Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2000 (03/04/2000)


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RESOLUCION SUPREMA Nº 086-2000-EF

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 3 de MORDAZA de 2000

MORDAZA, 31 de marzo del 2000 Visto, los Expedientes Nºs. 032497-99, 032498-99 y 032499-99, presentados por la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA sobre inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion de bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; CONSIDERANDO: Que, los Articulos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion", establecen que la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios que efectuen las instituciones educativas publicas y particulares para sus fines propios estan inafectas de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobo la relacion de bienes y servicios inafectos al pago de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas aplicables a las instituciones educativas publicas o particulares, estableciendose, asimismo, el procedimiento para la aplicacion del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APRUEBASE la inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion realizada por la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA segun consta en los Expedientes Nºs. 032497-99, 032498-99 y 032499-99, por un valor total de US$ 6 584,32 (Seis Mil Quinientos Ochenta y Cuatro y 32/100 Dolares de Estados Unidos de America), de los siguientes bienes que se encuentran incluidos en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF y la adecuacion arancelaria senalada en la Resolucion de Superintendencia de ADUANAS Nº 3316 del 26 de diciembre de 1997: Cantidad Partida Arancelaria (Unidad) 04 9008.10.00.00 37 9010.60.00.00 Descripcion Proyectores de diapositivas Pantallas de proyeccion

Autorizan viaje de servidores de la SUNAT a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 087-2000-EF MORDAZA, 1 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 0342000/SUNAT, se autorizo los viajes de los senores MORDAZA MORDAZA Tang Andujar y Sael MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Departamento de Sistemas de Informacion de Gestion y Administrador de la Base de Datos del Departamento de Soporte Tecnico, respectivamente, de la Intendencia Nacional de Informatica, asi como de los senores MORDAZA MORDAZA Drago MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional y analista profesional, respectivamente, de la Intendencia Nacional de Desarrollo Tributario (Contraparte Nacional del Proyecto BID-SUNAT-CIAT, Area de Recaudacion Tributaria), de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT-; Que, a traves de la Resolucion de Superintendencia Nº 037-2000/SUNAT, se dejo sin efecto la Resolucion citada en el considerando precedente, por cuanto los viajes que irroguen gastos con cargo al presupuesto de las entidades pertenecientes al Sector Publico Nacional, deberan ser autorizados mediante Resolucion Suprema, tal como lo establece el numeral 1.5.1. de la Directiva Nº 001-2000/FONAFE, Que, en consecuencia es necesario expedir la Resolucion Suprema correspondiente, mediante la cual se autorice dichos viajes, en via de regularizacion, cuyos gastos, por concepto de tarifa aerea y viaticos, seran cubiertos con recursos del Contrato de Prestamo de Cooperacion Tecnica Nº 1050/OC-PE-Fortalecimiento Institucional de la SUNAT Etapa III, debiendo la SUNAT asumir el costo del Impuesto General a las Ventas sobre los pasajes y la tarifa de CORPAC, con cargo a su presupuesto, correspondiente al ejercicio 2000; De conformidad con lo establecido en los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 011-88-PCM, 135-90-PCM, 037-91-PCM y 031-89-EF y en el numeral 1.5.1. de la Directiva Nº 001-2000/FONAFE; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, en via de regularizacion, los viajes de los senores MORDAZA MORDAZA Tang Andujar y Sael MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Departamento de Sistemas de Informacion de Gestion y Administrador de la Base de Datos del Departamento de Soporte Tecnico, respectivamente, de la Intendencia Nacional de Informatica, asi como de los senores MORDAZA MORDAZA Drago MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional y analista profesional, respectivamente, de la Intendencia Nacional de Desarrollo Tributario (Contraparte Nacional del Proyecto BID-SUNAT-CIAT, Area de Recaudacion Tributaria), de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT -, a la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, del 12 al 18 de marzo del ano 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, segun se indica, seran cubiertos con recursos del Presupuesto de la SUNAT: Pasajes : US$ 395,64 Tarifa CORPAC : US$ 100,00 Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyos viajes se autorizan. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 3842

Articulo 2º.- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la Importacion de los bienes se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, segun Expedientes Nºs. 032497-99, 032498-99 y 032499-99, y que dichos bienes MORDAZA destinados al cumplimiento de los fines propios de la referida institucion educativa. Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que correspondan efectuar segun el caso, al Ministerio de Educacion, asi como a la Superintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS-, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria de los bienes cuya inafectacion se solicita. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 3834

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