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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (16/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 92

Pág. 177994 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de setiembre de 1999 CAPITULO V DISPOSICIONES PARA LA FASE DE APROBACION Definición Artículo 25°.- Durante esta Fase deben aprobarse los Presupuestos Institucionales de Apertura (PIA), de con- formidad con lo prescrito en el artículo 77° de la Constitución Política del Perú y el artículo 23° de la Ley Nº 26703 – Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las disposiciones contenidas en el presente Capítulo. Aprobación del Presupuesto Institucional de Aper- tura (PIA) de los Gobiernos Locales Artículo 26°.- La aprobación del Presupuesto Municipal de Apertura se realiza a nivel de Pliego (por cada Muni- cipalidad Distrital y Distrito Capital), Fuentes de Finan- ciamiento, Función, Programa, Subprograma, Activi- dad, Proyecto, Categoría del Gasto, Grupo Genérico de Gasto, Modalidad de Aplicación y Específica del Gasto. Una vez culminado el procedimiento establecido en el artículo 22° de la presente Directiva, el Presupuesto Insti- tucional de Apertura (PIA) es promulgado mediante Reso- lución de Alcaldía, de acuerdo al Modelo N° 2 “Resolu- ción de Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2000”. Plazo para la aprobación de los Presupuestos Municipales de Apertura Artículo 27°.- La aprobación y promulgación de los Presupuestos Institucionales de Apertura de los Gobier- nos Locales se efectúa en un plazo que no excede el 31 de diciembre de 1999, bajo responsabilidad del Titular del Pliego y del Concejo Municipal, debiendo adjuntarse a la citada Resolución, los Formatos A-1, A-3, A-5, A-5A, A- 6, A-6A y A-7 así como la Exposición de Motivos (desa- rrollado en el Modelo N° 1 ). Remisión de los Presupuestos Municipales de Aper- tura consolidados a Nivel Provincial Artículo 28°.- Los Alcaldes Distritales remiten sus presupuestos aprobados a la Municipalidad Provincial a la cual se vinculan geográficamente, a más tardar el 10 de enero del Año Fiscal 2000 , debiendo adjuntarse los Formatos A-1, A-3, A-5, A-5A, A-6, A-6A, A-6B y A-7. Los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales remiten a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, bajo responsabilidad, el Presupuesto Institucional de Apertura , consolidado a nivel Provincial, utilizando para dicho fin los Formatos A-2, A-4 y el Anexo N° 14 “Cumplimiento de la Presenta- ción de los Presupuestos Institucionales de Apertura por las Municipalidades Distritales - Año Fiscal 2000” , a más tardar el 20 de enero del Año Fiscal 2000 . Adicionalmente, remiten a los precitados órganos, los Formatos A-1, A-3, A-5, A-5A, A-6, A-6A, A-6B y A-7 de cada una de las Municipalidades Distritales que integran la provincia (incluido el Distrito Capital), con las correspon- dientes Resoluciones Aprobatorias y Exposiciones de Moti- vos, dentro del plazo señalado en el párrafo precedente. La Dirección Nacional del Presupuesto Público sólo acepta los Presupuestos Institucionales de Apertura (PIA) que se remitan a través de la respectiva Municipa- lidad Provincial, quedando en la condición de omi- sas aquellas Municipalidades Distritales que remitan su PIA directamente a la citada Entidad. DISPOSICION FINAL Remisión de información adicional Unica.- A efectos de facilitar las labores de seguimiento de la elaboración de los Presupuestos Municipales para el Año Fiscal 2000, por parte de la Dirección Nacional del Presu-puesto Público, las Municipalidades Provinciales y Distri- tales deben remitir dentro de los 15 días a partir de la vigencia de la presente Directiva, la siguiente información relativa a todos sus Organismos Públicos Descentraliza- dos, Empresas Municipales y demás entes con personería jurídica inscritos dentro de su respectivo ámbito municipal: (a)Dispositivo de creación y base legal que lo sustenta (de ser posible remitir el informe jurídico pertinente). (b)Documentos de organización interna (Estatuto y/o documentos similares). (c)Plan Operativo y Presupuesto de los Años 1998 y 1999. (d)Evaluación Presupuestaria al Cuarto Trimestre del Año 1998. Los Titulares de Pliego, de las Municipalidades Pro- vinciales y Distritales son responsables de remitir la información reseñada en el párrafo precedente. Sobre la base de lo dispuesto en la presente disposi- ción la Dirección Nacional del Presupuesto Público, de considerarlo necesario, emite las normas comple- mentarias que se requieran. MODELO Nº 1 EXPOSICION DE MOTIVOS AÑO FISCAL 2000 PLIEGO PRESUPUESTARIO : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE .................... 1.INTRODUCCION : Deberá considerarse lo siguiente : a)Ubicación Geográfica. b)Población c)Situación Actual d)Problemática Socio Económica 2.BASE LEGAL : Debe reseñarse la siguiente base normativa: •Ley de Creación de la Municipalidad. •Ley N° 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades. •Ley N° 26703 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y su modificatoria - Ley N° 26884. •Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000. •Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000. •Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2000. •Resolución Directoral N° 036 -99-EF/76.01 que aprueba la Directiva N° 007-99-EF/76.01 – Directiva para la Programación, Formulación y Aprobación de los Presu- puestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2000. •Decreto Legislativo N° 776 - Ley de Tributación Municipal. •Maestro del Clasificador de Ingresos aprobado por la Resolu- ción Directoral N° 047-98-EF/76.01. 3.PROPOSITOS MUNICIPALES PARA EL AÑO FISCAL 2000 : En este punto deberá indicarse el carácter particular que la Munici- palidad imprimirá en su gestión durante el Año Fiscal 2000, de acuerdo con la misión que detente, destacando los principales rubros de gasto, de acuerdo a lo siguiente : A) Gasto Corriente : B) Gasto de Capital : C)Servicio de Deuda : 4.PRESUPUESTO PARA EL AÑO FISCAL 2000 : En este punto se debe explicar la metodología utilizada para la Programación y Formulación del Presupuesto Municipal de Apertura. Adicionalmente se expondrá lo siguiente : I.Estimación de los Ingresos .- Explicación breve de la estimación efectuada en cada Grupo Genérico y de las princi- pales Específicas del Ingreso.