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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de agosto de 2000 AÑO XVIII - Nº 7352 Pág. 191451Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" EDUCACION Autorizan viaje de funcionario de CONCYTEC a Venezuela para participar en el "Seminario Andino de Innovación Tecnológica" RESOLUCION SUPREMA Nº 109-2000-ED Lima, 5 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que, se ha cursado invitación al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología - CONCYTEC, para participar en el "Seminario Andino de Innovación Tecnológica", organizado por el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológi- cas, que se llevará a cabo en la ciudad de Caracas, Venezuela, el 7 de agosto del 2000; Que, el referido seminario tiene como propósito el intercam- bio de experiencias y establecimiento de nexos y vinculaciones de cooperación e integración en materia de Ciencia y Tecnología e innovación entre los países miembros de la Comunidad Andina, Francia, España y Brasil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, Decreto Supremo Nº 053-84-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 074-85-PCM y Decreto Supremo Nº 031-89-EF; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR, el viaje en comisión de servicio, al ingeniero Alberto Quiñones Sáenz, Director (e) de la Oficina de Cooperación Internacional del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología - CONCYTEC, para participar en el "Seminario Andino de Innovación Tecnológica", a la ciudad de Caracas, Venezuela, del 6 al 8 de agosto del 2000. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se afectarán con cargo al Presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología - CONCYTEC, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 320.00, viáticos US$ 600.00, Tarifa CORPAC US$ 25.00. Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos arancelarios de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- El funcionario a quien se autoriza a viajar mediante la presente Resolución, deberá presentar a su retor- no, un informe sobre el evento al Despacho Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FEDERICO SALAS GUEVARA S. Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 9127 Modifican resolución mediante la cual se autorizó viaje de conjunto nacional de danzas y música folclórica a Cuba para participar en cursos de capacitación RESOLUCION SUPREMA Nº 110-2000-ED Lima, 8 de agosto del 2000CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 107-2000-ED se autorizó el viaje del Conjunto Nacional de Danzas y Música Folclórica del Perú de la Escuela Nacional Superior del Folklo- re José María Arguedas, para participar en cursos de capacita- ción que se llevarán a cabo dentro del marco del evento "CUBA- DANZA", que se realizará en La Habana, Cuba del 7 al 18 de agosto del año 2000; Que, por razones atribuibles al intenso tráfico aéreo es necesario modificar la referida Resolución; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, Decreto Supremo Nº 053-84-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 074-85-PCM y Decreto Supremo Nº 031- 89-EF; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Modificar la Resolución Suprema Nº 107-2000-ED en el sentido en que la fecha de autorización de viaje es del 10 al 23 de agosto del 2000 y el costo del pasaje asciende a US$ 471.00 Dólares Americanos, por cada uno de los participantes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FEDERICO SALAS GUEVARA S. Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 9128 ENERGIA Y MINAS Aceptan renuncia del Viceministro de Minas RESOLUCION SUPREMA Nº 075-2000-EM Lima, 8 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 076-99-EM, se designó al Ing. Juan Mendoza Marsano como Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo antes referido; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el Ing. Juan Mendoza Marsano al cargo de Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE CHAMOT SARMIENTO Ministro de Energía y Minas 9129