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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (09/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 191462 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de agosto de 2000 que por Situación de Urgencia es de necesidad la contrata- ción de los Servicios de Preprensa y Prensa, para los materiales de enseñanza de los módulos de Educación a Distancia del Proyecto de Autocapacitación Asistida - Re- des y del Programa de Actualización y Perfeccionamiento (PAP), para el presente mes. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los memorándums emitidos por la Dirección Académica de la Academia de la Magistratura, se requiere contratar los servicios de Prensa y Preprensa para la edición de los materiales de enseñanza para los Módulos de Educación a Distancia para el Proyecto de Autocapacitación Asistida - REDES y del Programa de Actualización y Perfeccio- namiento; Que, en el contexto arriba mencionado la contratación de los servicios de Prensa y Preprensa constituyen una Situación de Urgencia debido que el no contar con el mate- rial de enseñanza para los discentes de los módulos de Educación a distancia, los objetivos delimitados por los programas académicos no llegarían a un cumplimiento efectivo, comprometiendo la continuidad de los mismos objetivos y las metas de esta Institución; Que, al efectuar un análisis costo beneficio del trabajo de prensa de los materiales de educación a distancia resulta que el fotocopiar dichos materiales resultaría mucho más oneroso para la Institución, siendo la impresión de los mismos más conveniente; Que, se han recibido múltiples pedidos de magistrados a efectos de llevar alguno de los Cursos de Educación a Distancia para Magistrados, siendo que en el proceso de inscripción llevado a cabo en el mes de febrero resultaron inscritos 1600 magistrados en el ámbito nacional, habiendo sido beneficiados sólo 700 de ellos con el dictado de los cursos; Que, al existir un aproximado de 900 magistrados que habiéndose inscrito en el mes de febrero no pudieron participar en los Cursos de Educación a Distancia para Magistrados, resulta necesario brindar la oportunidad a dichos magistrados a efectos que logren participar en algún curso de la Academia de la Magistratura; Que, por lo antes expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7º de la Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura Nº 26335, por los Artículos 18º y 19º de su Estatuto, aprobada por Resolución Nº 01-94-AMAG-CD y modi- ficado en parte por la Resolución Administrativa Nº 405-98-SE- TP-CME-PJ y las Resoluciones Administrativas del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº 241 -96-SE-TP-CME-PJ, Nº 326-98- SE-TP-CME-PJ y Nº 250-SE-TP-CME-PJ. y el Art. 19º Inc. c), así como el Art. 21º de la Ley Nº 26850 "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado"; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Contrátese por Situación de Urgencia los Servicios de Preprensa y Prensa para la edición de los materia- les de enseñanza de los Módulos de Educación a Distancia del Proyecto de Autocapacitación Asistida - REDES y Programa de Actualización y Perfeccionamiento. Artículo 2º.- El egreso que demande la atención de la presente Resolución, se afectará al Grupo Genérico de Gastos: 3. Bienes y Servicios, Modalidad de Aplicación: 11 Aplicaciones Directas, Especifica del Gasto: 39 Otros Servicios de Terceros y por la Fuente de Financiamiento: 00 Recursos Ordinarios del presente año. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL LUIS YEPEZ SANCHEZ Director General 9099 DEFENSORIA DEL PUEBLO Encargan atención del despacho de- fensorial al Primer Adjunto RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 043-2000/DP Lima, 4 de agosto de 2000 Vistos; el Memorando Nº 110-2000/DP-GA procedente de la Jefatura del Gabinete de Apoyo del Defensor del Pueblo, me- diante el que se comunica el viaje del titular de la institución a la ciudad de Santiago, Chile, del 10 al 11 de agosto del 2000, enatención a la invitación formulada por el Director Ejecutivo del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) para que participe como ponente en el "Seminario de Promoción para la Creación del Defensor del Ciudadano de Chile", que se llevará a cabo del 10 al 11 de agosto del 2000 en la ciudad de Santiago, República de Chile; y asimismo, el Memorando Nº 475-2000-DP/GA con su correspondiente Anexo 3A Nº 028/DP; y, CONSIDERANDO: Que, la Defensoría del Pueblo tiene encomendada la defen- sa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, así como la supervisión del cumpli- miento de los deberes de la administración estatal y de la prestación de los servicios públicos, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Estado y la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; Que, el Director Ejecutivo del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) mediante comunicación de fecha 3 de agosto del presente, ha invitado al Defensor del Pueblo a participar en calidad de ponente en el "Seminario de Promoción para la Creación del Defensor del Ciudadano de Chile", a realizarse del 10 al 11 de agosto del 2000 en la ciudad de Santiago, República de Chile, con el tema "Gene- ración, Organización y Responsabilidad del Defensor del Ciudadano"; Que, los organizadores del seminario internacional finan- ciarán parcialmente el transporte internacional y la estadía, siendo menester aprobar los gastos diferenciales; Que, con el fin de asegurar la continuidad de la gestión institucional debe encargarse el Despacho del Defensor del Pueblo al Primer Adjunto durante la ausencia del titular según lo dispuesto por la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, Ley Nº 26520 y el Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante la Resolución Defensorial Nº 32-99/DP y modificado por la Resolución Defensorial Nº 25- 2000/DP; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF y 031-89-EF; en concordancia con el Decreto Supremo Nº 135- 90-PCM y en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 5º y 9º inciso 7) de la Ley Nº 26520 y 7º incisos a) y k) del Reglamento de Organización y Funciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR la atención del Despacho defensorial al señor doctor don Walter ALBAN PERALTA, Primer Adjunto al Defensor del Pueblo, del 10 al 11 de agosto del 2000 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo Segundo.- Los gastos diferenciales que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, US$ 200,00 por concepto de viáticos y asignaciones y US$ 25,00 por concepto de Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto TUUA - CORPAC, totalizando US$ 225,00 (DOSCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 DOLARES AMERI- CANOS). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE SANTISTEVAN DE NORIEGA Defensor del Pueblo 9100 Autorizan participación de funciona- ria de la Defensoría del Pueblo en el XVIII Curso Interdisciplinario en Dere- chos Humanos, a realizarse en Costa Rica RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 044-2000/DP Lima, 4 de agosto de 2000 Vistos; el Memorando DP Nº 433-2000/GP y sus anexos los Memorandos Nºs. 108, 105 y 80-2000-DPGA, procedentes del Gerente de Personal comunicando la solicitud de licencia de doña Erika García Cobián Castro, con el pedido de la Jefa de Gabinete de Apoyo del Defensor del Pueblo, a fin de que se emita la Resolución autoritativa de licencia con goce de remuneracio- nes de la mencionada trabajadora y, asimismo el facsímil de 3 de agosto del 2000 y su correspondiente Anexo 3A Nº 038-DP- DA alcanzados por el Area de Logística de la Gerencia de Administración; y,