Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2000 (15/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, sabado 15 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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a) Los precios de la Potencia de Punta (PPM) de las correspondientes subestaciones base del Sistema Interconectado Centro Norte y del Sistema Interconectado Sur, se obtendran multiplicando los valores indicados en el cuadro citado anteriormente, por los factores 0,8694 y 0,7031, respectivamente; b) Los valores determinados en a) seran actualizados MORDAZA de su aplicacion, a la fecha que corresponda, siguiendo las formulas de actualizacion que se senalan en el inciso 1.1, numeral 1, del Articulo MORDAZA de la presente Resolucion. En este caso se utilizara para el parametro "a" el valor 0,755 y para el parametro "b" el valor 0,245. El Peaje por Conexion de la linea de interconexion MantaroSocabaya sera aprobado mediante Resolucion complementaria de acuerdo con lo previsto en el Articulo Decimo MORDAZA de la presente Resolucion. Articulo Decimo Setimo.- Precisase que las tarifas de distribucion a que se refiere el Articulo 44º de la Ley de Concesiones Electricas se encuentran reguladas mediante las Resoluciones Nº 022-97 P/CTE y Nº 023-97 P/CTE. Articulo Decimo Octavo.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de MORDAZA del ano 2000. Articulo Decimo Noveno.- Derogase o dejase en suspenso las disposiciones que se opongan al cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA ZOLEZZI MORDAZA Presidente Comision de Tarifas de Energia 4289

dos (2) ejemplares del Reglamento Interno, Prospecto de Colocacion y el Contrato de PROGRESO INSTRUMENTOS DE CORTO PLAZO 2 - Fondo de Inversion o PROGRESO ICP2 - Fondo de Inversion, en el plazo de veinte (20) dias habiles siguientes a la notificacion de la presente resolucion o MORDAZA del inicio de la colocacion de cuotas, lo que resultara primero. Articulo 4º.- La inscripcion a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion no implica que CONASEV recomiende la suscripcion de cuotas del mencionado fondo de inversion u opine favorablemente sobre la rentabilidad o calidad del mismo. Articulo 5º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 6º.- Transcribir la presente resolucion a Progreso S.A. Sociedad Administradora de Fondos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BERAMENDI GALDOS Gerente General Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 4077

CONSUCODE
Relacion de proveedores, postores o contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones en el mes de marzo del ano 2000
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 083-2000-CONSUCODE/PRE San MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2000 VISTO: El Memorandum Nº 063-2000-RNC del Gerente de Registros, referido a la publicacion del Listado de Inhabilitados para Contratar con el Estado. CONSIDERANDO:

CONASEV
Disponen inscripcion de fondo de inversion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 025-2000-EF/94.11 MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2000 VISTOS: El Expediente Nº 2000/0096 presentado por Progreso S.A. Sociedad Administradora de Fondos, asi como el Informe Nº 0262000-EF/94.55 de fecha 31 de marzo de 2000 presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 035-99-EF/94.10 de fecha 9 de marzo de 2000 se otorgo la autorizacion de funcionamiento de Progreso S.A. Sociedad Administradora de Fondos o Progreso SAF para administrar fondos de inversion, asi como se dispuso la inscripcion del fondo de inversion denominado PROGRESO INSTRUMENTOS DE CORTO PLAZO 1 - Fondo de Inversion o PROGRESO ICP1 - Fondo de Inversion en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de acuerdo a lo senalado en el Articulo 21º del Reglamento de Fondos de Inversion aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 002-97-EF/94.10 Progreso S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversion, solicita la inscripcion del fondo de inversion denominado PROGRESO INSTRUMENTOS DE CORTO PLAZO 2 Fondo de Inversion o PROGRESO ICP2 - Fondo de Inversion; Que, la recurrente cumple con los requisitos previstos en los Articulos 9º, 23º y 25º de la Ley de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras aprobado por Decreto Legislativo Nº 862 y Articulos 14º, 15º, 16º, 17º, 19º y 21º del Reglamento de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 002-97-EF/94.10; y, Estando a lo dispuesto en el inciso a) del Articulo 2º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por el Decreto Ley Nº 26126; asi como a las facultades delegadas al Gerente General por Acuerdo Nº 115-99 del Directorio de esta Institucion reunido en sesion de fecha 6 de MORDAZA de 1999; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la inscripcion del fondo de inversion denominado PROGRESO INSTRUMENTOS DE CORTO PLAZO 2 - Fondo de Inversion o PROGRESO ICP2 - Fondo de Inversion en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- El Reglamento Interno, Prospecto de Colocacion y el modelo de contrato a suscribir con los participes, contienen las disposiciones aplicables al funcionamiento, asi como a las operaciones del referido fondo de inversion, los que se encuentran a disposicion de los inversionistas y del publico en general en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 3º.- Progreso S.A. Sociedad Administradora de Fondos debera remitir al Registro Publico del MORDAZA de Valores

Que, de conformidad con el Articulo 8º de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se establece la obligatoriedad de publicarse en el Diario Oficial El Peruano la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el Articulo 186º del Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, establece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, publicara mensualmente la relacion de proveedores, postores o contratistas que, en ese periodo, hayan sido sancionados con inhabilitacion para contratar con el Estado; Que, estando a lo informado por la Gerencia de Registros respecto de los proveedores, postores o contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del CONSUCODE durante el mes de marzo; y, De conformidad a lo dispuesto por el Articulo 59º inciso d) de la Ley Nº 26850, Articulo 5º inciso b) y Articulo 7º inciso g) del Decreto Supremo Nº 047-98-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion de la relacion de proveedores, postores o contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del CONSUCODE, correspondiente al mes de marzo, en cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 8º de la Ley Nº 26850 y Articulo 186º de su Reglamento, que es la siguiente: 1. VISA CONSULTORES S.A. (C0057).- Suspension temporal de seis (6) meses en su derecho a presentarse en Licitaciones Publicas, Concursos de Precios, Adjudicaciones Directas y a contratar directamente con el Estado, segun Resolucion Nº 054/ 2000.TC-S1 de 2.3.2000, con vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion: 9.3.2000. 2. INMEGAL E.I.R.L.- Suspension temporal de dos (2) meses en su derecho a presentarse en Licitaciones Publicas, Concursos de Publicos, Adjudicaciones Directas y para contratar con el Estado, segun Resolucion Nº 056/2000.TC-S2 de 2.3.2000, con vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion: 9.3.2000. 3. AGENCIA DE SERVICIOS GENERALES SAZE E.I.R.L. ASERG-SAZE E.I.R.L.- Suspension temporal de dos (2) anos en su derecho a presentarse en Licitaciones, Concursos y Adjudicaciones Directas y a contratar con el Estado, segun Resolucion Nº 057/2000.TC-S1 de 2.3.2000. Publicacion: 9.3.2000. 4. H.B.R. CONTRATISTAS GENERALES S.A. (6774).- Suspension temporal de un (1) ano en su derecho a presentarse en Licitaciones Publicas, Concursos de Precios y a contratar la ejecucion de obras con el Estado, segun Resolucion Nº 072/2000.TCS2 de 24.3.2000, con vigencia a partir de su reinscripcion en el RNC. Publicacion: 31.3.2000.

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