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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (08/09/1999)

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Pág. 177536 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de setiembre de 1999 Que, en tal sentido es conveniente autorizar el viaje del ingeniero Gustavo Caillaux Zazzali, Ministro de Pesquería y Presidente de la COPRI, a la ciudad antes señalada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27013, Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999 y los Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF, 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM y 037-91-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al ingeniero Gustavo Cai- llaux Zazzali, Ministro de Pesquería y Presidente de la Comisión de Promoción de la Inversión Privada, a viajar a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, el 8 y 9 de setiembre de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presen- te Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, se efectuarán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002, Dirección Ejecu- tiva FOPRI - COPRI, del Pliego 018 del Ministerio de Pesquería, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos US$ 440,00 - Impuesto CORPAC US$ 25,00 - Pasajes US$ 2 846,44 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros 11468 Encargan la Cartera de Pesquería al Ministro de Energía y Minas RESOLUCION SUPREMA Nº 458-99-PCM Lima, 7 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro de Pesquería, ingeniero Gusta- vo Caillaux Zazzali, se ausentará del país los días 8 y 9 de setiembre de 1999, para participar en la Tercera Confe- rencia Anual sobre Comercio e Inversión en las Américas a llevarse a cabo en la ciudad de Washington D.C., Esta- dos Unidos de América; Que, en consecuencia, es necesario encargar el Despacho de Pesquería, mientras dure la ausencia del Titular; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar la Cartera de Pesquería al ingeniero Daniel Hokama Tokashiki, Ministro de Energía y Minas, a partir del 8 de setiembre de 1999 y en tanto dure la ausencia del Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros 11469Modifican artículo del Reglamento del Registro Nacional de Contratistas y del Registro de Inhabilitados para Con- tratar con el Estado RESOLUCION MINISTERIAL Nº 081-99-PCM Lima, 7 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 043-99-PCM del 28 de abril de 1999, se aprobó el Reglamento del Registro Nacional de Contratistas y del Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado; Que, es conveniente modificar el Artículo 21º del refe- rido Reglamento permitiendo la participación de otros profesionales de la Ingeniería en las Especialidades a que se refiere su Artículo 19º, así como para el caso de Consul- toría de Obras; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Modificar el Artículo 21º del Regla- mento del Registro Nacional de Contratistas y del Regis- tro de Inhabilitados para Contratar con el Estado, el mismo que queda redactado de la manera siguiente: ESPECIALIDAD DE LOS PROFESIONALES "Artículo 21º.- Los profesionales colegiados de Arqui- tectura y los de Ingeniería de las especialidades a que se refiere el Artículo 19º de este Reglamento pueden ser Agrícolas, Civiles, Electricistas, Eléctricos, Electrónicos, Geólogos, Mecánicos y Sanitarios. En el caso de consultoría de obras la especialidad de estos profesionales se determinará en función de las obras a ejecutarse. La enumeración de las especialidades a que se refiere el primer párrafo de este artículo sólo tiene carácter enunciativo y no limitativo". Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros 11422 AGRICULTURA Disponen implementar la Oficina PETT de Ejecución Regional de Lima-Callao RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 164-99-AG-PETT Lima, 2 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante la Octava Disposición Complementa- ria de la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902, se creó el Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT, con el objeto de titular y/o perfeccionar la titulación para lograr la inscripción registral de todos los predios rústicos adju- dicados en aplicación del Decreto Ley Nº 17716, normas complementarias y conexas; Que, con fecha 31 de diciembre de 1994 quedó fenecida la vigencia del Convenio de los títulos de propiedad de los predios rurales comprendidos en el Decreto Ley Nº 17716, celebrado entre el PETT y la Unidad Agraria Departamental Lima-Callao, en el