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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (08/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 177542 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de setiembre de 1999 Visto el Oficio Nº 0525-99-Promudeh/DM, de fecha 25 de agosto de 1999 de la señora Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 069-96-JUS, de fecha 31 de mayo de 1996, se designó al abogado Edgardo Mercado Neumann, como Procurador Ad Hoc y a los abogados José Carlos Ugaz Sánchez-Moreno y Roger Yon Ruesta, como Procuradores Adjuntos Ad Hoc, para que en representación y defensa de los derechos e intere- ses del Estado, asuman las acciones judiciales que se derivan de la Resolución de Contraloría Nº 094-96-CG; Que, mediante oficio de visto se solicita se den por conclui- das las mencionadas designaciones, en razón de haberse cumplido con las estipulaciones del Contrato de Locación de Servicios suscrito en tal virtud, por lo que resulta necesario expedir la Resolución Suprema correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del abogado EDGARDO MERCADO NEUMANN, como Procurador Ad Hoc y de los abogados JOSE CARLOS UGAZ SANCHEZ-MORENO y ROGER YON RUESTA, como Procuradores Adjuntos Ad Hoc, a que se refiere la Resolución Suprema Nº 069-96-JUS. Artículo 2º.- La Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, asumirá la representación y defensa de los derechos e intereses del Estado, en las referidas acciones judiciales, debiéndosele remitir, a la brevedad posi- ble, los correspondientes falsos expedientes. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE BUSTAMANTE ROMERO Ministro de Justicia LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 11477 PESQUERIA Autorizan viaje de profesional de la Dirección Nacional de Acuicultura a Venezuela, para participar en curso sobre formulación de proyectos de cooperación para el desarrollo RESOLUCION SUPREMA Nº 141-99-PE Lima, 5 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Múltiple Nº 1829-99/PCM-SEC- TI-GTECH, de fecha 17 de agosto de 1999, la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional - SECTI, de la Presidencia del Consejo de Ministros, comunicó a la Oficina General de Planificación y Presupuesto, que la Agencia Brasilera de Cooperación (ABC), va a realizar con apoyo de la Oficina Central de Coordinación y Planifica- ción (CORDIPLAN) de Venezuela el "Curso de Concep- ción y Formulación de Propuestas de Proyectos de Coope- ración para el Desarrollo";Que a través del Oficio Nº 755-99-PE/OPP-Oppcti, de fecha 19 de agosto de 1999, la Oficina General de Planifi- cación y Presupuesto del Ministerio de Pesquería, presen- tó a la ingeniera Gladys Liliana Rocha Freyre, de la Dirección Nacional de Acuicultura, como postulante al curso indicado en el considerando precedente; Que mediante Oficio Nº 1938-99/PCM-SECTI-GTE- CH, de fecha 26 de agosto de 1999, la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional - SECTI, de la Presidencia del Consejo de Ministros, comunicó a la Ofi- cina General de Planificación y Presupuesto, que la inge- niera Gladys Liliana Rocha Freyre, de la Dirección Nacio- nal de Acuicultura, ha sido seleccionada para asistir al "Curso de Concepción y Formulación de Propuestas de Proyectos de Cooperación para el Desarrollo", que se realizará en Venezuela, del 6 al 10 de setiembre de 1999; Que es de interés para el Ministerio de Pesquería que la mencionada profesional participe en el citado evento, tenien- do en consideración que los gastos serán asumidos en forma parcial por las entidades organizadoras del curso; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27013 - Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999, Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF, 074-85-PCM, 031-89-EF, 135- 90-PCM y 037-91-PCM, Decreto Legislativo Nº 719 "Ley de Cooperación Técnica Internacional" y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-92-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la ingeniera Gladys Liliana Rocha Freyre, profesional de la Dirección Nacio- nal de Acuicultura, a Venezuela, para participar en el "Curso de Concepción y Formulación de Propuestas de Proyectos de Cooperación para el Desarrollo", que se realizará del 6 al 10 de setiembre de 1999. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimien- to de la presente Resolución Suprema, en lo que respecta a pasajes y viáticos, serán cubiertos por los organizadores del evento y los otros gastos, por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Pesquería, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos Parciales US$ 200,00 - CORPAC 25,00 Artículo 3º.- La indicada profesional al término de su participación en el Curso expresado en el Artículo 1º de la presente Resolución, presentará el Informe respectivo al Despacho Ministerial con copia a la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Pesquería. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesquería 11480 Modifican permiso de pesca a fin de ampliar autorización otorgada a em- presa para la extracción de recursos jurel y caballa RESOLUCION MINISTERIAL Nº 260-99-PE Lima, 3 de setiembre de 1999 Visto los escritos con registro Nºs. 05907001, 09488001, 04477003 y CE-335001 de fechas 5 de junio, 11 de setiem- bre, 2 y 18 de noviembre de 1998 presentados por PES- QUERA ANAVENA S.A.; CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 006-97-PE, se aprueban las Normas Complementarias del Decreto Supremo Nº 001-97-