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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (23/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 178489 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 1999 coordinación con representantes del Sector Energía y Minas de dicho país; Que, el Directorio de ELECTROPERU S.A., en su Sesión Nº 1041 de fecha 8 de setiembre de 1999, mediante Acuerdo Nº O.D.5 aprobó el viaje del Ing. Jesús Beoutis Ledesma, Presidente del Directorio, del 23 al 24 de setiembre de 1999, a la ciudad de Quito, Ecuador, con el objeto de que asista a las reuniones precitadas; Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.5 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario aproba- da por Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del Ing. Jesús Beoutis Ledesma, Presidente del Directorio de ELEC- TROPERU S.A., a la ciudad de Quito, Ecuador, del 23 al 24 de setiembre de 1999, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, que ascienden a US$ 720.00 (Setecientos Veinte y 00/100 Dólares Americanos) serán cubiertos por ELECTROPERU S.A., de acuerdo al si- guiente detalle: Pasajes US$ 295.00 Viáticos (US$ 200.00 x 2 días) US$ 400.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 ---------- TOTAL US$ 720.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 12172 RESOLUCION SUPREMA Nº 126-99-EM Lima, 21 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, del 23 al 24 de setiembre de 1999, se llevarán a cabo en la ciudad de Quito, Ecuador, Reuniones de Coordinación con representantes del Sector Energía y Minas de dicho país; Que, el Ing. Esaú del Carpio Muñoz - Asesor de la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas conformará la Delegación Peruana que viajará a Quito, Ecuador, para participar en las Reunio- nes de Coordinación precitadas; Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del Ing. Esaú del Carpio Muñoz - Asesor de la Dirección General de Elec-tricidad del Ministerio de Energía y Minas, a la ciudad de Quito, Ecuador, del 23 al 24 de setiembre de 1999, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, que ascienden a US$ 720.00 (Setecientos Veinte y 00/100 Dólares Americanos) serán cubiertos por el Ministerio de Energía y Minas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 295.00 Viáticos (US$ 200.00 x 2 días) US$ 400.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 ---------- TOTAL US$ 720.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denomina- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 12173 P R E S Declaran infundada reconsideración contra resolución que afectó en uso terreno a favor de asociación y de la Municipalidad Distrital de Los Olivos RESOLUCION SUPREMA Nº 159-99-PRES Lima, 21 de setiembre de 1999 Visto el recurso de reconsideración interpuesto por el Asentamiento Humano San Andrés, contra la Resolu- ción Suprema Nº 147-99-PRES del 26 de agosto de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 147-99-PRES, del 26 de agosto de 1999, se afectó en uso el terreno de 9 887,86 m2, constituido por un lote s/n de la Mz. I, ubicado con frente a la Av. Naranjal, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima, a favor de la Asocia- ción de Propietarios de la Urbanización Industrial Na- ranjal y de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, para que la primera de las mencionadas destine 1 000,00 m2 a la construcción de un local comunal y la segunda, el área restante, es decir, 8 887,86 m2 a la construcción de una maestranza municipal y un complejo deportivo municipal; Que, asimismo, la citada Resolución Suprema declaró improcedentes las solicitudes de usufructo y adjudicación en venta directa de dicho terreno, for- muladas por la Asociación de Comerciantes del Norte 12 de Octubre y la Asociación Automotriz San An- drés, respectivamente; Que, mediante escritura pública de Modificación de Estatutos, de fecha 8 de abril de 1999, otorgada por la Asociación Automotriz San Andrés, ante Notario Público de Lima, Dra. Beatriz Zevallos Giampietri, se modifica la denominación de dicha Asociación por la de "Organización Vecinal del Asentamiento Humano San Andrés";