Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2000 (13/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 13 de enero del 2000

rativo F-3, del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 0424

Organizacion y Funciones de PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la donacion procedente del Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas, consistente en: PUERTO: CALLAO
PRODUCTO Arveja amarilla partida PROYECTO PER 5162 TONELADAS TONELADAS BRUTAS NETAS 948.780 945.000 VALOR FOB US$ 330,750.00 VALOR CIF US$ 394,005.45

Aceptan donacion de alimentos que seran utilizados en proyecto de rehabilitacion ecologica de pequenas cuencas hidrograficas de la MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 001-2000-PRONAA/P MORDAZA, 5 de enero del 2000 VISTA: La propuesta de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, formulada mediante Memorandum Nº 1078-99GPP-PRONAA, de fecha 17 de diciembre de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, el Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas - PMA mediante Carta Nº 535-PMA-99 de fecha 11 de noviembre de 1999, hace de conocimiento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA el arribo del Vapor "CCNI Arauco" al puerto del Callao, el cual trae en calidad de donacion la cantidad de 948.78 Tm. de Arvejas amarillas partidas de origen danes para el Proyecto PER-5162, para su distribucion; Que, el 13 de junio de 1968 se suscribe el Acuerdo Basico entre el Gobierno del Peru y el Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas, sobre asistencia del Programa Mundial de Alimentos; Que, en el MORDAZA del referido Acuerdo Basico con fecha 15 de setiembre de 1993 el Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas - PMA y el Gobierno del Peru suscribieron el Plan de Operaciones para ejecutar el Proyecto "Rehabilitacion Ecologica de Pequenas Cuencas Hidrograficas de la MORDAZA Andina" PER 5162; Que, mediante Decreto Ley Nº 21942 se establece que las mercancias donadas provenientes del extranjero, consignadas entre otros, a Instituciones y Organismos Publicos, asi como, las donadas por concepto de Cooperacion Tecnica Internacional y las consignadas a Instituciones Privadas debidamente acreditadas en sus respectivos sectores, orientadas a fines asistenciales o educacionales en forma gratuita, gozaran de tratamiento preferencial en el Despacho por las Aduanas de la Republica y estaran libres de pago de derechos especificos y adicionales consolidados en el Arancel de Aduanas, no siendo requisito para estos casos, la expedicion de Resolucion Liberatoria, ni Licencia Previa de Importacion; Con las visaciones de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Gerencia de Operaciones, Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia General Tecnica y de la Gerencia General Administrativa; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 719, Decreto Ley Nº 21942, Decretos Supremos Nºs. 127-91-PCM y 020-92-PCM, Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM, Resolucion de Contraloria Nº 112-98-CG y Resolucion Ministerial Nº 111-97-PROMUDEH y; estando a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Articulo 20º del Reglamento de

Articulo 2º.- Utilizar el referido volumen de alimentos en el MORDAZA del Plan de Operaciones del Proyecto "Rehabilitacion Ecologica de Pequenas Cuencas Hidrograficas de la MORDAZA Andina" PER 5162. Articulo 3º.- Agradecer al Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas por su importante contribucion. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a la Contraloria General de la Republica (CGR) y a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional (SECTI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, dentro de los terminos de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VARA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 0333

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican Protocolo Adicional al Convenio de Migracion entre la Republica del Peru y la Republica MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 001-2000-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Protocolo Adicional al Convenio de Migracion entre la Republica del Peru y la Republica Argentina", fue suscrito en la MORDAZA de Buenos Aires, el 21 de diciembre de 1999; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 57º y 118º, inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, y en el Articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito previo de la aprobacion por el Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Protocolo Adicional al Convenio de Migracion entre la Republica del Peru y la Republica Argentina", suscrito en la MORDAZA de Buenos Aires, el 21 de diciembre de 1999. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de enero del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores

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