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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (16/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 103

Pág. 178005 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de setiembre de 1999 recursos que comprende cada Fuente de Financiamiento, se distinguen en : Recursos Ordinarios, Canon y Sobrecanon, Participación en Rentas de Aduanas, Contribuciones a Fondos, Fondo de compensación Muni- cipal, Otros Impuestos Municipales, Recursos Directamente Recauda- dos, Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno, Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo, y, Donaciones y Transfe- rencias. Función : Es una Categoría Presupuestaria que representa la mayor agregación de las acciones que desarrollan las Entidades del Estado respecto a un “deber primordial” de éste. Existen quince (15) Funciones registradas en el Clasificador de los Gastos públicos. Gastos Corrientes : Para efectos presupuestarios, dicho concepto se refiere a pagos no recuperables y comprende los gastos en planilla (personal activo y cesante), compra de bienes y servicios, y, otros gastos de la misma índole. Gastos de Capital : Para efectos presupuestarios, dicho concepto hace referencia a los realizados en adquisición, instalación y acondiciona- miento de bienes duraderos que, por su naturaleza, valor unitario o destino, incrementan el patrimonio del Estado. Gestión Presupuestaria : Es la capacidad de los Pliegos Presu- puestarios para lograr sus Objetivos Institucionales , mediante el cumplimiento de las Metas Presupuestarias establecidas para un determinado Año Fiscal, aplicando los criterios de eficiencia, efica- cia y desempeño. Gobierno Local : Son las Municipalidades Provinciales, Distritales y Delegadas conforme a ley, las que constituyen –de acuerdo a la Constitución Política del Perú- los órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Impuesto : Tributo cuyo cumplimiento no origina una Contraprestación directa en favor del contribuyente por parte del Estado. Indicador Presupuestario : Son índices que posibilitan medir la ges- tión presupuestaria del Pliego, a través de la contrastación de los recursos utilizados y metas alcanzadas, con la programación de los mismos, durante el Año Fiscal. Ingresos Corrientes : Son los que se obtienen de modo regular o periódico y que no alteran de manera inmediata la situación patrimonial del Estado. Dichos ingresos provienen de la percepción de Impuestos, Tasas, Contribuciones, Ventas de Bienes y Prestación de Servicios, Rentas de la Propiedad, Multas y Sanciones y otros Ingresos Corrientes. Ingresos de Capital : Son los recursos financieros que se obtienen de modo eventual y que alteran la situación patrimonial del Estado. Provie- nen de la venta de activos (inmuebles, terrenos, maquinarias), las amortizaciones por los préstamos concedidos (reembolsos), la venta de acciones del Estado en empresas, ingresos por intereses de depósitos y otros Ingresos de Capital. Meta Presupuestaria : Es la expresión concreta, cuantificable y medi- ble que caracteriza el(los) producto(s) final(es) de la(s) Actividad(es) y Proyecto(s) establecido(s) para el Año Fiscal. Se compone de tres (3) elementos, a saber: (i)Finalidad (Precisión del objeto de la meta). (ii)Unidad de Medida (magnitud a utilizar para su medición). (iii)Cantidad (el número de Unidades de Medida que se espera alcanzar). La Meta Presupuestaria -dependiendo del objeto de análisis- puede mostrar las siguientes variantes: a)Meta Presupuestaria de Apertura: Es la Meta Presupuestaria con- siderada en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA). b)Meta Presupuestaria Modificada: Es la Meta Presupuestaria cuya determinación es considerada durante un Año Fiscal. Se incluye - en este concepto- a las Metas Presupuestarias de Apertura y las nuevas metas que se adicionen durante el Año Fiscal. c)Meta Presupuestaria Obtenida: Es el estado situacional de la Meta Presupuestaria a un momento dado. Como resultado de la aplica- ción de los Indicadores Presupuestarios, la Meta PresupuestariaObtenida se califica como Meta Cumplida o Meta Ejecutada, de acuerdo a las siguientes definiciones: -Meta Presupuestaria Cumplida: Es la Meta Presupuestaria cuyo número de Unidades de Medida que se esperaba alcanzar (Cantidad), se ha cumplido en su totalidad. -Meta Presupuestaria Ejecutada: Es la Meta Presupuestaria cuyo número de Unidades de Medida que se esperaba alcanzar (Cantidad), no se ha cumplido en su totalidad. Misión : Es la finalidad para la cual ha sido creada una determinada Entidad, Dicha finalidad se asocia a los deberes primordiales que presta el Estado, denominados Funciones para efectos presupuestarios. Objetivos Institucionales : Son aquellos Propósitos establecidos por el Titular del Pliego para cada Año Fiscal, en base a los cuales se elaboran los Presupuestos Institucionales. Dichos Propósitos se tradu- cen en Objetivos Institucionales de carácter General, Parcial y Especí- fico, los cuales expresan los lineamientos de la política sectorial a la que responderá cada entidad durante el período. Objetivos Generales: Son aquellos Objetivos Institucionales que enuncian -a grandes rasgos- las políticas de carácter institucional (líneas de acción) a desarrollar durante el Año Fiscal. Los Objetivos Generales no deben ser numerosos y constituyen los propósitos esen- ciales que el Titular del Pliego establece para el indicado período. Las Municipalidades identifican tales Objetivos Generales , sobre la base de los documentos que reflejen las políticas a aplicar durante el Año Fiscal (basadas en las acciones propias del Planeamiento Munici- pal, como es el caso del Plan Integral de Desarrollo Provincial estable- cido en el artículo 70° de la Ley N° 23853 – Ley Orgánica de Municipa- lidades) así como en el Programa Anual de Inversiones o documentos equivalentes, que puedan mostrar los propósitos institucionales a alcan- zar durante el Año Fiscal 2000. Objetivo Parcial : Propósito, en términos parciales, en que de acuerdo a su necesidad, puede subdividirse un Objetivo General para alcanzar- lo. Objetivo Específico : Propósito particular que se diferencia del Obje- tivo General y Parcial por su nivel de detalle y complementariedad. Obtención : Proceso propio de la Ejecución de Ingresos mediante el cual se recepcionan Recursos Públicos por concepto de Donaciones y/ o Endeudamiento, por parte de las Entidades Públicas. También son materia de Obtención los recursos provenientes de transferencias (v.g: por concepto de Fondo de Compensación Municipal, Canon y Sobreca- non, Participación en Rentas de Aduanas, Contribuciones a Fondos) así como por la venta de bienes y servicios. Planeamiento Estratégico : Proceso que permite a las Entidades del Sector Público, definir sus Propósitos y elegir las Estrategias para la consecución de sus Objetivos Institucionales así como conocer el grado de satisfacción de las necesidades de aquellos a los que ofrece sus bienes y servicios. Pliego Presupuestario : Son las Entidades del Sector Público a las que se le ha aprobado una Asignación Presupuestaria en la Ley Anual de Presupuesto. Adicionalmente, por efecto de lo prescrito en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú son Pliegos Presupuestarios las Municipalidades Provinciales y Distritales. Desde el punto de vista operativo, los Pliegos Presupuestarios son los organismos ejecutores responsables del cumplimiento de las Metas Presupuestarias y del logro de los Objetivos Institucionales trazados para cada Año Fiscal, responsabilizándose –igualmente- de la atención de los gastos adicionales no contemplados en el PIA que se presenten durante la Fase de Ejecución Presupuestal, de acuerdo a su disponibi- lidad presupuestaria y financiera existente. Presupuesto Institucional : Es la previsión de Ingresos y Gastos, debidamente equilibrada, que las entidades aprueban para un Año Fiscal determinado. El Presupuesto Institucional debe permitir el cumplimiento de los Obje- tivos Institucionales y Metas Presupuestarias trazados para el Año Fiscal, los cuales se contemplan en las Actividades y Proyectos defini- dos en la Estructura Funcional Programática.