Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2000 (13/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 13 de enero del 2000

NORMAS LEGALES

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Ley Nº 27008 y la Ley Nº 27102, en adelante la Ley General; En uso de las atribuciones conferidas por la referida Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar, en via de regularizacion, el funcionamiento de la empresa "Inmobiliaria Continental S.A.", como una empresa subsidiaria del Banco Continental, dedicada a la inversion en bienes muebles e inmuebles, para su propio uso o el de terceros, para lo cual podra comprar y vender dichos bienes, arrendarlos, realizar servicios de busqueda, promocion, corretaje y cualquier otra actividad relacionada con su objeto social, conforme al numeral 28 del Articulo 221º de la Ley General. Articulo Segundo.- Disponer que por Secretaria General se otorgue el correspondiente Certificado de Autorizacion de Funcionamiento, el que debera ser publicado por dos veces alternadas, la primera en el Diario Oficial y la MORDAZA en uno de extensa circulacion nacional, debiendo exhibirse permanentemente en la oficina principal de la empresa, en lugar visible al publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 0354

traido de CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTISEIS y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 52 996,00); Que, conforme se concluye en el Atestado Policial de Vistos, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex Gerente de Recaudacion y Contabilidad de la Intendencia de la Aduana Maritima del Callao), MORDAZA MEDALID MORDAZA MORDAZA (ex Jefa de la Division de Recaudacion de la citada Gerencia), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex Jefa de la Division de Contabilidad de la mencionada Gerencia) y MARITA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex Jefa del Departamento de Contabilidad de Ingresos de la Division precitada), Funcionarios y servidores en actividad, resultarian ser presuntos autores del delito contra la Administracion Publica - delito cometido por Funcionarios Publicos (Peculado Culposo), al no haber actuado con la debida diligencia en el cumplimiento de sus funciones, ejecutando los controles necesarios para detectar oportunamente las irregularidades detalladas precedentemente; Que, los hechos MORDAZA descritos, por la forma y circunstancias en que se produjeron, configuran los delitos contra la Administracion Publica (Peculado y Peculado Culposo) y contra la Fe Publica (adulteracion de documentos); lo que sustenta la necesidad de autorizar al Procurador Publico de esta Superintendencia, para que ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar; De conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Legislativo Nº 809, Ley General de Aduanas; En ejercicio de las facultades delegadas mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 002759 del 22.DIC.95; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Superintendencia Nacional de Aduanas, para que, en defensa y representacion de los derechos e intereses del Estado, ejerza las acciones a que hubiere lugar en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MEDALID MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MARITA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion; debiendosele remitir, para tal efecto, la documentacion correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Ejecutivo 0382

ADUANAS
Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra presuntos responsables de delitos contra la fe publica y peculado
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA EJECUTIVA DE ADUANAS Nº 000015 Callao, 10 de enero del 2000 Vistos, el Atestado Nº 060-99-ADUANAS-PP/UIE del 20.DIC.99; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Hoja Informativa Nº 105-98-ADUANAS/OAI, elaborada por la Oficina de Auditoria Interna, se da cuenta de las irregularidades detectadas respecto de la cancelacion de SEIS (6) Liquidaciones de Cobranza y CINCO (5) Cargos, tramitados por diferentes usuarios ante la Intendencia de la Aduana Maritima del Callao, durante los meses de marzo agosto de 1995; habiendose derivado dichos actuados a la Unidad de Investigaciones Especiales Adscrita a ADUANAS, para su indagacion tecnico-policial correspondiente; Que, practicadas las investigaciones por la referida Unidad con conocimiento e intervencion de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal del Callao, se ha formulado el Atestado de Vistos, en el cual se determina la presunta responsabilidad penal de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex cajeros de la Gerencia de Recaudacion y Contabilidad de la Intendencia de la Aduana Maritima del Callao, por la comision de delitos contra la Fe Publica (adulteracion de documentos) y contra la Administracion Publica (Peculado), en agravio del Estado Peruano, por haber depositado y reportado, en forma sistematica, un monto dinerario inferior al realmente abonado por los deudores tributarios, para lo cual adulteraron los Cargos y las Liquidaciones de Cobranza cancelados (cambiando los importes consignados en cada uno de ellos y modificando el destino contable de las sumas recibidas, alterando el porcentaje de recaudacion correspondiente); siendo el monto sus-

Aprueban circular relativa al instructivo para el llenado de la DUI. R.I.N. Nº 002610 y normas modificatorias y complementarias
CIRCULAR Nº INTA-CR.62 Callao, 11 de enero del 2000 Senor Intendente de Aduana Presente ------------------------------------------------REF.: Instructivo para el llenado de la DUI. R.I.N. Nº 002610 y normas modificatorias y complementarias ------------------------------------------------Con motivo de la aplicacion de las normas del Acuerdo del Valor de la OMC, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 186-99-EF y los Procedimientos INTA-

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