Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2000 (08/08/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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VISTOS Y CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 8 de agosto de 2000

Que, por Resolucion Administrativa Nº 0021-2000-P-CSJLI/ PJ, de fecha 31 de enero del ano en curso, se dispuso la prorroga del funcionamiento del Despacho Colectivo del 52º Juzgado Especializado en lo Civil, del 8 de febrero al 8 de agosto del actual, por lo que estando proxima la fecha de vencimiento de funcionamiento del indicado organo jurisdiccional, resulta pertinente dictar las medidas administrativas correspondientes; Que, de la informacion recabada de las Estadisticas de Produccion Jurisdiccional y Carga Procesal, que vienen soportando los Organos Jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, correspondiente al mes de junio, elaboradas por la Oficina de Desarrollo de la Presidencia, se establece que el 52º Despacho Colectivo "A", viene asumiendo 949 expedientes y el 52º Despacho Colectivo "B", por su parte esta asumiendo 890 expedientes; carga procesal que en su totalidad asciende a 1,839 la que es considerada alta, para que sea asumida por un solo Despacho; Que, tomando en consideracion las cargas procesales manejadas, bajo la normatividad del Codigo de Procedimientos Civiles, se hace justificable y pertinente, prorrogar el funcionamiento del 52º Despacho Colectivo Civil "A" y "B", a fin de seguir brindando una inmediata y efectiva administracion de Justicia en beneficio de los Justiciables, con el objetivo de extinguir la carga procesal asumida; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad del Distrito Judicial a su cargo, dirige la politica del Poder Judicial emanada de la Comision Ejecutiva en coordinacion con la Secretaria Ejecutiva, por lo que asume competencia administrativa, siendo responsable del cumplimiento de las disposiciones administrativas, dictadas para la mejor organizacion y funcionamiento de las dependencias jurisdiccionales que conforman su Distrito Judicial; Que, estando a lo expuesto y en merito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º del Texto Unico de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER la prorroga del funcionamiento del Despacho Colectivo del 52º Juzgado Especializado en lo Civil, por el plazo del 9 de agosto al 29 de diciembre del 2000. Articulo Segundo.- DISPONER que la presidencia de la CODICMA, supervise la labor jurisdiccional de los Jueces Integrantes del Despacho Colectivo del 52º Juzgado Especializado en lo Civil, dando cuenta de la produccion jurisdiccional y depuracion correspondiente, bajo inventario con caracter de declaracion jurada; elevando el 15-08-00, 15-09-00, 16-10-00, 15-11-00 y 15-12-00, los informes correspondientes sobre los avances, logros y resultados de produccion jurisdiccional y carga procesal pendiente. Articulo Tercero.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervision de Personal, de la Fiscalia de la Nacion, de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, de la Presidencia de la Comision Distrital de Control de la Magistratura de la ODICMA, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA INFANTES MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA 9043

Que, la Academia de la Magistratura viene desarrollando cursos de capacitacion y especializacion dentro del MORDAZA de actividades del Programa de Actualizacion y Perfeccionamiento PAP; Que, en el mes de febrero del presente ano, se inscribieron 1600 magistrados a efectos de participar en los Cursos de Capacitacion a Distancia, siendo que mediante Resolucion Directoral Nº 039-2000-AMAG/DG del 6 de marzo del 2000, se aprobo la relacion del primer grupo de participantes seleccionados en un numero de 700 en el ambito nacional; lo que implica que 1100 solicitudes de autocapacitacion de magistrados no pudieron ser atendidas a pesar de los esfuerzos desplegados por la Academia; Que, a fin de atender los multiples pedidos de autocapacitacion que se presentan en la Academia de la Magistratura, se han disenado cinco (5) cursos bajo la modalidad de Educacion a Distancia por el Programa de Actualizacion y Perfeccionamiento - PAP, y se han perfeccionado diez (10) cursos disenados por el Proyecto de Autocapacitacion Asistida; Que, la comision de seleccion designada por Resolucion Nº 007-2000-AMAG-DA, ha tenido en cuenta para su labor, los cursos en los cuales han participado los magistrados, privilegiando a aquellos que habiendose inscrito en la convocatoria efectuada en el mes de enero del presente ano, no alcanzaron vacante; Que, estando a lo previsto por el Articulo 151º de la Constitucion Politica del Peru; y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26335, la Sexta Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 26623, el Reglamento de los Cursos a Distancia para Magistrados aprobado por Resolucion de la Comision de Reorganizacion y Gobierno Nº 12-2000-AMAG-CRG, el Reglamento del Programa de Actualizacion y Perfeccionamiento aprobado por Resolucion de la Comision de Reorganizacion y Gobierno Nº 013-99-CRG-AMAG y la Resolucion de la Comision de Reorganizacion y Gobierno de la Academia de la Magistratura Nº 011-2000-AMAG-CRG por la cual se aprueba la programacion de los cursos del Programa de Actualizacion y Perfeccionamiento a desarrollarse durante el ano 2000; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Apruebese la relacion de magistrados que participaran en los cursos bajo la modalidad de Educacion a Distancia de la Academia de la Magistratura, que forma parte integrante de la presente Resolucion Articulo Segundo.- Senalese los dias sabado 2 y MORDAZA 3 de setiembre del presente ano, como fechas de inicio de actividades academicas de los cursos bajo la modalidad de educacion a distancia. Articulo Tercero.- Remitase a cada Corte Superior de Justicia o Fiscalia Superior encargada de la Gestion de Gobierno de los Distritos Judiciales pertinentes, la relacion de participantes a que se refiere el Articulo Primero de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA YEPEZ MORDAZA Director General DERECHO DE FAMILIA Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 Apellidos y Nombres MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA AJALCRINA CABEZUDO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Yoni MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA BAO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del MORDAZA MORDAZA VILLASANTE, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CORANTE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Medallit DANOS MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE VETTORI MORDAZA, Dissetta MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA, Feriel MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ELESCANO RECALDE, MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA FERNANDEZ-PRADA MORIN, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA GAVANCHO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA BARBADILLO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Distrito Judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cono-Norte MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cono-Norte Callao MORDAZA Cono-Norte MORDAZA Cono-Norte MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Relacion de magistrados que participaran en cursos bajo la modalidad de Educacion a Distancia de la Academia de la Magistratura
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 087-2000-AMAG-DG MORDAZA MORDAZA, 1 de agosto de 2000 VISTA: El Acta de sesion de la Comision designada mediante Resolucion Nº 007-2000-AMAG-DA de fecha 20 de junio ultimo, encargada de la seleccion de los aspirantes a los cursos bajo la modalidad de educacion a distancia de la Academia de la Magistratura, presentada con fecha 5 de MORDAZA del presente ano; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 151º, establece que la Academia de la Magistratura se encarga de la formacion y capacitacion de jueces y fiscales en todos sus niveles;

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