracion se interpondra ante el mismo organo que dicto la primera resolucion impugnada. Actua en Primera Instancia la Direccion de Transporte o el organo respectivo que determine la Municipalidad Distrital correspondiente, las Apelaciones que se interpongan seran resueltas por el MORDAZA Distrital, quedando agotada la via administrativa. El recurso de revision procede, excepcionalmente, cuando se deniega la Resolucion de Circulacion, la misma que sera resuelta por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Los recursos impugnativos, plazos, requisitos y tramitacion se sujetaran a lo dispuesto en el MORDAZA correspondiente, asi como en la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos. Articulo 15º.-Vigencia de la Resolucion de Circulacion.- La autorizacion para la prestacion del servicio de transporte en vehiculos menores tendra una vigencia de tres (3) anos. Articulo 16º.-Vigencia del Certificado de Operacion y Credencial de Conductor.- El Certificado de Operacion, independientemente de la fecha de expedicion caducara conjuntamente con la Resolucion de Circulacion. La Credencial de Conductor tendra una vigencia de tres (3) anos. Articulo 17º.- Renovacion de la Resolucion de Circulacion, Certificado de Operacion y la Credencial del Conductor .- La renovacion de la Resolucion de Circulacion, Certificado de Operacion y la Credencial del Conductor debera solicitarse expresamente por la persona juridica interesada, adjuntandose los documentos requeridos por la autoridad Municipal Distrital, debiendo tenerse presente para su otorgamiento la informacion del registro respecto del cumplimiento de las disposiciones de MORDAZA, la presente ordenanza y las normas que expida la Municipalidad Distrital. Articulo 18º.-Caracteristicas de la Resolucion de Circulacion.- La Resolucion de Circulacion contendra como minimo: 1) Numero de Autorizacion Municipal. 2) Nombre de la persona juridica. 3) MORDAZA de trabajo y/o vias de circulacion autorizada a la persona juridica. 4) Ubicacion de Paraderos Autorizados. 5) Placa de rodaje de las unidades autorizadas para prestar el servicio. 6) Fecha de caducidad de la resolucion. 7) Firma de la Autoridad Municipal correspondiente. Articulo 19º.-Caracteristicas del Certificado de Operacion.- El Certificado de Operacion contendra, minimamente, la siguiente informacion: 1) 2) 3) 4) 5) Nombre de la Persona Juridica. Numero de Resolucion de Circulacion. Direccion y telefono de Persona Juridica. Numero de Certificado de Operacion. Fecha de caducidad de la Resolucion de Circulacion.

6) Numero de placa de rodaje del vehiculo. 7) Numero de control del vehiculo asignado por persona juridica. 8) Nombre del propietario del vehiculo. 9) Numero de Libreta Electoral o Documento Nacional de Identidad o Carne de Identidad Personal del propietario del vehiculo. 10) Firma de la Autoridad Municipal correspondiente. Articulo 20º.- Caracteristicas de la Credencial de Conductor.- La Credencial de Conductor contendra, minimamente, la siguiente informacion: 1) Nombre del Conductor autorizado. 2) Numero de la Credencial del Conductor. 3) Numero de Libreta Electoral o Documento Nacional de Identidad o Carne de Identidad Personal. 4) Numero de licencia de Conducir. 5) Fotografia a color tamano carne del Conductor. 6) Firma de Autoridad Municipal correspondiente. Articulo 21º.- Cancelacion de la Resolucion de Circulacion y Certificado de Operacion.- La Resolucion de Circulacion y el Certificado de Operacion se cancelaran cuando la persona juridica autorizada: 1) Abandone el servicio, conforme a las reglas que establecera la Municipalidad Distrital. 2) Cuando la persona juridica informe por escrito del retiro del vehiculo menor autorizado. 3) *Cuando se acredite que la Persona Juridica no cumple con lo establecido en su Reglamento Interno. 4) Y, las demas que determine la Municipalidad Distrital respectiva. Articulo 22º.- Cancelacion de la credencial del conductor.- La credencial del conductor sera cancelada cuando se suspenda o cancele la licencia de conducir, y cuando se infrinja las disposiciones del Codigo de MORDAZA, Reglamento de MORDAZA y Seguridad Vial, las normas de la presente Ordenanza, asi como las disposiciones que emitan las Municipalidades Distritales. Articulo 23º.- Criterios para otorgar la Resolucion de Circulacion.- Para la correspondiente autorizacion de uso de las zonas y/o vias de trabajo, la Municipalidad Distrital respectiva establecera criterios de igualdad de condiciones y de oportunidad. Cuando existan varios postores interesados en el uso de determinada zonas y/o vias de trabajo, la Municipalidad Distrital tendra en cuenta los siguientes aspectos en el orden prioritario indicado: 1) *Antiguedad debidamente acreditada en la prestacion del servicio. 2) Mejor cumplimiento y optimizacion de los requisitos y condiciones senaladas en la presente Ordenanza. 3) Personas juridicas cuya mayoria de sus integrantes esten constituidos por personas naturales que acrediten ser propietarios conductores de los vehiculos menores. 4) Condiciones y caracteristicas de vehiculos y conductores que procuren una mejor calidad del servicio y seguridad de los pasajeros, no senaladas en la presente Ordenanza. 5) Que las personas juridicas no se encuentren prestando servicio o tengan su sede institucional en otro distrito. 6) Las personas juridicas cuya mayorias de sus miembros MORDAZA residentes del distrito. 7) Plan de propuestas para mejorar la calidad del servicio, con el respectivo cronograma de ejecucion. 8) Las demas que determine la Municipalidad distrital respectiva. Articulo 24º.- Coordinacion con Municipios.- La Municipalidad Distrital en la cual se desarrolla la mayor extension de las zonas y/o vias de trabajo solicitada por la persona juridica centralizara el tramite y coodinara la autorizacion respectiva con la Municipalidad Distrital colindante. En caso que el servicio de transporte en vehiculos menores comprenda el territorio de otra Municipalidad Provincial, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA promovera la suscripcion de convenios para facilitar que la persona juridica siga prestando el servicio de transporte en vehiculos menores CAPITULO II DEL REGISTRO Articulo 25º.-Constitucion de Registros.- La Municipalidad Distrital abrira el Registro de Personas Juridicas

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