NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (16/09/1999)
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Pág. 177989 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de setiembre de 1999 Los Titulares de Pliego pueden convocar a los Funcio- narios y Servidores de la Municipalidad así como a la población de su circunscripición territorial, a fin de exponer los Objetivos Generales propuestos por la Oficina de Presupuesto del Pliego, para su discusión y armonización. (d)Sobre la base del examen de la propuesta o de las conclusiones arribadas en las reuniones de coordina- ción que se efectúen, según sea el caso, el Titular del Pliego aprobará y/o formulará las observaciones y sugerencias que estime pertinentes efectuar respecto a la propuesta de Objetivos Generales. De formularse observaciones y/o sugerencias, la Ofi- cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, procederá a efectuar las subsanaciones y/o modificaciones e inclusiones pertinentes, luego de lo cual remitirá nuevamente la propuesta de Objetivos Generales al Titular del Pliego para su aprobación. (e)Aprobada la propuesta de Objetivos Generales por el Titular del Pliego, éste debe establecer la prioridad de cada uno de los Objetivos Generales suscribiendo el documento denominado Escala de Prioridades , para cuyo efecto, debe utilizarse el modelo contenido en el Anexo Nº 3 : “Escala de Prioridades” , de la pre- sente Directiva. Dicho documento debe ser visado por el Titular del Pliego y el Jefe de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego. Determinación de los Objetivos Parciales y Espe- cíficos Artículo 12º.- En base a los Objetivos Generales, la Oficina de Presupuesto procede a coordinar con las Unidades Orgánicas del Pliego la elaboración de los Objetivos Parciales y Específicos, de modo que reflejen las líneas de política institucional que la Municipalidad desarrollará durante el Año Fiscal 2000 para el logro de los Objetivos Generales trazados. Para la elaboración de los Objetivos Parciales y Especí- ficos, debe tomar en cuenta las definiciones técnicas contenidas en el Anexo N° 15 : “Glosario de Térmi- nos”, de la presente Directiva. Las Municipalidades identifican tales Objetivos Parcia- les, teniendo en cuenta las diferentes acciones que debe- rán desenvolver durante el Año Fiscal. Tales acciones, se fundamentan en lo dispuesto en el artículo 62° de la Ley N° 23853 – Ley Orgánica de Municipalidades (fun- ciones generales de la Municipalidad).En razón a la especialización que requiere la determina- ción de los Objetivos Parciales, éstos deben ser propues- tos por las diferentes Direcciones de las Municipalida- des. La revisión y consolidación de los mismos es responsabilidad de la Oficina de Planificación y Presu- puesto o la que haga sus veces en el Pliego. Los Objetivos Específicos son propuestos por las diferen- tes Unidades Orgánicas de la Entidad y consolidados por la Oficina de Planificación y Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego. En función a los Objetivos Específicos deberán determi- narse las Metas Presupuestarias a cumplir durante el Año Fiscal 2000. Las Metas Presupuestarias deben per- mitir verificar el logro de los Objetivos Institucionales determinados para el citado período, a nivel de cada Actividad y Proyecto. Pautas adicionales para la determinación de los Objetivos Generales, Parciales y Específicos Artículo 13º.- Los procesos de determinación de los Objetivos Institucionales, sean Generales, Parciales o Específicos, deben tener en cuenta las siguientes pautas: (a)No deben ser numerosos. Deben ser concretos y reflejar claramente los propósitos que en materia de servicios institucionales, administración, recursos humanos, infraestructura y equipamiento, desarro- llará el Pliego para el Año Fiscal 2000. (b)Los Objetivos Parciales deben obedecer al criterio de división del trabajo. Es recomendable que cuando un Objetivo General se revele muy complejo para su desarrollo se considere más de un Objetivo Parcial vinculado al mismo. (c)Los Objetivos Específicos deben servir de base con- ceptual y permitir una clara y fácil determinación de las Actividades y Proyectos a seleccionar durante la Fase de Formulación Presupuestaria. En tal sentido, dichos Objetivos Específicos deben reflejar Propósitos claramente definidos, diferencián- dose de otros Objetivos Específicos que se identifi- quen. (d)Teniendo en cuenta lo precedentemente señalado, la determinación de los Objetivos Institucionales debe permitir vincularlos fácilmente con las Categorías Presupuestarias que conformen la Estructura Fun- cional Programática del Pliego para el Año Fiscal 2000, de acuerdo al siguiente esquema: Nota : Los Objetivos Generales , Parciales y Específicos sirven de referencia para la identificación de las Categorías Programáticas. Los Objetivos Generales que se definan para el Año Fiscal 2000, inciden en el(los) Programa(s) que seleccione el Pliego para dicho período. Por tanto, cada Programa seleccionado por el Pliego debe contener -al menos- un (01) Objetivo General, pudiendo además darse el caso que un determinado Objetivo General incida en varios Programas.Objetivos Generales Objetivos Parciales Objetivos EspecíficosPrograma • Subprograma Generales Actividad/Proyecto Subprograma Generales Objetivos Específicos