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Pág. 191457 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de agosto de 2000 VISTA, la solicitud formulada por la ASOCIACION RADIO AMISTAD, para que se le otorgue autorización y permiso de instalación y prueba para una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en la localidad de Aucayacu, del distrito de José Crespo y Castillo, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco; CONSIDERANDO: Que, según lo establecido por el Artículo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, para la prestación de servi- cios de radiodifusión privados de interés público se requiere autorización y permiso otorgados por el Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, según lo establecido por los Artículos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, la autorización es la facultad, otorgada a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomu- nicaciones; y el permiso es la facultad otorgada a personas naturales o jurídicas para la instalación de equipos de radioco- municación en un lugar determinado; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94- TCC, y sus modificatorias, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, establecen la información y documenta- ción que se debe presentar para solicitar autorización para la prestación del servicio de radiodifusión privado de interés público; Que, mediante Informes Nºs. 065-2000-MTC/15.19.03.2 y 126- 2000-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuen- cias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, respectivamente, señalan que la solicitud formulada por la ASOCIACION RADIO AMISTAD cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida asociación la autorización y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93- TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 002-99-MTC y Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomu- nicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la ASOCIACION RADIO AMIS- TAD, autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora edu- cativa en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en la localidad de Aucayacu, del distrito de José Crespo y Castillo, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco: Estación :BC-FM Frecuencia :90.1 MHz Indicativo :OAT-3I Potencia :250 w Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :Jr. Grau Nº 248, Aucayacu, distrito José Crespo y Casti- llo, provincia Leoncio Prado, departamento Huánuco. Coordenadas: L.O. 76° 06' 46" L.S. 08° 55' 54.9"El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La ASOCIACION RADIO AMISTAD está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión conce- dido acorde con la presente resolución, estando impedida de modificar sin autorización previa de este Ministerio las carac- terísticas a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolu- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO GARCIA TORRES Viceministro de Comunicaciones 9059 Autorizan a empresas operar estacio- nes retransmisora y transmisora del servicio de radiodifusión sonora co- mercial en las provincias de Chincha y Trujillo RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 229-2000-MTC/15.03 Lima, 3 de julio de 2000 VISTAS, las solicitudes formuladas por la EMPRESA RADIODIFUSORA FRECUENCIA COLORES E.I.R.L., para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha, departa- mento de Ica, y para cambiar la modalidad de operación a retransmisora, el aumento de potencia y el cambio de ubica- ción de dicha estación; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 610-97-MTC/15.19, de fecha 1 de diciembre de 1997, se concedió a la EMPRESA RADIODIFUSORA FRECUENCIA COLORES E.I.R.L., autori- zación y permiso de instalación y prueba por el plazo improrro- gable de doce (12) meses, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha, departamento de Ica; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, de conformi- dad con el Informe Nº 016-2000-MTC/15.19.03.2, señala que habiéndose efectuado la inspección técnica a las instalacio- nes de la referida estación de radiodifusión en Frecuencia Modulada (FM), se constató que cuenta con el equipamiento necesario y que han sido satisfactorias las pruebas de funcionamiento, por lo que emite su conformidad técnica para que se le otorgue autorización para operar la estación del servicio de radiodifusión por el plazo de diez (10) años, incluyéndose el cambio de modalidad de operación como retransmisora, el aumento de potencia y el cambio de ubicación de dicha estación; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 127- 2000-MTC/15.19.01, señala que es procedente autorizar la INSTITUTO DEINSTITUTO DE AUDITORESAUDITORES INTERNOSINTERNOS