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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2000 (15/04/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 51

Pág. 185705 NORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de abril de 2000 METODOLOGIA PARA LA DETERMINACION DE LAS RESERVAS TECNICAS DE LAS EPS DETERMINACION DE LAS RESERVAS TECNICAS Las Entidades Prestadoras de Salud, EPS, deben constituir sus Reservas Técnicas para garantizar las Prestaciones de Salud (RPS) y los Aportes no Devengados (RAND), permitiendo dar cumplimiento de esta manera a lo establecido en el Reglamento sobre Patrimonio de Solvencia, Reservas Técnicas e Inversiones de las EPS, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº 021-2000-SEPS/CD. Según lo estipulado en el Reglamento antes citado, (en adelan- te el Reglamento), las Reservas Técnicas (neta de anulaciones, reaseguros) se deberán calcular el primer día de cada mes, considerando el cierre del mes anterior y se constituirán de la siguiente manera: 1. De las Reservas por Prestaciones de Salud (RPS) Las Reservas por Prestaciones de Salud se estiman mediante el siguiente procedimiento: 1.1. Primero, se identifica los gastos en prestaciones (sinies- tros) ocurridos, reportados y registrados de los tres meses anterio- res al mes para el que se va a provisionar. La fuente de informa- ción para este cálculo es el rubro 51 del Plan de Cuentas, Presta- ciones de Servicios. 1.2. Determinadas las prestaciones de servicios de los tres meses anteriores, se deduce de cada uno de ellos los aportes cedidos, esto es, el valor de reaseguros, obteniéndose de esta manera la Reserva Requerida Neta – RRN de cada mes. 1.3. Luego, se determina de los tres meses sujetos a estima- ción, el promedio mensual (de la RRN) , que viene a constituir la Reserva por Prestaciones de Salud – RPS. El siguiente ejemplo facilitará la determinación de la Reserva por Prestaciones (RPS). Supondremos que se ceden aportes por un 25% de los gastos en prestaciones para pagar las primas de los reaseguros. De aquí se tiene ESTIMACION DE LA RESERVA POR PRESTACIONES (RPS) Trimestre Prestaciones Reaseguro RESERVA REQUERIDA anterior al mes Servicios (S/.) efectivo (25%) NETA (S/.) Mes n - 3 30,000 7,500 22,500 Mes n - 2 10,000 2,500 7,500 Mes n - 1 20,000 5,000 15,000 Sumatoria 60,000 15,000 45,000 Promedio 15,000 De este ejemplo se deduce que la Reserva por Presta- ciones de Salud (RPS) para el mes en referencia es de: S/. 15,000.00. Para la presentación de esta información se debe emplear el formato del Anexo A. 2. De las Reservas por Aportes no Devengados (RAND) Las reservas por aportes no devengados o de riesgos en curso se constituyen como un porcentaje del monto de los aportes cobrados por adelantado.2.1. Cálculo de la Reserva por Aporte No Devengado Se constituye por parte de los aportes retenidos, con exclusión de las anulaciones, cuyo propósito es respaldar o cubrir el período de vigencia no extinguido a la fecha del cálculo de la reserva. Se determina mediante el siguiente procedimiento: a) La reservas por aporte no devengado (aplicado para aportes con pago adelantado) se obtendrá plan por plan con- siderando la porción no corrida del riesgo total en número de días. b) Las reservas para los reaseguros aceptados se obtendrán contrato por contrato (de reaseguro) y considerando la porción no corrida en número de días. c) La reserva correspondiente de las primas cedidas se obten- drá por cada plan o contrato y considerando la porción no corrida del riesgo cedido en número de días. 2.2. La Base de cálculo de la RAND se constituye por los aportes respectivos, la misma que no considera impuestos o descuentos, deduciendo el reaseguro, de ser el caso. Las estimaciones y valores obtenidos según los literales ante- riores deberán de visualizarse en el anexo B que concilia y resume la información del cálculo según la presente metodología. La información a detalle debe mantenerse en la EPS para efectos de supervisión. 2.3. La información presentada en el anexo B, deberá elaborarse de acuerdo a una base de datos, que puede respal- darse en un sistema informático, considerando la siguiente información para las prestaciones y reaseguros por cada plan o contrato: a) Número o código del plan o contrato (de reaseguro), según corresponda. b) Período de vigencia (considerar fecha de inicio y término). c) Total del importe (prima) sin IGV correspondiente al perío- do de vigencia en curso, al cual debe deducirse los meses vencidos efectuando el cálculo sobre los meses no corridos. d) Monto del descuento del aporte cedido. e) Base del cálculo, según lo referido en el numeral (2.2). f) Monto de la reserva respectiva al plan o contrato, en función al riesgo asumido o la parte cedida del mismo. 2.4. Para disponer de un valor que nos permita ilustrar la metodología, asumiremos que la RAND es de S/ 5,500.00. 3. Determinación de las Reservas Técnicas Obtenidos los montos estimados para cada una de las dos fuentes, por prestaciones y por aportes no devengados, éstos se suman y obtienen las reservas técnicas del mes, lo cual debe presentarse según anexo C. Esto es: RPS =S/. 15,000.00 Más RAND =S/. 5,500.00 Reservas Técnicas =S/. 20,500.00 En nuestro ejemplo, las Reservas Técnicas se constituyen por un monto ascendente a S/. 20,500.00. ANEXO A DETERMINACION DEL CALCULO DE LA RESERVA POR PRESTACIONES (RPS) AL .............................................. Trimestre anterior Prestaciones Reaseguro efectivo RESERVA REQUERIDA NETA al mes Servicios (S/.) (promedio) (S/.) (1) (2) (1) – (2) Mes n - 3 Mes n - 2 Mes n - 1 Sumatoria Promedio (a) La Reserva por Prestaciones de Salud (RPS) se estima como el promedio de las Reservas Requeridas Netas considerando como referencia los tres meses anteriores al mes afecto al cálculo. (a) El resultado obtenido se traslada al anexo C __________________ ______________________________________ Gerente General Responsable de la estimación de RPS