Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2000 (19/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 19 de enero de 2000

financiera, el mismo que es competencia y responsabilidad de cada una de las Unidades Ejecutoras; De conformidad con la Ley Nº 27209 "Ley de Gestion Presupuestaria del Estado", la Ley Nº 27212 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2000", la Directiva Nº 001-2000-EF/76.01 "Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico Ano Fiscal 2000", la Resolucion Directoral Nº 045-99-EF/77.15 que aprueba la Directiva de Tesoreria para el Ano Fiscal 2000; el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Legislativo Nº 563 y de acuerdo a las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial Nº 001-2000-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a los Jefes responsables de las Unidades Ejecutoras que integran el Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros para el ejercicio presupuestario 2000, de acuerdo al siguiente detalle:
PLIEGO PRESUPUESTARIO : 001 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS UNIDAD EJECUTORA JEFATURA UNIDAD EJECUTORA JEFATURA UNIDAD EJECUTORA JEFATURA UNIDAD EJECUTORA JEFATURA UNIDAD EJECUTORA JEFATURA UNIDAD EJECUTORA JEFATURA UNIDAD EJECUTORA JEFATURA : 001 DESPACHO PRESIDENCIAL : Jefe de la MORDAZA Militar del Presidente de la Republica : 002 COMISION PARA LA PROMOCION DEL PERU : Presidente del Directorio : 003 SECRETARIA GENERAL - PCM : Director General de Administracion : 004 VICEPRESIDENCIAS DE LA REPUBLICA : Primer Vicepresidente de la Republica : 005 PROMPYME : Director Ejecutivo : 006 CONTRADROGAS : Secretario Ejecutivo : 007 Direccion Ejecutiva FOPRI - COPRI : Director Ejecutivo

CAL MORDAZA y TOCACHE del departamento de SAN MORDAZA, por cuanto aun subsistenten algunas manifestaciones de perturbacion del orden interno y es necesario concluir el MORDAZA de pacificacion en esta MORDAZA del pais. CONSIDERANDO: Que dentro del MORDAZA legal establecido por la Constitucion Politica del Peru, es necesario adoptar medidas tendentes a preservar y restablecer el Orden Interno; En uso de las atribuciones que le confiere el Articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorrogar el Estado de Emergencia por el plazo de treinta (30) dias a partir del 19 de enero del 2000 en las provincias de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MARANON (Excepto el distrito de HUACRACHUCO) del departamento de HUANUCO; y las provincias de MARISCAL MORDAZA y TOCACHE del departamento de SAN MARTIN. Articulo 2º.- Suspendase con dicho fin en las jurisdicciones MORDAZA mencionadas, el ejercicio de los derechos constitucionales contemplados en los incisos 9., 11. y 12. del Articulo 2º y en el inciso 24) apartado f. del mismo articulo, de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3º.- Las Fuerzas Armadas asumiran el control del Orden Interno, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24150, modificada con el Decreto Legislativo Nº 749. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Defensa e Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los 17 dias del mes de enero del dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA BERGAMINO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 0711 DECRETO SUPREMO Nº 002-DE/CCFFAA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Visto el Oficio Nº 050-CCFFAA-DOP/PLN de fecha 7 de enero del 2000 del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, mediante el cual solicita se prorrogue el Estado de Emergencia por el plazo de treinta (30) dias en la provincia de HUANTA del departamento de AYACUCHO; distrito de SAN MORDAZA DE PANGOA de la provincia de SATIPO del Dpto. de MORDAZA y los distritos de QUIMBIRI y PICHARI de la provincia LA CONVENCION del departamento del MORDAZA, por cuanto aun subsistenten algunas manifestaciones de perturbacion del orden interno y es necesario concluir el MORDAZA de pacificacion en esta MORDAZA del pais. CONSIDERANDO:

Articulo 2º.- Los Jefes de las Unidades Ejecutoras designados por el articulo precedente dispondran los lineamientos operativos necesarios al interior de sus respectivas instituciones, a fin de garantizar la fluidez y oportunidad de la informacion de la ejecucion presupuestaria a que se refiere el Articulo 43º de la Ley Nº 27209, dando cumplimiento a los plazos que establezca la Secretaria Ejecutiva de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a los organismos senalados en el Articulo 5º de la Ley Nº 27212 y a las respectivas Unidades Ejecutoras de la Presidencia del Consejo de Ministros. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA CUZCANO Secretaria Ejecutiva 0658

DEFENSA
Prorrogan estado de emergencia en diversas provincias de los departamentos de MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 001-DE/CCFFAA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Visto el Oficio Nº 051-CCFFAA-DOP/PLN de fecha 7 de enero del 2000 del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, mediante el cual solicita se prorrogue el Estado de Emergencia por el plazo de treinta (30) dias en las provincias de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MARANON (Excepto el distrito de HUACRACHUCO) del departamento de HUANUCO; y las provincias de MARIS-

Que dentro del MORDAZA legal establecido por la Constitucion Politica del Peru, es necesario adoptar medidas tendentes a preservar y restablecer el Orden Interno; En uso de las atribuciones que le confiere el Articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica;

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