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Pág. 182562 NORMAS LEGALES Lima, lunes 10 de enero del 2000 ADUANAS Aprueban circular referida al Proce - dimiento INTA.PE.01.11 Versión 1 CIRCULAR Nº INTA-CR.61 Callao, 7 de enero del 2000 Señor Intendente de Aduana Presente REF.: Procedimiento INTA.PE.01.11 Versión 1 (numeral VI.3) En mérito al Facsímil Nº 001-2000-MITINCI/VMINCI del 6 de enero del 2000, del Director Nacional de Inte- gración y Negociaciones Comerciales Internacionales del MITINCI respecto a la ejecución de los cronogramas de desgravación y las preferencias arancelarias establecidas a las importaciones de los países andinos y estando a la delegación de funciones conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional de Aduanas Nº 0001065 del 18.OCT.1999, sírvase tener presente y hacer de conoci- miento del personal de esa Intendencia lo siguiente: Aplíquese de conformidad con la Resolución Ministe- rial Nº 137-98-ITINCI/DM, los márgenes de preferencias correspondientes al tercer tramo de desgravación del Programa de Liberación establecido en el Decreto Supre- mo Nº 014-97-ITINCI y las preferencias del Convenio de aceleración y Profundización del Libre Comercio y su Instrumento de Ejecución entre Perú y Ecuador estable- cido en el Decreto Supremo Nº 012-99-ITINCI, para las importaciones originarias y procedentes de los países miembros de la Comunidad Andina. En consecuencia procede la devolución de las fianzas presentadas por las importaciones antes citadas, que corresponden a DUIs numeradas, que hayan garantizado los derechos liberables en aplicación del tercer tramo de desgravación y el Convenio de Aceleración y Profundiza- ción y su Instrumento de Ejecución entre Perú y Ecuador. Atentamente, MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente Nacional de Técnica Aduanera Superintendencia Nacional de Aduanas 0179 CONASEV Aprueban trámite anticipado, registro e inscripción de programa de emisión de bonos de arrendamiento financiero en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 001-2000-EF/94.11 Lima, 6 de enero del 2000 VISTOS: El Expediente Nº 99/00724 de CREDITO LEASING S.A., y el Memorándum Nº 002-2000-EF/94.50 de fecha 4 de enero del 2000. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 14 del Artículo 221º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, las empresas del sistema financiero pueden emitir y colocar bonos, en moneda nacional o extranjera, incluidos los de arrendamiento financiero, siempre que sean de su propia emisión;Que, el Directorio de CREDITO LEASING S.A. en sesión de fecha 23 de noviembre de 1999, aprobó el "Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financie- ro CREDILEASING", y acordó someter dicho Programa a la aprobación de la Junta General de Accionistas; Que, en Junta General de Accionistas de CREDITO LEASING S.A. de fecha 25 de noviembre de 1999 se acordó aprobar el "Primer Programa de Bonos de Arren- damiento Financiero CREDILEASING" hasta por un monto total de Cien Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 100 000 000,00) o su equivalente en Nuevos Soles, otorgando facultades al Gerente General o a la persona que vía delegación éste designe, para que aprueben los términos y condiciones de las emisiones y series correspondientes al Programa; Que, mediante Resolución SBS Nº 1127-99 de fecha 23 de diciembre de 1999, la Superintendencia de Banca y Seguros emitió opinión favorable respecto del presente programa de emisión de bonos de arrendamiento financiero; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la documentación e información requerida por el Regla- mento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141- 98-EF/94.10, así como las disposiciones aprobadas median- te Resolución Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo acordado por el Directorio de esta Comisión Nacional, reunido en sesión de fecha 6 de abril de 1999, que faculta al Gerente General de CONASEV a aprobar trámites anticipados, disponer la inscripción de valores y/o registro de prospectos derivados de trámites anticipados, así como dispo- ner la inscripción de programas de emisión de valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, disponer el registro del prospecto marco correspondiente e inscri- bir el primer programa de bonos de arrendamiento finan- ciero de CREDITO LEASING S.A., hasta por un monto total de Cien Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 100 000 000,00) o su equivalente en nuevos soles, denominado "Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero CREDILEASING" en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- En tanto CREDITO LEASING S.A. mantenga su condición de Entidad Calificada y en tanto los valores a emitirse sean valores típicos, la inscripción de los bonos y el registro de los prospectos a utilizar en la oferta pública a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución se entenderá efectuado en la fecha de entrada en vigencia de la misma. En su defecto, la inscripción de los bonos y el registro de los prospectos correspondientes se sujetarán a lo dispuesto en el numeral 2), inciso b), del Artículo 14º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Artículo 3º.- La oferta pública de los bonos a que se refiere el Artículo 1º deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el Artículo 25º y, de ser el caso, en el Artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONA- SEV la documentación e información a que se refieren los Artículos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Artículo 4º.- La aprobación, el registro y la inscripción a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evalua- ción complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a CREDITO LEASING S.A.; al Banco de Crédito en su calidad de estructurador; al Banco Sudamericano en su calidad de representante de los obligacionistas; a la Su- perintendencia de Banca y Seguros, a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO BERAMENDI GALDOS Gerente General Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 0237