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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (26/09/1999)

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Pág. 178759 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de setiembre de 1999 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO Emiten pronunciamiento respecto a resolución del Tribunal Constitucio- nal, sobre contienda de competencia ACUERDO DE CONCEJO Nº 034-99/MVMT EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de agosto de 1999, bajo la Presidencia del señor Alcalde Distrital Dr. Was- hington Ipenza Pacheco; y asistencia de los señores Regidores Sr. Wilfredo Enríquez Palomino, Sra. Aurora Heredia C., Sra. Ana Sinche Rosales, Sr. Emiliano Yrribarren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco, Sra. Francisca Zea Arancibia, Sr. Carlos Palomino Maldonado, Sra. Cecilia Tait Villacorta, Sr. Carlos Mejía Escajadillo, Sra. María Lora Figueroa, Sr. Javier Salas Zamalloa y Sr. David Romero Ríos; se trató sobre el fallo emitido por el Tribunal Constitucional; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 22.JULIO.99 el Tribunal Constitucional ha emitido la sentencia sobre contienda de competencia interpuesta por la Municipalidad de Villa María del Triunfo contra la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Muni- cipalidad Distrital Santísimo Salvador de Pachacámac, Exp. Nº 001-99-CC/TC; Que, el referido fallo consigna en su parte resolutiva la Nulidad de los Acuerdos de Concejo Nºs. 160-93 y 144-98 emitidos por la Municipalidad Metropolitana de Lima - y que han venido sirviendo para que la Municipalidad Distrital Santísimo Salvador de Pachacámac ejerza acciones de intro- misión dentro de nuestra jurisdicción, especialmente en lo que corresponde a la zona de "José Gálvez Barrenechea"; Que, asimismo dispone que la Municipalidad Distrital San- tísimo Salvador de Pachacámac se abstenga de ejercer compe- tencia en nuestra jurisdicción, ordenando a su vez se respete la demarcación territorial de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo establecida en las Leyes Nºs. 13796 y 15230; Que, ante la contudencia legal de este fallo y que reafir- ma la justa posición que ha venido manteniendo nuestro Gobierno Local, corresponde un pronunciamiento del Conce- jo en Pleno; De conformidad con los Arts. 36º Inc. 3) y 110º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; y con el Voto UNANIME de los señores Regidores: SE ACUERDA: Artículo Primero.- SALUDAR la justeza del fallo emitido por el Tribunal Constitucional en el Exp. Nº 001- 99-CC/TC de fecha 22.JULIO.99; y que da por soluciona- do el problema creado por la Municipalidad Distrital Santísimo Salvador de Pachacámac sobre intromisión en sectores como "José Gálvez Barrenechea"; otorgándole la razón y el derecho a la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, en la contienda de competencia que se entabló; y de acuerdo a lo expuesto en la parte Conside- rativa de esta Disposición. Artículo Segundo.- DISPONER se emita un pronun- ciamiento público de este Gobierno Local con referencia al fallo emitido por el Tribunal Constitucional. Artículo Tercero.- ENCARGAR al señor Alcalde adop- te todas las acciones que resulten necesarias para el estricto cumplimiento de la Sentencia emitida, así como este Acuer- do. Villa María del Triunfo, 25 de agosto de 1999. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 12258MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OTUZCO Convocan concurso público de méri- tos para designación de ejecutor y auxiliar coactivo de la Municipalidad RESOLUCION MUNICIPAL Nº 244-99-MPO Otuzco, 23 de setiembre de 1999 Vista: La necesidad de contar con un Ejecutor y Auxiliar Coac- tivo. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, se establece el marco legal que regula los actos y procedimientos de ejecución coactiva de las obligaciones tributarias y no tributarias. Que, el Artículo 7º de la citada ley expresa en el inciso 1) que la designación del Ejecutor y Auxiliar Coactivo, se efectuará mediante concurso público de méritos; Que, es necesario contar con un Ejecutor y Auxiliar Coactivo, con la finalidad de que efectúe el cobro de las acreencias pendientes a la Municipalidad; Que, para la designación del Ejecutor y Auxiliar Coactivo y con la finalidad de llevar a cabo el Concurso Público de Méritos es necesario designar la comisión encargada de llevar a cabo el referido concurso; Que, así mismo es necesario aprobar las Bases para el Concurso Público de Méritos; De conformidad con las atribuciones establecidas en el Art. 47º Inc. 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y la Ley Nº 26979; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a Concurso Público de Méritos para la designación de un (1) Ejecutor y un (1) Auxiliar Coactivo para la Municipalidad Provincial de Otuzco. Artículo Segundo.- Aprobar las "Bases del Concur- so Público de Méritos" para la designación del Ejecutor y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial de Otuzco, la misma que forma parte integral de la presente resolución. Artículo Tercero.- Designar la Comisión del Concurso Público de Méritos, la misma que estará conformada de la siguiente manera: Teniente Alcalde :Presidente Jefe de Personal :Secretario. Asesora Legal :Miembro. Artículo Cuarto.- Fijar el cronograma de actividades del Concurso Público, de acuerdo a las siguientes fechas: - Entrega de Bases :Del 28 al 30 de setiembre de 1999 - Entrega de Currículum :del 29 de Set. al 4 de Oct. de 1999 - Evaluación Curricular :6 de octubre de 1999. - Prueba Escrita :7 de octubre de 1999. - Entrevista Personal :12 de octubre de 1999. - Publicación de Resultados :14 de octubre de 1999. Regístrese, hágase saber y archívese. DIOMEDES VENEROS O. Alcalde 12256