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Pág. 191459 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de agosto de 2000 difusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Polobaya, provincia y departamen- to de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, según lo establecido por el Artículo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, para la prestación de servi- cios de radiodifusión privados de interés público se requiere autorización y permiso otorgados por el Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, según lo establecido por los Artículos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, la autorización es la facultad, otorgada a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomu- nicaciones; y el permiso es la facultad otorgada a personas naturales o jurídicas para la instalación de equipos de radioco- municación en un lugar determinado; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94- TCC, y sus modificatorias, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción, establecen la información y documentación que se debe presentar para solicitar autoriza- ción para la prestación del servicio de radiodifusión privado de interés público; Que, mediante Informes Nºs. 067-99-MTC/15.19.03.2 y 398-99-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Direc- ción General de Telecomunicaciones, respectivamente, se- ñalan que la solicitud formulada por la empresa STEREO F.M. RADIO VIRGEN DE CHAPI Y TV E.I.R.LTDA. cum- ple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorización y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93- TCC, 06-94-TCC, 005-98-MTC, 022-98-MTC, 002-99-MTC y Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Minis- terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción; y, Con la opinión favorable del Dirección General de Teleco- municaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa STEREO F.M. RADIO VIRGEN DE CHAPI Y TV E.I.R.LTDA., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Polobaya, provincia y departamento de Arequipa: Estación :BC-FM Frecuencia :93.9 MHz. Indicativo :OAR-6D Potencia :250 w Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :Santuario de Chapi, distrito Polobaya, provincia y depar- tamento Arequipa. Coordenadas: L.O. 71° 18' 42" L.S. 16° 42' 53" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La empresa STEREO F.M. RADIO VIR- GEN DE CHAPI Y TV. E.IR.LTDA. está obligada a insta- lar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente resolución, estando impedida de modificar sin autorización previa de este Ministerio las característi- cas a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolu- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO GARCIA TORRES Viceministro de Comunicaciones 9061 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 250-2000-MTC/15.03 Lima, 19 de julio de 2000VISTA, la solicitud formulada por la empresa RADIO- DIFUSORA NORP PAITA PERUP E.I.R.L., para que se le otorgue autorización y permiso de instalación y prueba para una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, según lo establecido por el Artículo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, para la prestación de servi- cios de radiodifusión privados de interés público se requiere autorización y permiso otorgados por el Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, según lo establecido por los Artículos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, la autorización es la facultad, otorgada a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomu- nicaciones; y el permiso es la facultad otorgada a personas naturales o jurídicas para la instalación de equipos de radioco- municación en un lugar determinado; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94- TCC, y sus modificatorias, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción, establecen la información y documentación que se debe presentar para solicitar autoriza- ción para la prestación del servicio de radiodifusión privado de interés público; Que, mediante Informes Nºs. 145-99-MTC/15.19.03.2 y 296- 99-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuen- cias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, respectivamente, señalan que la solici- tud formulada por la empresa RADIODIFUSORA NORP PAI- TA PERUP E.I.R.L. cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorización y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93- TCC, 06-94-TCC, 005-98-MTC, 022-98-MTC, 002-99-MTC y Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Dirección General de Teleco- municaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa RADIODIFUSORA NORP PAITA PERUP E.I.R.L., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Paita, departamento de Piura: Estación :BC-FM Frecuencia :102.9 MHz. Indicativo :OAT-1N Potencia :0,5 Kw Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :AA.HH. 5 de Febrero; Mz. F1, lote 12 A, distrito y pro- vincia Paita, departamento Piura. Coordenadas: L.O. 81° 06' 42" L.S. 05° 04' 57" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La empresa RADIODIFUSORA NORP PAITA PERUP E.I.R.L. está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente resolución, estando impedida de modificar sin autorización previa de este Ministerio las características a que se con- trae el Artículo 1º de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO GARCIA TORRES Viceministro de Comunicaciones 9071 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 289-2000-MTC/15.03 Lima, 4 de agosto de 2000