Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2000 (10/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, lunes 10 de enero del 2000

NORMAS LEGALES

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la candidatura del ciudadano MORDAZA Ataucusi MORDAZA en la formula presidencial del partido politico "Frente Popular MORDAZA FIA del Peru - FREPAP" para las elecciones generales a realizarse el 9 de MORDAZA proximo; CONSIDERANDO: Que, la presente impugnacion constituye un recurso de tacha, y en consecuencia requiere que se anexe a su solicitud, el comprobante de empoce en el Banco de la Nacion a la orden del MORDAZA Nacional de Elecciones de una cantidad equivalente a una unidad impositiva tributaria, que asciende a la suma de dos mil novecientos nuevos soles (S/. 2 900), conforme lo dispone el Articulo 110º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE:

Republica presentada por el partido politico "Frente Popular MORDAZA FIA del Peru - FREPAP" a que se refiere la Resolucion Nº 004-2000-JNE, para el MORDAZA de Elecciones Generales a realizarse el 9 de MORDAZA del ano 2000, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 111º de la Ley Organica de Elecciones, Ley Nº 26859. Articulo Segundo.- Pongase en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) el contenido de la presente Resolucion, para los fines del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO TRUJILLANO, Secretario General. 0281

Articulo Unico.-Declarar INADMISIBLE el recurso de nulidad presentado por la ciudadana MORDAZA Puchuri MORDAZA contra la Resolucion Nº 004-2000-JNE de fecha 4 de enero del 2000, que dispuso la inscripcion de la candidatura del ciudadano MORDAZA Ataucusi MORDAZA en la formula presidencial presentada por el partido politico "Frente Popular MORDAZA FIA del Peru - FREPAP" para las elecciones generales a realizarse el 9 de MORDAZA del ano 2000. Registrese, comuniquese y publiquese SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO TRUJILLANO, Secretario General. 0280

RESOLUCION Nº 018-2000-JNE MORDAZA, 9 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 2144-99-JNE de fecha 27 de diciembre de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 28 del mismo mes y ano, se inscribio la formula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la Republica, presentada por la alianza electoral "Peru 2000" para el MORDAZA de Elecciones Generales a realizarse el 9 de MORDAZA proximo, conforme lo dispone el articulo 109º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, por Resolucion Nº 2191-99-JNE del 31 de diciembre de 1999, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones resolvio por unanimidad, declarar improcedentes las tachas interpuestas contra la candidatura del ciudadano MORDAZA Fujimori Fujimori, integrante de la formula de la alianza electoral "Peru 2000" para Presidente de la Republica en dichos comicios, y declaro por mayoria, con el MORDAZA de cuatro de sus cinco miembros integrantes, improcedentes los recursos de nulidad planteados contra la Resolucion Nº 2144-99-JNE e improcedentes las peticiones respecto a la no inscripcion de la candidatura aludida; declarando, en consecuencia, que el mencionado ciudadano se encuentra habilitado para postular al cargo de Presidente de la Republica en las proximas elecciones; Que, asimismo, en sesion de la fecha se ha declarado improcedentes los recursos de nulidad e insubsistencia, y reconsideracion formulados por los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Ura MORDAZA, respectivamente, contra la Resolucion Nº 2191-99-JNE; El MORDAZA Nacional de Elecciones, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 111º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, y estando a lo acordado; RESUELVE: Articulo Primero.- Tengase por inscrita a la formula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la Republica presentada por la alianza electoral "Peru 2000" a que se refiere la Resolucion Nº 2144-99-JNE, para el MORDAZA de Elecciones Generales a realizarse el 9 de MORDAZA del ano 2000, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 111º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859. Articulo Segundo.- Pongase en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) el contenido de la presente Resolucion, para los fines del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO TRUJILLANO, Secretario General. 0283

Disponen tener por inscritas formulas de candidatos a Presidencia y Vicepresidencias de la Republica presentadas por organizaciones politicas
RESOLUCION Nº 016-2000-JNE MORDAZA, 9 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 004-2000-JNE de fecha 4 de enero del ano en curso, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 6 del mismo mes y ano, se inscribio la formula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la Republica presentada por el partido politico "Frente Popular MORDAZA FIA del Peru - FREPAP" para el MORDAZA de Elecciones Generales a realizarse el 9 de MORDAZA proximo, conforme lo dispone el Articulo 109º de la Ley Organica de Elecciones, Ley Nº 26859; Que, habiendose vencido el termino de dos (2) dias naturales siguientes a la publicacion de la citada Resolucion, establecido por el Articulo 110º de la Ley Organica de Elecciones, Ley Nº 26859 sin que se hubiere formulado tacha contra cualquiera de los integrantes de la formula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la Republica presentada por el partido politico "Frente Popular MORDAZA FIA del Peru - FREPAP", corresponde disponer su inscripcion definitiva; El MORDAZA Nacional de Elecciones, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 111º de la Ley Organica de Elecciones, Ley Nº 26859 y, estando a lo acordado en la sesion de la fecha; RESUELVE: Articulo Primero.- Tengase por inscrita a la formula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la

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