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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (06/12/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 195624 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de diciembre de 2000 En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 501-98-PE, 505-98-PE y 307-2000-PE. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar permiso de pesca a plazo deter- minado a PESQUERA SANTA ENMA S.A. para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada "SANTA ENMA" con matrícula Nº CO-19871-PM, de 520.07 m3 de volumen de bodega y 350 TM de carga neta de pescado, con sistema de preservación a bordo R.S.W., equipada con redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 1/2 pulgadas (38 mm.) de longitud mínima de abertura de malla, según corresponda, para la extracción de los recur- sos hidrobiológicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral perua- no y fuera de las cinco (5) millas de la costa. Artículo 2º.- La vigencia del permiso de pesca otorga- do por la presente Resolución está supeditada a la opera- tividad de la embarcación pesquera y al pago por concepto de derechos de pesca que acredite el armador con larespectiva constancia. Este pago será abonado por el armador pesquero conforme a lo establecido por la Reso- lución Ministerial Nº 087-2000-PE o las normas que la modifiquen o sustituyan, y cuyo incumplimiento será causal de suspensión o caducidad del derecho otorgado según corresponda. Artículo 3º.- Incorporar la presente Resolución y a la embarcación pesquera "SANTA ENMA" con matrícula Nº CO-19871-PM al literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 307-2000-PE y al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 501-98-PE. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Di- rectoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesquería de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extracción (e) 13821 Otorgan permiso de pesca a Siete Ma- res S.A.C. para operar embarcación de bandera extranjera en la extracción del recurso calamar gigante RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 276-2000-PE/DNE Lima, 4 de diciembre del 2000 Visto el Expediente de Registro Nº CE-00498002 con escrito del 29 de noviembre del 2000, presentado por la empresa SIETE MARES S.A.C. representante legal en el Perú del armador japonés WAKASHIO SUISAN KA- BUSHIKI KAISHA; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 289-2000-PE del 31 de octubre del 2000, se estableció un régimen especial para la extracción comercial del calamar gigante o pota ( Dosidicus gigas ) el que tendrá vigencia desde el 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre del 2000. El esfuerzo de pesca por embarcación calamarera para el presente Régimen Especial, será hasta un máximo de captura nominal de 600 TM/mes permitiéndose una tole- rancia del 5%; en este régimen no son de aplicación los numerales 6.4.1, 6.5.1 y 7 del Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Reso- lución Ministerial Nº 047-98-PE, modificado por Resolu- ciones Ministeriales Nºs. 271-98-PE y 156-2000-PE;Que a través de los escritos del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar la embarcación pesquera calamarera "WAKASHIO MARU Nº 85" de 328 TN, en la extracción del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración y Control Pesquero mediante Informe Nº 395- 2000-PE/DNE-Dacp, y con la conformidad legal según las facultades delegadas por Resolución Ministerial Nº 010- 2000-PE; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modifi- catorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del Cala- mar Gigante o Pota aprobado por Resolución Ministe- rial Nº 047-98-PE modificado por Resoluciones Minis- teriales Nºs. 271-98-PE y 156-2000-PE, la Resolución Ministerial Nº 289-2000-PE, el Procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería aprobado por Decreto Supre- mo Nº 007-2000-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar permiso de pesca a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Perú del arma- dor japonés WAKASHIO SUISAN KABUSHIKI KAIS- HA, para operar la embarcación pesquera de bandera japonesa cuyas características se detallan a continuación, en la extracción del recurso calamar gigante o pota ( Do- sidicus gigas ) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa. EMBARCACION T.N. CAPAC. DE INDICATIVO SISTEMA DE ARTE DE VIGENCIA DEL INTERN ALMAC. (M3) INTERNAC. PRESERV. PESCA PERMISO DE PESCA WAKASHIO MARU Nº 85 328 989.96 J C J J CONGELADO POTERA 1.12.2000 AL 31.12.2000 Artículo 2º.- El permiso de pesca otorgado por el artículo precedente está sujeto al Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Reso- lución Ministerial Nº 047-98-PE modificado por Resolu- ciones Ministeriales Nºs. 271-98-PE y 156-2000-PE, en lo aplicable, a las condiciones y compromisos asumidos con- forme a la Resolución Ministerial Nº 289-2000-PE que establece el régimen especial para la extracción comercial del calamar gigante o pota, normas de sanidad, medio ambiente y al ordenamiento jurídico pesquero nacional, cuyo incumplimiento será causal de suspensión o caduci- dad del derecho otorgado según corresponda. Artículo 3º.- La eficacia de la presente Resolución y el inicio de las operaciones de pesca de la embarcación pesquera calamarera citada en el Artículo 1º de la presen- te Resolución, está condicionada a la entrada en vigenciadel permiso de pesca y la comunicación que efectúe la Dirección Nacional de Extracción del Ministerio de Pes- quería a la Dirección General de Capitanías y Guardacos- tas del Ministerio de Defensa, después de efectuada la inspección técnica correspondiente y de la instalación del sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT a bordo de la referida embarcación. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Di- rectoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extracción (e) 13822