Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2000 (03/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 3 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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Que, dentro de la clasificacion de otras instituciones o personas sujetos al control de esta Superintendencia, se encuentran comprendidos los Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Personas Naturales y Juridicas; En uso de las atribuciones conferidas en el Articulo 87º de la Constitucion Politica del Estado y las facultades establecidas en la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, modificada por las Leyes Nº 27008 y Nº 27102; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Fijar para los Intermediarios y Auxiliares de Seguros -Personas Juridicas y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada- una tasa de siete decimos del uno por ciento (0,7 del 1%) como contribucion para el ano 2000 aplicada sobre los ingresos anuales que registren al 31 de diciembre de 1999. Esta contribucion, segun cada caso, no podra ser inferior a los siguientes importes que resulten:
a) Corredores de Seguros : 1/3 de la UIT b) Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros : 1/4 de la UIT c) Corredores de Reaseguros : 2/5 de la UIT S/. 967.00 S/. 725.00 S/. 1,160.00

Articulo Segundo.- Fijar a los Intermediarios y Auxiliares de Seguros -Personas Naturales- una contribucion unica anual para el ano 2000 los importes que resulten:
a) Corredores de Seguros : 1/6 de la UIT b) Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros : 1/7 de la UIT S/. 483.00 S/. 414.00

"Procedimiento para el Fraccionamiento del Pago por Concepto de Deudas por Sanciones Aplicadas por OSINERG"; Que, por Resolucion de Gerencia General Nº 3111999-OS/GG de fecha 29 de noviembre de 1999, se aprobaron como garantias la Carta Fianza Bancaria y los modelos de Contrato de Prenda y de Hipoteca, para asegurar la cancelacion de las deudas provenientes de sanciones; Que, ante el incumplimiento reiterado de los sancionados con cancelar las cuotas que conforman el fraccionamiento otorgado por OSINERG, perjudicando el pago integro de las deudas por sanciones, se hace necesaria la modificacion del procedimiento de fraccionamiento vigente y la aprobacion del Formato de Convenio de Fraccionamiento; Que, es conveniente para la mejor aplicacion de las pautas sobre Fraccionamiento la integracion y concordancia de las normas emitidas en una sola MORDAZA denominada "Manual sobre Fraccionamiento del Pago de Deudas por Sanciones Aplicadas por OSINERG"; Que, por Resolucion Ministerial Nº 176-99-EM/SG de fecha 23 de MORDAZA de 1999, se aprobo la Escala de Multas y Sanciones que aplicara el OSINERG por infracciones a las Leyes de Concesiones Electricas y Organicas de Hidrocarburos y demas complementarias, sus Reglamentos y demas normas complementarias, estableciendo en su Articulo 3º que, mediante Resolucion de Gerencia General del OSINERG se dictaran las disposiciones complementarias para la aplicacion de la referida Escala de Multas y Sanciones; Que, el Articulo 22º del Decreto Supremo Nº 005-97EM, Reglamento del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia - OSINERG, establece que la Gerencia es el organo ejecutivo responsable de la marcha administrativa de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR el "Manual sobre Fraccionamiento del Pago de Deudas por Sanciones Aplicadas por OSINERG", el cual integra las Resoluciones de Gerencia General Nºs. 175-98-OS/GG, 140-1999-OS/ GG, 152-1999-OS/GG y 311-1999-OS/GG. Articulo 2º.- INCLUIR dentro de la presente Resolucion el texto de los Contratos de Prenda e Hipoteca, aprobados por Resolucion de Gerencia General Nº 311-1999-OS/GG, que forma parte del referido Manual como Anexo I. Articulo 3º.- APROBAR el Formato del Convenio de Fraccionamiento, el mismo que forma parte del referido Manual como Anexo II. Articulo 4º.- MODIFICAR el articulo 3º de la Resolucion de Gerencia General Nº 311-1999-OS/GG, el cual quedara de la siguiente manera: "Articulo 3º.- Las personas naturales y juridicas que presenten solicitudes de fraccionamiento de deudas por concepto de sanciones aplicadas por el OSINERG, deberan otorgar cualesquiera de las siguientes garantias a satisfaccion del OSINERG: a) Carta Fianza Bancaria, incondicional, irrevocable y de realizacion automatica, sin beneficio de excusion, otorgada por una entidad Bancaria de primera linea. b) Contrato de Prenda y/o Hipoteca de acuerdo al modelo que se aprueba en la presente Resolucion". Articulo 5º.- DISPONER que el Departamento Administrativo publique el "Manual sobre Fraccionamiento del Pago de Deudas por Sanciones Aplicadas por OSINERG". Articulo 6º.- DELEGAR en la Gerencia de Hidrocarburos y en la Gerencia de Electricidad, segun corresponda, las facultades de calificar y aprobar las solicitudes de fraccionamiento presentadas al OSINERG, asi como la de suscribir los correspondientes convenios de fraccionamiento y contratos de prenda o hipoteca que se celebren para garantizar el cumplimiento de las deudas por concepto de sanciones impuestas por el OSINERG. Registrese y publiquese. MORDAZA ESLAVA MORDAZA Gerente General "MANUAL SOBRE FRACCIONAMIENTO PARA EL PAGO DE DEUDAS POR SANCIONES APLICADAS POR OSINERG" I.- OBJETIVO Establecer el procedimiento para otorgar el beneficio de fraccionamiento de pago por deudas provenientes de

Articulo Tercero.- Fijar a los Representantes de Empresas Extranjeras una contribucion unica anual para el ano 2000 los siguientes importes que resulten:
a) Corredores de Reaseguros Extranjero b) Empresas de Reaseguros Extranjeras : 2/5 de la UIT : 2/3 de la UIT S/. 1,160.00 S/. 1,933.00

Articulo Cuarto.- El pago de las contribuciones fijadas para el ano 2000 a cada uno de los Intermediarios y Auxiliares de Seguros que senala la presente resolucion se efectuara en una sola cuota hasta el 14 de MORDAZA del ano 2000. Articulo Quinto.- En caso de incumplimiento en el pago de la contribucion fijada, esta devengara intereses por el periodo de atraso, aplicandose para tal efecto la tasa de interes activa promedio en moneda nacional (TAMN), que publica esta Superintendencia. Articulo Sexto.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General las acciones administrativas, financieras y legales necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 3793

OSINERG
Aprueban el "Manual sobre Fraccionamiento del Pago de Deudas por Sanciones Aplicadas por OSINERG"
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 268-2000-OS/GG MORDAZA, 20 de marzo del 2000 Que, por Resolucion de Gerencia General Nº 175-98-OS/ GG de fecha 20 de noviembre de 1998, se aprobo el "Procedimiento para el Fraccionamiento del Pago por Concepto de Deudas por Sanciones Aplicadas por OSINERG"; Que, mediante las Resoluciones de Gerencia General Nºs. 140-1999-OS/GG y 252-1999-OS/GG, de fechas 28 de MORDAZA de 1999 y 16 de agosto de 1999 respectivamente, se modifico el Rubro "V", sobre Disposiciones Generales, del

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