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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (26/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 192071 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de agosto de 2000 Vista la renuncia formulada por el señor CESAR AUGUSTO MORGAN ALCALDE al cargo de Director General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, el señor CESAR AUGUSTO MORGAN ALCALDE ha formulado renuncia al cargo de Director General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior; al cual fue designado por Resolución Suprema Nº 0153-98-IN-010101000000 del 6 de abril de 1998; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar a partir de la fecha de la presente Resolución la renuncia formulada por el señor CESAR AUGUS- TO MORGAN ALCALDE al cargo de Director General de Gobier- no Interior del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República WALTER CHACON MALAGA Ministro del Interior 9835 Designan Director General de Gobier- no Interior del Ministerio RESOLUCION SUPREMA Nº 520-2000-IN-0001 Lima, 24 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar al Director General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 370, Ley Orgánica del Ministerio del Interior y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar a partir de la fecha de la presente Resolución al señor CESAR RICARDO LARRABURE GALVEZ en el cargo de Director General de Gobierno Interior del Ministe- rio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República WALTER CHACON MALAGA Ministro del Interior 9836 JUSTICIA Autorizan a universidad funcionar como Centro de Formación y Capaci- tación de Conciliadores, con sede en la ciudad de Lima RESOLUCION MINISTERIAL Nº 230-2000-JUS Lima, 23 de agosto de 2000 Visto el Expediente con Registro Nº 07752 de fecha 31 de mayo de 2000 de la Universidad de San Martín de Porres; CONSIDERANDO: Que la Universidad de San Martín de Porres, persona jurídica de derecho privado, ha solicitado autorización para funcionar como Centro de Formación y Capacitación de Conciliadores, con sede en la ciudad de Lima; Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 34º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, el Ministerio de Justicia puede autorizar a entidades de derecho público o privado a capacitar conciliadores; Estando a lo opinado en el Informe Nº 280-2000-DM-STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la petición de la Universidad de San Martín de Porres; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Universidad de San Martín de Porres, a funcionar como Centro de Formación y Capacitación de Conciliadores, con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Centro de Formación y Capacitación de Conciliadores de la Universidad de San Martín de Porres, para la realización de los respectivos Cursos de Formación y Capacita- ción, solicitará en cada oportunidad la autorización ante el Minis- terio de Justicia, quien verificará que los mismos cumplan con los requisitos señalados en el Art. 35º del Reglamento de la Ley de Conciliación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 9725 Autorizan a procuradora iniciar pro- ceso judicial a presunto responsa- ble de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCION MINISTERIAL Nº 231-2000-JUS Lima, 23 de agosto de 2000 Visto el Oficio Nº 914-2000-JUS-PPMJ de fecha 1 de agosto de 2000, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que con documento de fecha 21 de diciembre de 1999, el Regis- trador Público de la Oficina Registral Regional Nor Oriental del Marañón, Angel Pineda Ríos puso en conocimiento de la Gerencia Técnico Registral de dicha oficina, que don Fabián Segovia Tapia, había presentado dos (2) testimonios de escritura de compraventa, solicitando la verificación de dichos testimonios ante las notarías correspondientes, ya que adolecen de ciertas anomalías; Que efectuada la verificación en las notarías de los doctores Roberto Barturén Sánchez y Jorge Vílchez Lozada, Notarios- Abogados de la ciudad de Chiclayo, de donde supuestamente provenían dichos documentos, ambos funcionarios a través de sus oficios de 28 de diciembre de 1999 y 6 de enero de 2000 respecti- vamente, coincidieron en afirmar que se trataba de testimonios falsos que no sólo no se encontraban asentados en sus respectivos registros de escrituras sino que las firmas, sellos y rúbricas habían sido burdamente falsificados; Que del Oficio Nº 010-2000/ORRNOM-OAI de fecha 14 de enero de 2000 de la Oficina de Auditoría Interna de la Oficina Registral Regional Nor Oriental del Marañón así como del Infor- me Legal Nº 039-2000/ORRNOM-GL de la Gerencia Legal de dicha Oficina, se ha determinado la existencia de presunta comi- sión de delito contra la fe pública, modalidad de falsificación de documentos por parte del señor Fabián Segovia Tapia, usuario de la citada Oficina Registral Regional Nor Oriental del Marañón; Que habiendo indicios razonables que don Fabián Segovia Tapia incurrió en falsificación de documentos tipificado como delito contra la fe pública por el Artículo 427º del Código Penal, es procedente incoar la acción penal correspondiente; Que es necesario autorizar a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales el Ministerio de Justicia para que en nombre y representación del Estado promueva dicha acción penal; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradura Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, promueva la denuncia penal contra el señor Fabián Segovia Tapia, por el delito contra la fe pública, modalidad de Falsificación de Documentos previsto en el Artículo 427º del Código Penal, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.