Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2000 (14/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 14 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

Pag.185649

Banca y Seguros y la Circular Nº B-1996-97; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a NBK Bank el cierre de las agencias ubicadas en: - Jr. Plaza de MORDAZA Nº 176, distrito y provincia de Paita y departamento de MORDAZA - Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 380, esquina con la Av. MORDAZA MORDAZA Este, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca 4225

CONSUCODE
FE DE ERRATAS RESOLUCION Nº 098/2000.TC-S2

en el balneario de Puerto Chico, provincia de Barranca, departamento de Lima; Que, ante la depredacion es necesario ejercer acciones de proteccion y conservacion de las zonas arqueologicas antedichas; Que, de acuerdo con la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; los sitios arqueologicos tienen caracter intangible, inalienable e imprescriptible siendo deber del Instituto Nacional de Cultura, establecer las acciones de salvaguarda de los sitios arqueologicos por ser conformantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24193, la proteccion de los Bienes Inmuebles comprende el suelo y el subsuelo en que se asientan o encuentran, asi como los aires y el MORDAZA circundante en la extension tecnicamente necesaria; Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; Decreto Supremo Nº 050-94-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:

Fe de Erratas de la Resolucion Nº 098/2000.TC-S2, publicada en nuestra edicion del dia 12 de MORDAZA de 2000, en la pagina 185597. EN EL MORDAZA CONSIDERANDO: DICE: "..., al no ser habitado en el domicilio senalado para el MORDAZA de seleccion." DEBE DECIR: "..., al no ser MORDAZA en el domicilio senalado para el MORDAZA de seleccion." 4252

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a zonas arqueologicas ubicadas en las provincias de Barranca y Canta, departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 256/INC MORDAZA, 15 de marzo de 2000 VISTO, el Informe Nº 067-2000-INC/DGPA-PFGC de fecha 24 de enero del 2000 mediante el cual MORDAZA F. Guarisco Canseco, arqueologo de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, solicita la Declaracion como Patrimonio Cultural de la Nacion; y, CONSIDERANDO: Que, es de urgente necesidad la "Declaracion de Patrimonio Cultural de la Nacion" por su importancia cultural, cientifica y arqueologica; Que, mediante el Acuerdo Nº 041, de fecha 8 de febrero del 2000, la Comision Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion, a la MORDAZA Arqueologica Monumental de "Cerro Colorado", ubicada

Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica Monumental denominada "Cerro Colorado", ubicada en el balneario de Puerto Chico, provincia de Barranca, departamento de Lima. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Patrimonio Arqueologico y a la Municipalidad Provincial de Barranca establecer las acciones necesarias para la senalizacion de la MORDAZA arqueologica MORDAZA mencionada y la elaboracion del Plano de Delimitacion con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva para la inscripcion del mismo en Registros Publicos y en el Margesi de Bienes. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de las zonas arqueologicas declaradas "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital y Provincial correspondiente, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA O. REPETTO MALAGA Director Nacional 4214 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 257/INC MORDAZA, 15 de marzo de 2000 VISTO, el Informe Nº 112-00-INC/DGPA-YCCH de fecha 4 de febrero del 2000, mediante el cual el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, arqueologo de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, solicita la Declaracion como Patrimonio Cultural de la Nacion; y, CONSIDERANDO: Que, es de urgente necesidad la "Declaracion de Patrimonio Cultural de la Nacion" por su importancia cultural, cientifica y arqueologica; Que, mediante el Acuerdo Nº 043, de fecha 8 de febrero del 2000, la Comision Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica Monumental denominada "Buenavista", ubicada en el distrito de MORDAZA MORDAZA de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima; Que, ante la depredacion es necesario ejercer acciones de proteccion y conservacion de las zonas arqueologicas antedichas;

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