Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2000 (30/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, MORDAZA 30 de MORDAZA de 2000
ANEXO 1

NORMAS LEGALES

Pag. 186121

DETERMINACION DE LA TASA DE LIMPIEZA PUBLICA 2000 COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y OTROS DICE 0-3 0-3 DEBE DECIR 0-3 0-3 % UIT 0.0000000 0.0007184 % UIT 0.0000000 0.00022414 COSTO MENSUAL 0.00 6.50 COSTO MENSUAL 0.00 6.50 COSTO TRIMESTRAL 0.00 19.50 COSTO TRIMESTRAL 0.00 19.50 COSTO ANUAL 0.00 78.00 COSTO ANUAL 0.00 78.00

Unanime de los senores Regidores, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Unico.- DISPONER la publicacion de la Ordenanza Nº 005-2000/MVMT, de acuerdo al siguiente texto: ORDENANZA Nº 005-2000/MVMT
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EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 27.MARZO.2000, bajo la presidencia del senor MORDAZA Dr. MORDAZA Ipenza MORDAZA y con la asistencia de los senores Regidores Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA Condemarin, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Yrribarren MORDAZA, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Rios; se trato sobre el Impuesto Predial correspondiente al ano 2000; y,

(1) PROPIETARIO (2) INQUILINO ANEXO 2 DETERMINACION DE LA TASA SERENAZGO 2000 COMERCIO, INDUSTRIAS, SERVICIOS Y OTROS DICE 0-3 0-3 DEBE DECIR 0-3 0-3 % UIT 0.000000 0.0006897 % UIT 0.00 0.0006897 COSTO MENSUAL 0.00 2.00 COSTO MENSUAL 0.00 2.00 COSTO TRIMESTRAL 0.00 6.00 COSTO TRIMESTRAL 0.00 6.00 COSTO ANUAL 0.00 24.00 COSTO ANUAL 0.00 24.00

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CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, se dispone la administracion y fiscalizacion del Impuesto Predial y determina los mecanismos para la afectacion, recaudacion, procedimientos, fechas de vencimiento de pago y la escala de valores para la aplicacion del referido impuesto; Que, por Resolucion Ministerial Nº 495-99-MTC/15.04, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de diciembre de 1999, han sido aprobados los valores Unitarios Oficiales de Edificacion para la Costa para el presente Ano; Que, de igual forma mediante R.M. Nº 469-99-MTC/ 15.04 han sido aprobadas las Tablas de depreciacion por antiguedad y Estados de conservacion segun el material estructural dominante; Que, el Art. 13º de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Legislativo Nº 776, define los tramos de autoavaluo y la alicuota correspondiente aplicable a la base imponible, y que da como resultado el valor del impuesto predial, el que es acumulativo segun el tramo en que se ubique la base imponible; Que, conforme al Art. 14º, inciso c) del D. Leg. Nº 776 los Contribuyentes estan obligados a presentar Declaracion Jurada del Impuesto Predial, cuando asi lo determine la Administracion Tributaria para la generalidad de Contribuyentes y dentro del plazo que determine para tal fin; Que, por D.S. Nº 191-99-EF, ha sido fijado en S/. 2,900.00 (Dos Mil Novecientos Nuevos soles) el valor de la UIT para el Ejercicio 2000, por lo que, es necesario regular el monto minimo para el pago del Impuesto Predial para el presente ejercicio; Que, la Cuarta Disposicion Final del D. Leg. Nº 776, establece que las Municipalidades que brinden servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores quedan facultadas de cobrar por dichos servicios hasta un 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero del Ejercicio gravable; Estando a lo expuesto y de conformidad a los Articulos 2º, 10º, Inc. 4) y 36º, numeral 3) de la Ley Nº 23853 ­ Organica de Municipalidades; Decreto Legislativo Nº 776 y D.S. Nº 135-99-EF; y con el MORDAZA Unanime de los senores Regidores; se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- El impuesto Predial se calcula aplicando a la Base Imponible la escala acumulativa siguiente:

(1)PROPIETARIO (2) INQUILINO Nota.- En los MORDAZA de los Anexos 01 y 02 de la Ordenanza Nº 004-2000/MVMT, los valores que se refieren al porcentaje de la UIT, deben multiplicarse por 100.

Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA IPENZA MORDAZA MORDAZA 4837

Disponen publicacion de ordenanza referida al Impuesto Predial correspondiente al ano 2000
ORDENANZA Nº 009-2000/MVMT EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 26.ABRIL.2000, bajo la presidencia del senor MORDAZA Dr. MORDAZA Ipenza MORDAZA y con la asistencia de los senores regidores Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA C., Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Yrribarren MORDAZA, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Rios; se trato sobre la publicacion de la Ordenanza Nº 005-2000/MVMT; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 27.MARZO.2000 se aprobo la Ordenanza Nº 005-2000/MVMT sobre Impuesto Predial correspondiente al Ano 2000; Que, es facultad del Pleno del concejo efectuar los correctivos necesarios MORDAZA que sea publicada dicha Ordenanza, en este caso del Articulo Setimo que precisa como fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial 2000, el 30.ABRIL.2000, debiendo ser lo correcto 31.MAYO.2000; De conformidad con lo Art. 36º, incs. 3) y 4) de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades ; y con el MORDAZA

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