NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (16/09/1999)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 94
Pág. 177996 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de setiembre de 1999 ANEXO N° 1 CRONOGRAMA PARA LA PROGRAMACION, FORMULACION Y APROBACION DE LOS PRESUPUESTOS INSTITUCIONALES DE LOS GOBIERNOS LOCALES AÑO FISCAL 2000 FECHA N° DIAS RESPONSABLE ACCIONES A REALIZAR Del 15 al 24 de Setiembre de 1999 10 Area de Planeamiento u Organo responsable Los Objetivos Estratégicos que deben tomarse en cuenta para elaborar los Objetivos Generales del año 2000 (Artículo 11° de la Directiva). Del 27 de Setiembre al 06 de Octubre de 1999 10 Oficina de Administración u Organo de Apoyo Solicita a cada Unidad Orgánica los gastos imprescindi- que haga sus veces bles para la operatividad del Pliego a través de un Cuadro de Necesidades de (Artículo 17° de la Directiva). Del 7 al 11 de Octubre de 1999 5 Oficina de Administración u Organo de Apoyo Consolida y remite a la Oficina de Planificación y Presu- que haga sus veces puesto u Organo equivalente, el Cuadro de Necesidades (Artículo 17° de la Directiva). Del 12 al 18 de Octubre de 1999 7 Oficina de Planificación y Presupuesto o la Emite la correspondiente Directiva de coordinación, re- que haga sus veces misión y consolidación de la información necesaria, para llevar a cabo los trabajos de Programación y Formulación Presupuestal (Artículo 22° de la Directiva). Del 19 de Octubre al 01 de Noviembre 16 Oficina de Planificación y Presupuesto o la Procesa y consolida la información para elaborar el que haga sus veces Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) y la Exposi- ción de Motivos (Artículo 22° de la Directiva). El 2 de Noviembre de 1999 01 Oficina de Planificación y Presupuesto o la Eleva al Titular del Pliego para su revisión el Anteproyec- que haga sus veces to del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la Exposición de Motivos y los Formatos y Anexos corres- pondientes (Artículo 22° de la Directiva). Del 3 al 8 de Noviembre de 1999 6 Alcaldía Expresa su consentimiento y/u observaciones para su corrección y ajustes pertinentes (Artículo 22° de la Direc- tiva). Del 9 al 15 de Noviembre de 1999 7 Oficina de Planificación y Presupuesto o la Corrige y efectúa los ajustes pertinentes (Artículo 22° de que haga sus veces la Directiva).. Del 16 al 17 de Noviembre de 1999 2 Alcaldía Aprueba el proyecto de PIA y remite a consideración del Concejo Municipal (Artículo 22° de la Directiva).. Del 18 al 25 de Noviembre de 1999 8 Concejo Municipal a través de la Alcaldía Formula las observaciones a ser absueltas por la Oficina de Planificación y Presupuesto o la que haga sus veces (Artículo 22° de la Directiva). Del 26 de Noviembre al 2 de Diciembre de 1999 7 Oficina de Planificación y Presupuesto o la Absuelve las observaciones del Concejo Municipal (Ar- que haga sus veces tículo 22° de la Directiva). Del 3 al 9 de Diciembre de 1999 7 Concejo Municipal Suscribe el Acuerdo de Concejo (Artículo 22° de la Directiva). Del 10 al 31 de Diciembre de 1999 22 Alcaldía El Titular del Pliego promulga mediante Resolución de Alcaldía (Artículo 27° de la Directiva). Del 3 al 10 de Enero del 2000 7 Oficina de Planificación y Presupuesto o la Remiten a la Municipalidad Provincial el Presupuesto que haga sus veces y la Alcaldía Distrital Institucional de Apertura (Artículo 28° de la Directiva). Del 11 al 20 de Enero del 2000 10 Oficina de Planificación y Presupuesto o la Consolidan y presentan a la Comisión de Presupuesto que haga sus veces y la Alcaldía Provincial del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección Nacional del Presupues- to Público (*) del Ministerio de Economía y Finanzas lo siguiente : -Presupuesto Institucional de Apertura, consolidado a nivel Provincial, utilizando los Formatos A-2, A-4 y Anexo N° 14. -Formatos A-1, A-3, A-5, A-5A, A-6, A-6 A, A–6 B y A- 7 de cada una de las Municipalidades Distritales que integran la Provincia incluyendo el Distrito Capital, con las correspondientes Resoluciones Aprobatorias y Expo- siciones de Motivos. (Artículo 28° de la Directiva). NOTA : La Dirección Nacional del Presupuesto Público sólo aceptará los Presupuestos Institucionales de Apertura que sean remitidos a través de la Municipalidad Provincial correspondiente. (*) La Dirección Nacional del Presupuesto Público, recibirá EN ORIGINAL la documentación (Exposición de Motivos, Resolución de Aprobación, Anexos y Formatos).