Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 1999 (31/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, MORDAZA 31 de octubre de 1999

NORMAS LEGALES

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Visto el Informe Nº 295-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 17 de setiembre de 1999. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del Visto se desprende que MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, conducentes a suplantar la identidad del ciudadano MORDAZA MORDAZA Amaro; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la inscripcion electoral y contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en el Articulo 91º del Decreto Ley Nº 14207 y los Articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la inscripcion electoral y la fe publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 13740 RESOLUCION JEFATURAL Nº 329-99-JEF/RENIEC MORDAZA, 21 de octubre de 1999 Vistos los Informes Nºs. 270-271-272-99-GAJ/RENIEC, emitidos por la Gerencia de Asesoria Juridica, todos con fecha 3 de setiembre de 1999. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria de los Informes del Visto se desprende que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, los mismos que dicen llamarse MORDAZA MORDAZA Okura MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Fukumoto MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nishisaka, respectivamente, han incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, dirigido a la obtencion de inscripcion electoral multiple, utilizando para tal fin documento de identidad presuntamente falsificado; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la inscripcion electoral y la fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica e impropia, previsto y sancionado en el Articulo 93º del Decreto Ley Nº 14207 y los Articulos 427º y 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra los ciudadanos acotados en el primero considerando y contra

quienes resulten responsables en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, los mismos que dicen llamarse MORDAZA MORDAZA Okura MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Fukumoto MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nishisaka, respectivamente, asi como contra quienes resulten responsables, por presunto delito contra la inscripcion electoral y la fe publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil 13741 RESOLUCION JEFATURAL Nº 330-99-JEF/RENIEC MORDAZA, 21 de octubre de 1999 Visto el Informe Nº 279-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 10 de setiembre de 1999; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del Visto se desprende que personas no identificadas han incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, conducentes a suplantar la identidad de las ciudadanas MORDAZA MORDAZA Zulen Hiroshima e MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quiroz; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la administracion publica y contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los Articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra quienes resulten responsables, solicitandose al Ministerio Publico y la Direccion de la Policia Nacional del Peru, a fin de que se asuman las investigaciones conducentes a la identificacion de los sujetos que han suplantado a las ciudadanas MORDAZA MORDAZA Zulen Hiroshima e MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quiroz; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables, por presunto delito contra la administracion publica y la fe publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural.

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