Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2000 (26/08/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, sabado 26 de agosto de 2000

NORMAS LEGALES

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Aprueban lineamientos para la elaboracion de planes de contingencia a emplearse en actividades minero metalurgicas relacionadas con la manipulacion de cianuro y otras sustancias toxicas o peligrosas
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 134-2000-EM/DGM MORDAZA, 25 de agosto de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 113-2000-EM/DGM del 27 de MORDAZA del 2000, se dispuso que los titulares de actividad minera presentaran ante la Direccion General de Mineria los manuales de procedimientos que se emplean para el transporte, carga, descarga, almacenamiento, control y manipuleo de cianuro y otras sustancias toxicas o peligrosas correspondientes a sus procesos minero metalurgicos, asi como los respectivos planes de contingencias a emplear en caso de ocurrencias que puedan poner en riesgo la salud y el medio ambiente; Que, para un adecuado cumplimiento de lo dispuesto y con la finalidad de estandarizar las medidas de prevencion contenidas en los planes de contingencias, es conveniente senalar los lineamientos a seguir para la elaboracion de los mismos y determinar las sustancias que se consideran de riesgo, asi como ampliar el plazo otorgado; De conformidad con lo dispuesto en el inciso w) del Articulo 101° del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los lineamientos a seguir en la elaboracion de los Planes de Contingencias que se deben emplear en las actividades minero metalurgicas relacionadas con el transporte, carga, descarga, almacenamiento, control y manipuleo de cianuro y otras sustancias toxicas o peligrosas, conforme se detalla en el Anexo I que forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Aprobar el listado de las sustancias que se consideran de riesgo potencial para la salud y el medio ambiente, conforme se detalla en el Anexo II que forma parte de la presente resolucion. Los titulares de actividad minera deberan incorporar otras sustancias toxicas o peligrosas que MORDAZA aplicables a sus operaciones mineras, luego de realizar el analisis de riesgo correspondiente. Articulo 3º.- Los titulares de actividad minera podran elaborar los Planes de Contingencias consolidados en un solo documento, el mismo que debera contener rubros especificos para cada sustancia. Articulo 4º.- Ampliar el plazo para la MORDAZA de los Planes de Contingencias hasta el 2 de octubre del 2000. A partir del 2 de enero del 2001, la implementacion de los Planes de Contingencias y de los Manuales de Procedimientos, seran fiscalizados segun disponga la autoridad minera. Los Manuales de Procedimientos quedaran a disposicion de la autoridad minera o de quien realice la fiscalizacion, en el area de las operaciones al que corresponda el procedimiento. Articulo 5º.- La utilizacion de explosivos y conexos estan regulados en el Decreto Ley N° 25707, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 086-92-PCM y por el Reglamento de Seguridad e Higiene Minera aprobado por Decreto Supremo N° 023-92-EM. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLDEVILLA Director General de Mineria ANEXO I LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACION DE PLANES DE CONTINGENCIA PARA ACTIVIDADES MINERO METALURGICAS RESUMEN 1. Introduccion 2. Mision y politica de la empresa referente a contingencias 3. Objetivos 4. Organizacion del sistema de respuesta a la contingencia

2.1. Elaboracion y difusion de cartillas de respuesta ante emergencias 2.2. Comite de crisis (Responsables) 2.3. Definicion de Areas Criticas 2.4. Comunicaciones 5. Entrenamiento y simulacros 6. Operaciones de respuesta 3.1. Procedimientos de notificacion 3.1.1. Comunicacion al Ministerio de Energia y Minas y a la Empresa de Auditoria e Inspectoria. 3.1.2. Comunicaciones con otras instituciones de apoyo. 3.1.3. Comunicacion(es) a la(s) comunidad(es). 3.2. 3.3. 3.4. 3.5. Identificacion de areas criticas Procedimiento de respuesta Actividades de mitigacion Planes de disposicion y eliminacion

7. Evaluacion de la contingencia 8. Procedimientos para actualizacion y revision del plan 9. Anexos 7.1. 7.2. 7.3. 7.4. 7.5. 7.6. Hoja de Seguridad de los Materiales (MSDS) Informacion sobre las instalaciones Lista de contactos Listado de equipos para respuesta a incidentes Equipos de comunicaciones Glosario ANEXO II LISTADO BASE DE SUSTANCIAS UTILIZADAS EN LAS OPERACIONES MINERO METALURGICAS Y QUE PUDIERAN CONSIDERARSE DE RIESGO POTENCIAL PARA LA SALUD O EL AMBIENTE Las sustancias que a continuacion se presentan, constituyen un listado inicial al cual se podra ir anadiendo otras sustancias segun sea determinado por las diferentes empresas mineras, luego del analisis de riesgo correspondiente. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. Acido sulfurico Cal viva Cianuro Combustibles y lubricantes Hidroxido de sodio MORDAZA Peroxido de hidrogeno

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MITINCI
Renuevan plazos de designacion como Consultores en Turismo a personas natural y juridica
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 49-2000-MITINCI/VMT MORDAZA, 21 de agosto del 2000 Vistos, el Expediente Nº 019519 y el Informe Nº 003-2000MITINCI/VMT/DNT/CONS de la Direccion Nacional de Turismo, sobre la solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respecto a la renovacion del plazo de su designacion como Consultor en Turismo; CONSIDERANDO: Que, la Resolucion Ministerial Nº 041-95-ITINCI/DM de fecha 20 de marzo de 1995, dispone las funciones y procedimientos de calificacion de las personas naturales o juridicas interesadas en ser designadas como Consultores en Turismo por el Viceministerio de Turismo, para efectos de cumplir con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 12-94-ITINCI, Reglamento de Establecimientos de Hospedaje; Que, el Articulo 9º de la mencionada Resolucion Ministerial establece que el plazo de designacion de los Consultores en Turismo sera de tres (3) anos, renovables; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 050-97-MITINCI/VMTINCI de fecha 3 de MORDAZA de 1997 se designo como Consul-

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