Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2000 (14/04/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de MORDAZA de 2000

Que, de acuerdo con la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; los sitios arqueologicos tienen caracter intangible, inalienable e imprescriptible siendo deber del Instituto Nacional de Cultura, establecer las acciones de salvaguarda de los sitios arqueologicos por ser conformantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24193, la proteccion de los Bienes Inmuebles comprende el suelo y el subsuelo en que se asientan o encuentran, asi como los aires y el MORDAZA circundante en la extension tecnicamente necesaria; Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; Decreto Supremo Nº 050-94-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar como Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica Monumental denominada "Buenavista", ubicada en el distrito de MORDAZA MORDAZA de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Patrimonio Arqueologico establecer las acciones necesarias para la senalizacion de la MORDAZA arqueologica MORDAZA mencionada y la elaboracion del Plano de Delimitacion con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de las zonas arqueologicas declaradas "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital y Provincial correspondiente, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA O. REPETTO MALAGA Director Nacional 4215 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 258/INC MORDAZA, 15 de marzo de 2000 VISTO, el Informe Nº 122-2000-INC/DGPA-LC de fecha 8 de febrero del 2000 mediante el cual la Lic. Lyda MORDAZA MORDAZA, arqueologa de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, solicita la Declaracion como Patrimonio Cultural de la Nacion; y, CONSIDERANDO: Que, es de urgente necesidad la "Declaracion de Patrimonio Cultural de la Nacion" por su importancia cultural, cientifica y arqueologica; Que, mediante el Acuerdo Nº 048 de fecha 8 de febrero del 2000, la Comision Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica Monumental denominada "Era de Pando", ubicada en el caserio Era de MORDAZA, distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; Que, ante la depredacion es necesario ejercer acciones de proteccion y conservacion de las zonas arqueologicas antedichas; Que, de acuerdo con la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; los sitios arqueologicos tienen caracter intangible, inalienable e imprescriptible, siendo deber del Instituto Nacional de Cultura, establecer las acciones de salvaguarda de los sitios arqueologicos por ser conformantes del Patrimonio Cultural de la Nacion;

Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24193, la proteccion de los Bienes Inmuebles comprende el suelo y el subsuelo en que se asientan o encuentran, asi como los aires y el MORDAZA circundante en la extension tecnicamente necesaria; Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; Decreto Supremo Nº 050-94-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica Monumental denominada "Era de Pando", ubicada en el caserio Era de MORDAZA, distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Patrimonio Arqueologico establecer las acciones necesarias para la elaboracion del Plano de Delimitacion de la MORDAZA arqueologica MORDAZA mencionada con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva, Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de las zonas arqueologicas declaradas "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital y Provincial correspondiente, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA O. REPETTO MALAGA Director Nacional 4216

Declaran monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion al conjunto de la Iglesia Matriz MORDAZA MORDAZA de Oxapampa, departamento de Pasco
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 274/INC MORDAZA, 15 de marzo de 2000 VISTO: El Acuerdo Nº 01/18.02.2000 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 01/ 18.02.2000 de fecha 18 de febrero de 2000, propone se declare monumento al conjunto de la Iglesia Matriz MORDAZA MORDAZA de Oxapampa, conformado por el Templo y la MORDAZA Parroquial, ubicados en el Paseo de Los Colonos Nº 133

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