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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (16/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 90

Pág. 177992 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de setiembre de 1999 -Representa la producción de los bienes y servicios que la Municipalidad lleva a cabo de acuerdo a sus funciones y atribuciones, dentro de los procesos y tecnologías acostumbrados. -Es permanente y continua en el tiempo. -Responde a objetivos que pueden ser medidos cuantitativa o cualitativamente, a través de me- tas. ii.Proyecto : -Reúne acciones presupuestarias que concurren en la expansión y/o perfeccionamiento de los ser- vicios públicos o administrativos existentes. -Representa la creación, ampliación y/o moderni- zación de la producción de los bienes y servicios; implicando la variación sustancial o el cambio de procesos y/o tecnología utilizada por el Pliego . -Responde a objetivos que pueden ser medidos física y financieramente, a través de metas. -Es limitado en el tiempo . -Luego de su culminación, generalmente da origen a una actividad. f)Teniendo en cuenta los literales precedentes, el dise- ño final de la Estructura Funcional Programática de los Gobiernos Locales debe cumplir con los siguientes requisitos: ·La Estructura Funcional Programática debe mos- trar, esquemáticamente, las líneas de acción que las Municipalidades desenvolverán para el cum- plimiento de sus Objetivos Institucionales . ·La Estructura Funcional Programática no consti- tuye un detalle pormenorizado de las acciones a realizar durante el Año Fiscal, ni tiene relación con la estructura orgánica de la Entidad. Por tal razón, deben seleccionarse las Actividades y Proyectos estrictamente necesarios, para iden- tificar los propósitos a lograr durante el Año Fiscal 2000, tomando como referencia la Tabla de Activi- dades y Proyectos contenida en los Anexos Nº 10 y 11, de la presente Directiva. De ser el caso, pueden identificarse otras Activi- dades y Proyectos no contemplados en el precitado Anexo, debiendo adjuntarse al Presupuesto Insti- tucional la fundamentación técnica correspon- diente, así como los Objetivos Específicos que se persiguen. g)En lo específico, cada Actividad y Proyecto2 debe contener la(s) Meta(s) Presupuestaria(s), que detalla(n) los Resultados a lograr para cumplir con los Objetivos Institucionales definidos por el Pliego. La Meta Presupuestaria es la expresión concreta, cuan- tificable y medible, que caracteriza al producto final de las Actividades y Proyectos determinados para el Año Fiscal. La correcta selección de las metas facilita el desenvolvimiento del Proceso Presupuestario. La estructura de las Metas Presupuestarias debe tener en cuenta los siguientes tres (3) elementos básicos: ·Finalidad: Es la precisión del objeto de la meta. ·Unidad de Medida: Establece la forma de medir la meta. ·Cantidad: Es el número de Unidades de Medida que se espera alcanzar. Para efectos de establecer relaciones entre las Fina- lidades y las Unidades de Medida se deberá tomar en cuenta el Anexo N° 12 “Tabla de Finalidades3 de las Metas Presupuestarias” y N° 13 “Tabla de Unidades de Medida” .Lineamientos para la Formulación de los Gastos y sus Fuentes de Financiamiento Artículo 21°.- Una vez diseñada la Estructura Funcional Programática del Pliego, debe asignarse las respectivas “cadenas de gasto” así como determinar las Fuentes de Financiamiento a que corresponden. Para tal efecto, se utiliza la información reunida durante la Fase de Progra- mación Presupuestal, debiéndose observar lo siguiente: i.Los Recursos Públicos administrados por los Gobier- nos Locales deben cubrir los gastos a que se refiere el numeral i. del artículo 17° de la presente Directiva. ii.Las Metas Presupuestarias definidas para cada una de las Actividades y Proyectos del Pliego son -para efectos de la Formulación de Gastos- los productos finales respecto de los cuales se aplica las cadenas de gasto necesarias para su cumplimiento. Se entiende por cadena de gasto, a la codificación que asocia la Categoría del Gasto , el Grupo Genérico de Gasto , la Modalidad de Aplicación y la Específica del Gasto. Asimismo, a cada cadena de gasto , se le “dota” de la correspondiente asignación de recursos, especi- ficándose el respectivo monto así como la Fuente de Financiamiento a la que corresponde. iii.A fin de asegurar una correcta formulación de los gastos, es necesario que cada Actividad y Proyecto contemple egresos que no impliquen dificultades en su imputación, a fin de evitar cálculos adicionales de prorrateos de costos o similares con otras Activida- des y Proyectos . En tal sentido, es indispensable que la Formulación de los Gastos de las Actividades y Proyectos permita la aplicación clara de los egresos que implicará su realización, de manera que faciliten la imputación del gasto durante la Fase de Ejecución Presupuestaria. iv.Las cadenas de gasto que se determinen para las Actividades, deben tener -únicamente- como raíz la Categoría del Gasto 5. “Gasto Corriente” , y sólo cuando se trate de gastos que se orienten al equipamiento y a la adquisición de inmuebles, se deberá considerar la Cate- goría del Gasto 6. “Gastos de Capital” vinculada al Grupo Genérico de Gasto 7. “Otros Gastos de Capital”. La Categoría del Gasto 7. “Servicio de la Deuda” , se considera en la Actividad “Gestión Administrativa” , por los gastos que se requieran efectuar para el pago de Operaciones Oficiales de Crédito contraídas para la ejecución de egresos distintos a Gastos Corrientes . v.En el caso de los Proyectos , las cadenas de gasto que se les asignen considerarán como raíz -exclusivamente- la Categoría del Gasto 6. “Gasto de Capital” vinculada al Grupo Genérico de Gasto 5. “Inversiones”. Los gastos de equipamiento así como de adquisición de inmuebles necesarios para el cumplimiento de las Metas de los Proyectos, se consignan en dicha raíz de gasto. vi.Los gastos por concepto de Dietas se efectúan con cargo a la cadena de gasto : 5. Gastos Corrientes, 4. Otros Gastos Corrientes, 11. Aplicaciones Directas, 39. Otros Servicios de Terceros. Asimismo, los gastos que se prevean para la adquisi- ción de inmuebles se registran en la cadena de gasto: 6. Gastos de Capital, 7. Otros Gastos de Capital, 11. Aplicaciones Directas, 60. Adquisición de Inmuebles. Si la adquisición de inmuebles estuviera vinculada a la ejecución de un Proyecto la cadena de gasto a utilizar es : 6. Gastos de Capital, 5. Inversiones, 11. Aplicaciones Directas, 60. Adquisición de Inmuebles. 2En el caso de la Categoría Presupuestaria “Proyecto”, los gastos para la ejecución de obras y otras acciones, son identificados y detallados en el Anexo A-6B. 3Tabla referencial que contiene con precisión el objeto de la Meta Presupuesta- rias. Para el caso de los “Proyectos” , las Finalidades de las Metas Presupues- tarias son elaboradas en base a los Anexos 12 y 12A.