Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2000 (06/12/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 6 de diciembre de 2000

En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 501-98-PE, 505-98-PE y 307-2000-PE. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar permiso de pesca a plazo determinado a PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "SANTA ENMA" con matricula Nº CO-19871-PM, de 520.07 m3 de volumen de bodega y 350 TM de carga MORDAZA de pescado, con sistema de preservacion a bordo R.S.W., equipada con redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 1/2 pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, segun corresponda, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa. Articulo 2º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolucion esta supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera y al pago por concepto de derechos de pesca que acredite el armador con la

respectiva constancia. Este pago sera abonado por el armador pesquero conforme a lo establecido por la Resolucion Ministerial Nº 087-2000-PE o las normas que la modifiquen o sustituyan, y cuyo incumplimiento sera causal de suspension o caducidad del derecho otorgado segun corresponda. Articulo 3º.- Incorporar la presente Resolucion y a la embarcacion pesquera "SANTA ENMA" con matricula Nº CO-19871-PM al literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 307-2000-PE y al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 501-98-PE. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extraccion (e) 13821 Que a traves de los escritos del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera calamarera "WAKASHIO MARU Nº 85" de 328 TN, en la extraccion del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero mediante Informe Nº 3952000-PE/DNE-Dacp, y con la conformidad legal segun las facultades delegadas por Resolucion Ministerial Nº 0102000-PE; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolucion Ministerial Nº 047-98-PE modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 271-98-PE y 156-2000-PE, la Resolucion Ministerial Nº 289-2000-PE, el Procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar permiso de pesca a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones WAKASHIO SUISAN KABUSHIKI KAISHA, para operar la embarcacion pesquera de bandera japonesa cuyas caracteristicas se detallan a continuacion, en la extraccion del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa.

Otorgan permiso de pesca a Siete Mares S.A.C. para operar embarcacion de bandera extranjera en la extraccion del recurso calamar gigante
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 276-2000-PE/DNE MORDAZA, 4 de diciembre del 2000 Visto el Expediente de Registro Nº CE-00498002 con escrito del 29 de noviembre del 2000, presentado por la empresa SIETE MARES S.A.C. representante legal en el Peru del armador japones WAKASHIO SUISAN KABUSHIKI KAISHA; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 289-2000-PE del 31 de octubre del 2000, se establecio un regimen especial para la extraccion comercial del calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) el que tendra vigencia desde el 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre del 2000. El esfuerzo de pesca por embarcacion calamarera para el presente Regimen Especial, sera hasta un MORDAZA de captura nominal de 600 TM/mes permitiendose una tolerancia del 5%; en este regimen no son de aplicacion los numerales 6.4.1, 6.5.1 y 7 del Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolucion Ministerial Nº 047-98-PE, modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 271-98-PE y 156-2000-PE; EMBARCACION WAKASHIO MARU Nº 85 T.N. INTERN 328 CAPAC. DE ALMAC. (M3) 989.96

INDICATIVO INTERNAC. JCJJ

SISTEMA DE PRESERV. CONGELADO

ARTE DE PESCA POTERA

VIGENCIA DEL PERMISO DE PESCA 1.12.2000 AL 31.12.2000

Articulo 2º.- El permiso de pesca otorgado por el articulo precedente esta sujeto al Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolucion Ministerial Nº 047-98-PE modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 271-98-PE y 156-2000-PE, en lo aplicable, a las condiciones y compromisos asumidos conforme a la Resolucion Ministerial Nº 289-2000-PE que establece el regimen especial para la extraccion comercial del calamar gigante o pota, normas de sanidad, medio ambiente y al ordenamiento juridico pesquero nacional, cuyo incumplimiento sera causal de suspension o caducidad del derecho otorgado segun corresponda. Articulo 3º.- La eficacia de la presente Resolucion y el inicio de las operaciones de pesca de la embarcacion pesquera calamarera citada en el Articulo 1º de la presente Resolucion, esta condicionada a la entrada en vigencia

del permiso de pesca y la comunicacion que efectue la Direccion Nacional de Extraccion del Ministerio de Pesqueria a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, despues de efectuada la inspeccion tecnica correspondiente y de la instalacion del sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT a bordo de la referida embarcacion. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extraccion (e) 13822

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