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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (26/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 178758 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de setiembre de 1999 e) Participar en los cursos programados por la Dirección de Servicios Comunales, como parte del PBE. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Considérese a la señora Alcaldesa del distrito de San Miguel como la primera Brigadista Ecológica, confor- me al presente Reglamento. Segunda.- Disponer la convocatoria e inscripción de los vecinos que, de manera voluntaria decidan participar en el Programa de Brigadistas Ecológicos, ante la Dirección de Servicios Comunales. 12267 Prorrogan plazo de período de regulari- zación tributaria y administrativa otorgado a favor de contribuyentes del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-99-MDSM San Miguel, 22 de setiembre de 1999 LA ALCALDESA DE SAN MIGUEL CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, eco- nómica y administrativa en los asuntos que son de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 007-99 y su modificato- ria, Ordenanza Nº 010-99 se dispuso un período de regularización tributaria y administrativa a favor de los contribuyentes del distrito, hasta el 23 de setiembre de 1999; Que, existe el pedido por parte de los vecinos para que se amplíe el plazo de los beneficios tributarios y administrativos otorgados; Que, es política de la actual administración otorgar el máximo de facilidades a los contribuyentes de la Munici- palidad de San Miguel para que puedan cumplir con sus obligaciones pendientes de pago; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferi- das por el inciso 6) Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades y con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Artículo Unico.- Prorróguese los alcances de la Orde- nanza Nº 07-99 y su modificatoria Ordenanza Nº 010-99, hasta el 30 de setiembre de 1999. Regístrese, cúmplase y publíquese. MARINA SEQUEIROS MONTESINOS Alcaldesa 12270 Suspenden trámite de solicitudes de Certificado de Compatibilidad de Uso y Licencia de Funcionamiento para cafés, peñas, discotecas y similares ACUERDO DE CONCEJO Nº 53-99 San Miguel, 17 de setiembre de 1999 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Distrital de San Miguel, en Sesión Ordinaria de fecha 16 de setiembre de 1999;CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el Art. 191º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política y administrativa en los asuntos que son de su competen- cia; Que, la Municipalidad tiene entre sus prioridades el representar al vecindario, y esto lo logra al fomentar el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción, de conformidad con lo señalado por el Artículo 3º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo 10º numeral 8) señala como competencia de las Municipali- dades, el planificar el desarrollo de sus circunscripciones y ejecutar los planes correspondientes; Que, es función de la Municipalidad, en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colecti- va, aprobar las normas sobre ornato, procurar y conservar los bienes de dominio público, como caminos, puentes, pla- zas, avenidas, paseos, jardines, etc.; así como supervisar y controlar la construcción, mantenimiento y el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene de las salas de espec- táculos, estadios, coliseos y otros recintos abiertos al público incluyendo los establecimientos hoteleros y otros de carác- ter comercial, social, cultural y religioso, de conformidad con lo señalado por la Ley Nº 23853 en su Artículo 65º, numerales 9), 13) y 16); Que, la Municipalidad mediante la Ordenanza Nº 19-98-MDSM, referida a las Normas para el Otorga- miento de Autorizaciones Municipales de Funciona- miento, regula el otorgamiento de las Autorizaciones Municipales de Funcionamiento y en su Artículo 13º, señala un Trámite Especial para las Salas de Espec- táculos, Cafés, Peñas, Pubs, Discotecas, Salsódromos, Locales para Fiestas, Bailes, Recepciones, Clubes Noc- turnos o similares; Que, la administración no puede permanecer indife- rente ante las constantes quejas de los vecinos del distrito, los mismos que se ven permanentemente afec- tados por el funcionamiento de este tipo de estableci- mientos, debido a la proliferación de elementos de mal vivir, así como el excesivo ruido y congestión vehicular que generan los mismos, perturbando de esta manera la tranquilidad y seguridad pública, por lo que se hace necesario suspender temporalmente la recepción y trá- mite de las solicitudes de Certificado de Compatibilidad de Uso así como las solicitudes de Licencia de Funciona- miento de Salas de Espectáculos, Cafés, Peñas, Pubs, Discotecas, Salsódromos, Locales para Fiestas, Bailes, Recepciones, Clubes Nocturnos o similares; asimismo, a los que se encuentren en trámite a la fecha de entrada en vigencia el presente acuerdo; Que, estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 36º inciso 2) de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades y con dispensa del trámite de aprobación de acta, el Concejo; ACORDO: Artículo Primero.- SUSPENDER por el plazo de seis (6) meses, la recepción y trámite de las solicitudes de Certificado de Compatibilidad de Uso así como las solicitu- des de Licencia de Funcionamiento de Salas de Espectácu- los, Cafés, Peñas, Pubs, Discotecas, Salsódromos, Locales para Fiestas, Bailes, Recepciones, Clubes Nocturnos o simi- lares, cualquiera sea la denominación que adopten, en horario diurno y/o nocturno. Artículo Segundo.- Declarar que el presente acuer- do también es de aplicación a las solicitudes de Certifi- cado de Compatibilidad de Uso y las solicitudes de Licencia de Funcionamiento de Salas de Espectáculos, Cafés, Peñas, Pubs, Discotecas, Salsódromos, Locales para Fiestas, Bailes, Recepciones, Clubes Nocturnos o similares, cualquiera sea la denominación que adopten, en horario diurno y/o nocturno, que a la fecha de entrada en vigencia del presente acuerdo, se encuentren en trámite. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del pre- sente Acuerdo a la Dirección de Infraestructura y Desarrollo Urbano, Oficina de Rentas y la Unidad de Licencias. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARINA SEQUEIROS MONTESINOS Alcaldesa 12271