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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (10/12/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 59

Pág. 195825 NORMAS LEGALES Lima, domingo 10 de diciembre de 2000 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 297-2000-JUS Lima, 9 de diciembre de 2000 Vista la solicitud presentada por Juan Sabino Aguile- ra Cayco, así como el Informe de la Comisión Ad Hoc Nº 032-98/CAH y el Informe de la Comisión de Indulto, Derecho de Gracia y Conmutación de Penas para los casos de Terrorismo o Traición a la Patria de fecha 4 de diciem- bre de 2000, en los que se recomienda por unanimidad la concesión del indulto; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presi- dente de la República en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho de gracia, para quienes se encuen- tren condenados por delitos de terrorismo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir, razonablemente que no habrían teni- do ningún tipo de vinculación con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234 se otorgó al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que tanto la Comisión Ad Hoc como la Comisión de Indulto, Derecho de Gracia y Conmutación de Penas para casos de Terrorismo y Traición a la Patria, creada por D.S. Nº 003-2000-JUS, ha recomendado por unanimidad la concesión del indulto a favor del solicitante Juan Sabino Aguilera Cayco, por encontrarse su petición dentro de los alcances del Artículo 1º de la Ley Nº 26655; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º inciso 21) de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo Único.- Conceder INDULTO a JUAN SA- BINO AGUILERA CAYCO, quien se encuentra en el Establecimiento Penitenciario "Miguel Castro Castro", Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 14121 Conceden indulto a 3 sentenciadas por delitos de terrorismo o traición a la patria del Establecimiento Penitencia- rio de Máxima Seguridad de Mujeres de Chorrillos, Lima RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 298-2000-JUS Lima, 9 de diciembre de 2000 Vista la solicitud presentada por Zenaida Huertas Suárez, así como el Informe de la Comisión de Indulto, Derecho de Gracia y Conmutación de Penas para casos de Terrorismo y Traición a la Patria, de fecha 6 de diciembre de 2000, en el que se recomienda la concesión de indulto; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presi- dente de la República en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho de gracia, para quienes se encuen-patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir, razonablemente que no habrían teni- do ningún tipo de vinculación con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234 se otorgó al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que la Comisión de Indulto, Derecho de Gracia y Conmutación de Penas para casos de Terrorismo y Trai- ción a la Patria, creada por D.S. Nº 003-2000/JUS, ha recomendado la concesión del indulto a favor de la indica- da ciudadana, por encontrarse su solicitud dentro de los alcances del Artículo 1º de la Ley Nº 26655; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º inciso 21) de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Conceder INDULTO a ZENAIDA HUERTAS SUAREZ, quien se encuentra en el Estableci- miento Penitenciario de Máxima Seguridad de Mujeres de Chorrillos, Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 14122 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 299-2000-JUS Lima, 9 de diciembre de 2000 Vista la solicitud presentada por Juana Rosa Romero Inga, y el Informe de la Comisión Ad Hoc Nº 133-98/CAH, así como el Informe de la Comisión de Indulto, Derecho de Gracia y Conmutación de Penas, para los casos de Terrorismo y Traición a la Patria, del 6 de diciembre del 2000, en los que se recomiendan por unanimidad la concesión del indulto; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presi- dente de la República en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho de gracia, para quienes se encuen- tren condenados por delitos de terrorismo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir, razonablemente que no habrían teni- do ningún tipo de vinculación con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234 se otorgó al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que tanto la Comisión Ad Hoc como la Comisión de Indulto, Derecho de Gracia y Conmutación de Penas para casos de Terrorismo y Traición a la Patria, creada por D.S. Nº 003-2000/JUS, han recomendado la concesión del indulto a favor de la indicada ciudadana, por encontrarse su solici- tud dentro de los alcances del Artículo 1º de la Ley Nº 26655; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º inciso 21) de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Conceder INDULTO a JUANA ROSA ROMERO INGA, quien se encuentra en el Esta- blecimiento Penitenciario de Máxima Seguridad de Muje- res de Chorrillos, Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 14123