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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2000 (14/04/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 185643 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de abril de 2000 Oficializan la III Reunión del Consejo Consultivo Empresarial del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífi- co, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCION SUPREMA Nº 201-2000-RE Lima, 13 de abril del 2000 Considerando lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 0905, del Gabinete de Coordinación del señor Vicemi- nistro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 28 de marzo de 2000; De conformidad con el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 0006-76-RE, de 25 de octubre de 1976; y, el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Oficializar la "III Reunión del Consejo Consultivo Em- presarial del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífi- co", a realizarse en la ciudad de Lima, del 24 al 27 de agosto de 2000. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 4281 SALUD Declaran de naturaleza crítica el servi- cio de alquiler de inmuebles destina- dos al funcionamiento de diversas dependencias del Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 115-2000-SA/DM Lima, 6 de abril del 2000 Visto el Oficio OGA Nº 657-2000, cursado por el Direc- tor General de Administración. CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 547-99-SA/DM de 30 de octubre de 1999, se ha aprobado el listado de bienes de naturaleza crítica, cuya adquisición se sujeta al Decreto Supremo Nº 006-99-PCM que aprueba un tratamiento espe- cial destinado a garantizar la continuidad de los servicios que brindan las instituciones que integran el Sector Salud; Que el Ministerio de Salud carece de infraestructura física propia, adecuada para albergar a los diversos orga- nismos y programas que lo integran, viéndose precisado a celebrar en forma anual, contratos de arrendamiento de locales de propiedad de particulares, previo proceso de selección; Que es conveniente calificar como de naturaleza crítica el servicio de alquiler de locales para el funcionamiento de las diversas dependencias del Pliego 011 Ministerio de Salud, lo que permitirá mayor celeridad en el proceso de selección y un mayor plazo de vigencia del respectivo contrato y que de acuerdo al Artículo 9º del acotado Decreto Supremo puede ser hasta de tres (3) años; Que en virtud de lo expuesto, es conveniente declarar el servicio de alquiler de inmuebles para el Ministerio de Salud, como de naturaleza crítica; De conformidad con lo previsto en el Artículo 9º del Decreto Supremo Nº 006-99-PCM; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud;SE RESUELVE: 1º.- Declarar como servicio de naturaleza crítica en el Ministerio de Salud, el alquiler de inmuebles, destinados al funcionamiento de sus diversas dependencias. 2º.- La adquisición del servicio de alquiler de inmuebles a que se refiere el numeral anterior, se sujeta a lo dispuesto en la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 039-98-PCM y el Decreto Supremo Nº 006-99-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO A. AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 4206 M T C Ratifican zonas de reserva estableci- das mediante el D.S. Nº 001-97-MTC, que declaró de necesidad pública es- tudios de factibilidad para moder- nización y mejoras de los sistemas de control de tráfico aéreo DECRETO SUPREMO Nº 014-2000-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 24482, Ley de Aeronáu- tica Civil, modificado en parte por el Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 670, dispone como causal de nece- sidad pública, la construcción o ampliación de aeropuertos destinados a la actividad aérea; Que, mediante Resolución Directoral Nº 0118-96-MTC/ 15.12, la Dirección General de Transporte Aéreo del Minis- terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción aprobó los planos de ubicación, topográfico y perimétrico de los terrenos necesarios para la ampliación y desarrollo del Aeropuerto Internacional "Jorge Chávez", en cuyo trabajo se atiende el Estudio de Factibilidad de Modernización de Aeropuertos y mejoras de los Sistemas de Control de Tráfico Aéreo del Perú ejecutado por la consultora Birk Hillman Consultants, Inc.; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-97-MTC, se declara de necesidad pública la realización de los estu- dios de factibilidad para la modernización y mejoras de los sistemas de control de tráfico aéreo del Perú, decla- rando como zonas intangibles y de reserva las áreas de influencia referidas en los planos aprobados por la Resolución Directoral a que se refiere el considerando anterior; Que, mediante Oficio CEA-077-00 de fecha 29.3.2000, el Presidente del Comité Especial de Aero- puertos hace de conocimiento de la Comisión encarga- da de efectivizar la disponibilidad de los terrenos para la ampliación del aeropuerto internacional Jorge Chávez que en su Sesión Nº 060-99-CEA, el citado Comité decidió excluir del área destinada para la ampliación y modernización del mencionado aeropuerto, la corres- pondiente a las Asociaciones de Vivienda Alameda Portuaria y Los Portales; Que, por lo señalado en el considerando anterior resul- ta necesario excluir las áreas comprendidas dentro de las siguientes coordenadas WGS 84: HITO NORTE ESTE 27 8'672,671.2776 268,957,5248 29 8'672,488.2312 268,852,5098 30 8'672,409.6650 269,044,7130 31 8'672,303.0280 269,362,8090 32 8'672,271,6990 269,472,0940 33 8'672,330.3429 269,588,9298 27 8'672,671.2776 268,957,5248