Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 1999 (26/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, MORDAZA 26 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Normas Reglamentarias para el Programa de Brigadistas Ecologicos de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-99-MDSM San MORDAZA, 20 de setiembre de 1999 LA ALCALDIA CONSIDERANDO: Que, son funciones de las Municipalidades en materia de poblacion, salud y saneamiento ambiental, normar y controlar las actividades relacionadas con el saneamiento ambiental y difundir programas de educacion ambiental, conforme a lo establecido en los incisos 1) y 2) del Articulo 66º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 20º y siguientes del Decreto de Alcaldia Nº 001-99-AL/SM de fecha 4 de enero de 1999, son funciones de la Direccion de Servicios Comunales programar, coordinar, ejecutar y supervisar las acciones de limpieza publica, mantenimiento y conservacion de los parques, jardines y areas verdes del distrito de San MORDAZA, promoviendo la participacion de los vecinos, asi como promover la participacion de la poblacion en las acciones de proteccion ambiental; Que, es preocupacion de la Alcaldia brindar a los vecinos del distrito un ambiente saludable y procurar mantener un adecuado equilibrio ecologico mediante el uso racional de los recursos naturales, siendo que para la consecucion de estos fines requiere de organizar a los vecinos en Comites Sectoriales que funcionen por medio de brigadas, bajo la supervision de un Coordinador y de la Municipalidad, a traves de la Direccion de Servicios Comunales; Por lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar las Normas Reglamentarias para el Programa de Brigadistas Ecologicos de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA emitido por la Direccion de Servicios Comunales, cuyo anexo forma parte del presente Decreto. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Servicios Comunales, y a la Oficina de Participacion Vecinal el cumplimiento del presente Decreto. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa ANEXO I NORMAS REGLAMENTARIAS PARA EL PROGRAMA DE BRIGADISTAS ECOLOGICOS TITULO I Articulo 1º.- El presente Reglamento tiene por finalidad determinar y establecer las normas y funciones del Programa de Brigadistas Ecologicos (PBE) de la Municipalidad Distrital de San Miguel. El Programa de Brigadistas Ecologicos es organizado por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA a traves de la Direccion de Servicios Comunales por Sectores y dirigido conjuntamente con los vecinos del distrito, cuyos objetivos principales son sensibilizar a aquellos sobre la importancia de la conservacion del medio ambiente y dar a conocer las pautas necesarias para el cuidado de los parques, jardines y del ornato publico y principalmente el recojo y limpieza de residuos solidos. Articulo 2º.- Los vecinos que de manera voluntaria opten por pertenecer al Programa de Brigadistas Ecologicos tendran participacion en las modalidades siguientes:

a) Coordinador de Sector.- Es el representante de los Brigadistas Ecologicos de un sector del distrito. b) Brigadista Ecologico.- Miembros de cada uno de los treinta y nueve (39) sectores que comprende el Programa. Articulo 3º.- El Coordinador es el MORDAZA representante del Sector y sera elegido democraticamente por votacion directa de los vecinos residentes en el Sector, por un periodo de doce meses, pudiendo ser evaluado trimestralmente por la Direccion de Servicios Comunales y ser revocado del cargo por no cumplir satisfactoriamente sus funciones. Para ser elegido Coordinador se requiere residir en el distrito de San MORDAZA y haber adquirido la mayoria de edad. El Coordinador asume la conduccion y representacion del Sector al que pertenece, en todas las actividades del PBE, constituyendose en el interlocutor inmediato entre la Direccion de Servicios Comunales y su Sector. Articulo 4º.- Los Brigadistas Ecologicos son vecinos que, de forma voluntaria, asisten en representacion de su Sector para conformar la base organizativa del PBE, quienes participaran en las diferentes actividades organizadas por la Direccion de Servicios Comunales. Para ser Brigadista Ecologico se requiere residir en el distrito de San MORDAZA y debera tener como minimo edad escolar, sin limite MORDAZA de la misma. Su conformacion estara limitada a las necesidades propias de cada Sector. Articulo 5º.- Constituyen organos de la estructura del PBE los siguientes: 1. La Alcaldia. 2. Direccion de Servicios Comunales. 3. Coordinador de Sector. 4. Brigadista Ecologico. Articulo 6º.- La Direccion de Servicios Comunales es el MORDAZA organismo directivo del PBE, cuyo representante es el Director y son sus atribuciones: a) Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento y los acuerdos del PBE, por encargo de la Alcaldia. b) Presidir, organizar y ejecutar las actividades propias del PBE. c) Canalizar los asuntos que los Coordinadores de Sector pongan a su consideracion. d) Adoptar las medidas necesarias a fin de coadyuvar el buen desarrollo del PBE. e) Apoyar y monitorear las actividades de cada uno de los sectores en beneficio del ornato publico. f) Informar a la Alcaldia de las actividades, tareas y acuerdos del PBE y cada uno de los sectores de Brigadistas Ecologicos. Articulo 7º.- Constituyen funciones del Coordinador de Sector: a) Representar a su Sector en las actividades propias del PBE. b) Adoptar las acciones que MORDAZA necesarias para la preservacion y cuidado del medio ambiente, en coordinacion con la Direccion de Servicios Comunales por las actividades a realizar. c) Conocer e informar a los Brigadistas Ecologicos y a los vecinos de su Sector de los programas de parques, los puntos de conexion de agua, los sistemas de barrido, recojo y eliminacion de residuos solidos, de las especies arbustivas y plantas ornamentales mas adecuadas para las areas verdes, de las Ordenanzas Municipales que regulan estos temas, asi como de las actividades propias del PBE. d) Proponer y poner en consideracion asuntos relacionados con el cuidado y conservacion de parques, jardines, de limpieza y recojo de residuos solidos. e) Otras que le asigne el Director de Servicios Comunales. Articulo 8º.- Constituyen funciones del Brigadista Ecologico: a) Colaborar de manera directa con la preservacion y cuidado del medio ambiente, procurando mantener un adecuado equilibrio ecologico, informando de las acciones realizadas a su Coordinador de Sector. b) Motivar entre los vecinos de su sector el uso racional del agua, el cuidado de la infraestructura publica, asi como el mantenimiento y cuidado de las areas verdes y del ornato publico. c) Sensibilizar a los vecinos sobre las ventajas de mantener las calles limpias y parques bien cuidados. d) Colaborar con quienes brindan el servicio de Limpieza y Mantenimiento de Parques y Jardines, cuidando las obras realizadas.

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