Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2000 (09/08/2000)


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RESOLUCION SUPREMA Nº 076-2000-EM MORDAZA, 8 de agosto del 2000 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, miercoles 9 de agosto de 2000

Designan Viceministro de Minas

Que, es necesario designar al Viceministro de Minas del Ministerio de Energia y Minas; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Viceministro de Minas del Ministerio de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CHAMOT MORDAZA Ministro de Energia y Minas 9130

Articulo 1º.- Aprobar el Addendum Nº 103-97-1 que modifica el Anexo Nº 2 del Contrato de Concesion Nº 103-97 celebrado entre el Ministerio de Energia y Minas y Electricidad del Peru S.A. (ELECTROPERU S.A.), por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, en nombre del Estado, el Addendum Nº 103-97-1 aprobado en el articulo que antecede. Articulo 3º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera insertarse en la Escritura Publica que de origen el Addendum Nº 103-97-1 al Contrato de Concesion Nº 103-97. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CHAMOT MORDAZA Ministro de Energia y Minas 9131

Aprueban addendum que modifica anexo del Contrato de Concesion Nº 103-97 celebrado entre el Ministerio y Electroperu S.A.
RESOLUCION SUPREMA Nº 077-2000-EM MORDAZA, 8 de agosto del 2000 VISTO: El Expediente Nº 14074297, organizado por Electricidad del Peru S.A. (ELECTROPERU S.A.) sobre Concesion Definitiva de Transmision, y la solicitud de modificacion presentada el 31 de marzo del 2000; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 077-97-EM del 25 de MORDAZA de 1997, se otorgo a favor de ELECTROPERU S.A. Concesion Definitiva para desarrollar la actividad de Transmision de energia electrica en la Linea 220 kV S.E. Talara - S.E. MORDAZA Oeste, conforme a los planos que forman parte del Contrato de Concesion Nº 103-97 aprobado por la citada Resolucion Suprema; Que, mediante el documento presentado el 31 de marzo del 2000, ingresado bajo el Registro Nº 1275405, la concesionaria solicita la modificacion de la Concesion a que se refiere el considerando que antecede, exponiendo como sustento la necesidad de efectuar un replanteo fisico del recorrido del tramo existente entre la S.E. Talara y la estructura E-31 para evitar el cruce con la Linea de Transmision 220 kV S.E. Talara - S.E. Zorritos a la altura de la estructura E-9 de la linea materia de la presente Resolucion; y, dentro de dicho tramo, la necesidad de reubicar las estructuras E-9 hasta E-31 debido a los danos sufridos como consecuencia del Fenomeno de "El Nino" en la Quebrada de Parinas; Que, como consecuencia de la modificacion solicitada, los vertices de la linea en el tramo MORDAZA mencionado cuenta con nuevas coordenadas UTM tal como aparece en el sustento tecnico y en los planos obrantes en el Expediente, sin que sus caracteristicas tecnicas hayan sufrido alteracion alguna; Que, la concesionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y la solicitud cuenta con la opinion favorable a que se refiere el Informe Nº 088-2000-EM/DGE, siendo procedente aprobar el Addendum Nº 103-97-1 al Contrato de Concesion Nº 103-97, el mismo que debera ser elevado a Escritura Publica incorporando en esta el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Estando a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 53º y en el Articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia;

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra empresa para obtener la cancelacion de saldo deudor por liquidacion de ejecucion de obra
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 296-2000-EM/VME MORDAZA, 2 de agosto de 2000 Visto, el Memorandum Nº 344-2000-EM/DEP, de fecha 4.7.2000, de la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas; CONSIDERANDO: Que, el 30.9.96, previa Licitacion Publica Nº 034-96-EM/ DEP, el Ministerio de Energia y Minas, a traves de la Direccion Ejecutiva de Proyectos, suscribio con el contratista MORDAZA Y MORDAZA S.A., el Contrato Nº 96-049-EM/DEP, para la ejecucion de la Obra: "Lineas Primarias y Redes Primarias en 22,9 y 13,2 kV, incluyendo las subestaciones de distribucion de quince (15) localidades pertenecientes al Pequeno Sistema Electrico Abancay MORDAZA MORDAZA - II Etapa", en las provincias de Abancay y Aymaraes, departamento de MORDAZA, por un monto de S/. 1 364 485,22, incluido IGV, y un plazo de ejecucion de 150 dias calendario; Que, por Resolucion Directoral Nº 403-99-EM/DEP del 3.9.99, se aprobo la Liquidacion Final del Contrato Nº 96-049EM/DEP, determinandose un monto final de ejecucion de S/. 1 199 840,54, incluido IGV, y un saldo en contra a cargo del Contratista de S/. 89 310,53, por concepto de mayores pagos efectuados y multa por atraso en la entrega de la Obra; Que, por Resolucion Directoral Nº 479-99-EM/DEP del 12.10.99, se declaro infundado el Recurso de Reconsideracion formulado por el contratista Acuna y MORDAZA S.A., contra la Resolucion Directoral Nº 403-99-EM/DEP, al no haber sido desvirtuados los fundamentos de la resolucion impugnada; Que, no conforme con lo resuelto, el Contratista interpuso el 14.10.99, Recurso de Revision contra la Resolucion Directoral Nº 479-99-EM/DEP, el mismo que se declaro infundado a traves de la Resolucion Nº 048/2000.TC-S2 del 25.2.2000, del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dandose por concluido el procedimiento administrativo; Que, el Contratista, mediante Carta Nº 224-99-AYPSA del 20.9.99, autorizo que se descuente de su saldo deudor, el saldo pendiente del Fondo de Garantia de la Obra, deduciendose la suma de S/. 18 985,14, mediante Recibo de Ingresos Nº 0000218 del 27.9.99, quedando reducido el saldo en su contra a la suma de S/. 70 325,39, lo que fue comunicado al Contratista, a traves de los Oficios Nº 053-00-EM/DEP/DAF del 10.2.2000 y Nº 13100-EM-DEP/DAF del 11.4.2000, requiriendole su pago, sin que este MORDAZA sido cancelado hasta la fecha; Que, estando a los hechos expuestos y, luego de agotadas las gestiones directas, es necesario se autorice al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energia y Minas, a efecto de que inicie las acciones legales pertinentes contra el contratista MORDAZA Y MORDAZA S.A., a fin de resarcir al Estado con la suma de S/. 70 325,39, importe del saldo deudor del Contratista resultante de la Liquidacion del Contrato de Ejecucion de Obra Nº 96-049-EM/DEP, aprobada por Resolucion Directoral Nº 403-99-EM/DEP, deducida la cancelacion parcial MORDAZA indicada, mas los intereses legales, costas y costos respectivos;

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