Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2000 (03/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, lunes 3 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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tivo en los convenios de cooperacion interinstitucional y eventos academicos a realizarse con instituciones educativas del pais. Articulo 6º.- ENCARGAR a la Oficina de Auditoria Interna de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA el seguimiento del cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo 7º.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a la Asamblea Nacional de Rectores, para su conocimiento y fines correspondientes. Articulo 8º.- DISPONER que la Oficina de Secretaria General de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, realice la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y que la Oficina de Imagen Institucional de esta MORDAZA Superior de Estudios, proceda a la difusion de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 3765

Que, tomando en consideracion la dificil situacion economica por la que atraviesa el MORDAZA, la que viene afectando especialmente a sectores como el comprendido por las Instituciones no Lucrativas de Beneficencia Nacional de Caracter Exclusivamente Hospitalario, es necesario brindar a las mismas facilidades para el pago de sus tributos; Que, en este sentido es conveniente otorgar a estas instituciones, mediante la presente Ordenanza, la posibilidad de cumplir con el pago de la deuda correspondiente a los arbitrios municipales generados a partir del ejercicio 1996 hasta el ejercicio 1999, a traves de la prestacion de servicios a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, estando a lo dispuesto por los Articulos 109º y 110º y el numeral 4 del Articulo 134º de la Ley Nº 23853 "Ley Organica de Municipalidades" ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Facultese a las Instituciones No Lucrativas de Beneficencia Nacional de Caracter Exclusivamente Hospitalario a cumplir con el pago de la deuda tributaria correspondiente a los Arbitrios Municipales de los ejercicios 1996, 1997, 1998 y 1999 mediante la prestacion de servicios, la misma que se efectuara en las condiciones establecidas en el Convenio a celebrarse con la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Segundo.- La Comision de Salud y Bienestar Social debera pronunciarse previamente sobre el contenido del convenio a celebrarse entre la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las Instituciones No Lucrativas de Beneficencia Nacional de Caracter Exclusivamente Hospitalario. DISPOSICION FINAL Unica.- Facultese al MORDAZA Metropolitano de MORDAZA a dictar las disposiciones complementarias para la mejor aplicacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 3780

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Facultan a instituciones no lucrativas de beneficencia nacional de caracter exclusivamente hospitalario, efectuar el pago de deuda tributaria mediante prestacion de servicios
ORDENANZA Nº 251 MORDAZA, 7 de marzo de 2000 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru y la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establecen que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, mediante Edicto Nº 182 y modificatorios, se establecio el Regimen Tributario de los Arbitrios de Alumbrado Publico, Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Relleno Sanitario, aplicable para el ejercicio 1996; Que, asimismo mediante Ordenanzas Nº 108, Nº 138 y Nº 207, se establecieron los Regimenes Tributarios de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo aplicables a los ejercicios 1997, 1998, 1999, respectivamente; Que, el Articulo 32º inciso j) del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece como una de las formas de pago de la deuda Tributaria "otros medios distintos a los establecidos en el Texto, y que la Ley senale";

Ratifican ordenanza de la Municipalidad de San MORDAZA que regula los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines publicos
ACUERDO DE CONCEJO Nº 060 MORDAZA, 17 de marzo de 2000 EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Vista en Sesion de Concejo de la fecha, la solicitud formulada por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, mediante Oficio Nº 033-2000-MDSM/SG para la ratificacion de la Ordenanza Nº 01-99, que modifica el Edicto Nº 02-94, que regula los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos, en su jurisdiccion; De acuerdo con la opinion favorable del Servicio de Administracion Tributaria (SAT) emitida mediante Informe Nº 000128-2000-SAT/04 y Oficio Nº 000128-00SAT/MML de la Jefatura del SAT; lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 027-2000-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y Ordenanza Nº 211; y,

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