Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2000 (03/04/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 185325 NORMAS LEGALES Lima, lunes 3 de abril de 2000 Registro ..........................., identificado con Libreta Elec- toral Nº ......... y señalando domicilio en ............................ , en favor del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía, en adelante “EL OSINERG”, con RUC Nº 37608211,debidamente representada por su Gerente General Sr. Eco. José Eslava Arnao, identificado con Libreta Electoral Nº .........; autorizado por el Artículo 13º de la Ley Nº 26734, Ley de creación del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - “EL OSINERG” y el Artículo 23º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-97-EM, con domicilio para estos efectos en Jr. Ber- nardo Monteagudo Nº 222, Magdalena del Mar, Lima, con la finalidad de garantizar el pago de la deuda por concepto de multa administrativa impuesta a “LA DEUDORA”, en los términos y condiciones establecidos en las cláusulas siguientes: PRIMERA .- "EL/LA DEUDOR(A)", mediante escrito Nº...... de fecha ....., solicitó a "EL OSINERG" un fraccio- namiento de deuda por concepto de multa administrativa impuesta por la Resolución de Gerencia General Nº.............- 1999-OS/GG de fecha ..........................., según lo dispuesto por las Resoluciones de Gerencia General del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía Nº 175-98, 204- 1999 y 252-1999-OS/GG. SEGUNDA .- “EL OSINERG", atendiendo a la solici- tud formulada por "EL/LA DEUDOR(A)”, ha considerado procedente otorgar el fraccionamiento de la deuda administrativa cuyo monto a la fecha asciende a la suma de S/ .................... ( ..................... NUEVOS SOLES). Queda entendido que la deuda ha sido actualizada hasta el ......, fecha de presentación de la solicitud de fraccionamiento, agregándose a la misma los intereses correspondientes, hasta el día de emisión de la Resolu- ción aprobatoria del fraccionamiento. El monto de amortización mensual mínimo, intereses de fraccionamiento y cronograma de pagos, constan en el anexo denominado CRONOGRAMA DE PAGOS, que forma parte integrante del presente contrato. TERCERA .- Con el objeto de garantizar el pago de la deuda administrativa materia de fraccionamiento, según los términos de la cláusula anterior, "EL/LA DEUDOR(A)" otorga primera y preferencial Hipoteca (esta frase no se incluye de tratarse de segunda o tercera hipo- teca) en favor de “EL OSINERG”, sobre los siguientes bienes de su propiedad (de tratarse de bienes de propiedad de terceros especificar dicha situación) : 1.- ............................, debidamente inscrito en 2.- ............................, debidamente inscrito en La Hipoteca a que se refiere el párrafo anterior se constituye hasta por la suma de S/. ........... (..................NUE- VOS SOLES). "EL/LA DEUDOR(A)" deja expresa cons- tancia de que los bienes otorgados en hipoteca son de su exclusiva propiedad (de tratarse de bienes de pro- piedad de terceros especificar dicha situación) y que sobre los mismos no recae ninguna carga o gravamen judicial o extrajudicial, que limite o restrinja su derecho de libre disposición (si existe algún embar- go a favor de “EL OSINERG” o gravamen previo especificar dicha situación o eliminar la frase) . Las partes acuerdan que la hipoteca comprende la totalidad del inmueble, sus entradas, salidas, partes inte- grantes y accesorios, sin reserva ni limitación alguna, incluyendo las modificaciones y mejoras realizadas en el bien con posterioridad a la suscripción del presente con- trato; en consecuencia, en caso de una ejecución, nada de lo existente en ese momento podrá ser excluido por haber sido construido y/o introducido con posterioridad al pre- sente contrato. CUARTA.- La garantía hipotecaria constituida en la cláusula tercera tiene el carácter de indivisible y respaldará adicionalmente a la deuda a garantizar o parte de ésta, los intereses derivados del aplazamiento y/o fraccionamiento, así como los intereses moratorios que pudieran devengarse, las costas y los gastos eventuales en caso de remate. QUINTA .- Las partes acuerdan que, de conformidad con lo establecido por el Artículo 1097º y siguientes del Código Civil, la hipoteca materia del presente contrato esindivisible y garantiza el cumplimiento de la obligación y el derecho de persecución, preferencia y venta judicial del bien hipotecado en caso de que “EL/LA DEUDOR(A)” no cumpla con cancelar la totalidad de la deuda fraccionada dentro de los plazos establecidos. SEXTA .- Para la verificación del estado del bien otor- gado en garantía, “EL OSINERG” en cualquier momento podrá inspeccionar el bien hipotecado, para lo cual “EL/ LA DEUDOR(A)” brindará las facilidades requeridas y asumirá los gastos que ello origine. SEPTIMA.- “EL/LA DEUDOR(A)”, estará obligada a comunicar a “EL OSINERG”, el deterioro, remate o la pérdida del bien otorgado en garantía. En caso que el bien otorgado en hipoteca en virtud del presente contrato, sea rematado, se pierda, o deteriore de modo que resulte insuficiente para cubrir la deuda garantizar, o parte de ésta cuando concurra con otra u otras garantías, “EL/LA DEUDOR(A)” deberá otorgar una nueva garantía. “EL/LA DEUDOR(A)” deberá comunicar los hechos a que se refiere el párrafo anterior en un plazo máximo de 5 días hábiles de ocurridos, debiendo cumplir con la presentación de la documentación sustentatoria de la nueva garantía a otor- gar en los plazos que “EL OSINERG” le señale. En caso contrario, se perderá el fraccionamiento. En el supuesto que “EL OSINERG” tome conocimiento de los hechos a que se refiere el primer párrafo de la presente cláusula, y sin que medie la comunicación mencionada en el párrafo anterior, notificará a “EL/LA DEUDOR(A)” para que cumpla con presentar la documentación sustentatoria de la nueva garantía a otorgar dentro del plazo máximo de 5 días hábiles, en caso contrario, se perderá el fraccionamiento. OCTAVA .- Para el eventual caso de la ejecución del bien otorgado en hipoteca que por el presente contrato se constituye ambas partes fijan el valor del inmueble, pre- via tasación, a cuenta y costo de “EL/LA DEUDOR(A)”, en la suma de ................................. NOVENA .- En los casos de pérdida de fraccionamien- to según lo dispuesto en las Resoluciones de Gerencia General del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía con Nº 175-98, 204-1999 y 252-1999-OS/GG, se procederá a la ejecución del o los bienes hipotecados, conforme a las normas de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, Ley Nº 26979. DECIMA.- El “OSINERG” se compromete a otorgar la correspondiente Escritura Pública de levantamiento de Hipoteca, cuando se hayan cancelado todas las obligacio- nes derivadas del fraccionamiento, o luego de haberse ejecutado el bien hipotecado. DECIMA PRIMERA .- Todos los gastos que origine el presente contrato, tales como Escritura Pública y dere- chos de inscripción en Registros Públicos, así como los gastos provenientes a su levantamiento son de cargo de "EL/LA DEUDOR(A)". DECIMA SEGUNDA .- En todo aquello que no estu- viera expresamente previsto en el presente documento serán de aplicación, en lo que fuera pertinente, las normas de la Sección Cuarta del Libro V del Código Civil. DECIMA TERCERA .- Para efectos del presente contra- to, ambas partes contratantes acuerdan someterse a la juris- dicción y competencia de los Jueces y Tribunales de Lima. Agregue usted Sr. Notario, las cláusulas de Ley y cumpla con remitir los partes correspondientes a Registros Públicos para la debida inscripción del presente contrato. Suscrito en la ciudad de Lima en ..... ejemplares de igual valor a los ....... días del mes de .......... de ..................... "EL OSINERG" "EL/LA DEUDOR(A)" Contrato de Prenda con Entrega Jurídica Convenio Nº ..........-2000-FRACC-OS-..... SEÑOR NOTARIO: Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas, una de Prenda con Entrega Jurídica que otor-